Obligaciones: Relación jurídica patrimonial y sus elementos
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Obligaciones
Es una relación jurídica patrimonial (deuda) el acreedor puede exigir al deudor que le pague y él tiene la obligación de pagarle, si no lo hace puede forzarlo a que lo haga, la obligación se considera como una deuda, por esto se registran contablemente como pasivo.
Las obligaciones implican:
- Una relación o vínculo jurídico.
- La existencia de 2 sujetos, en condiciones de deudor y acreedor.
- El objeto de la relación.
- La causa de la obligación.
Elementos de las obligaciones:
- Sujeto: dos tipos (deudor y acreedor) los sujetos deben tener existencia, capacidad y determinación.
- Objeto: es la prestación que debe cumplir el deudor a favor del acreedor. El objeto debe tener “determinación” (debe ser determinado cuando se crea una obligación), posibilidades (materiales y lícito), valor secundario (valor económico), licitud (responsable habilidad a un interés patrimonial o extrapatrimonial del deudor).
- Causas: el hecho que da nacimiento a la obligación.
Clasificación de las obligaciones:
- Obligaciones de dar: entregar una cosa.
- Obligaciones de hacer: prestación de un servicio (hacer declaración jurada).
- Obligaciones de no hacer: el deudor debe abstenerse a un hecho determinado (no construir en la medianera).
Efectos de las obligaciones:
- Efectos normales: cuando se paga como lo pactado tanto sea voluntario o involuntario.
- Efectos anormales: sería la ejecución indirecta, pagar los daños y perjuicios porque la obligación no se puede cumplir como lo pactado (un cantante que no asiste al concierto va a tener que pagar al organizador los daños).
Requisitos para proceder a la ejecución indirecta:
- Demora del deudor: si la obligación no se cumple en el momento oportuno.
- Imputabilidad del incumplimiento.
- Perjuicios sufridos por el acreedor.
- Relación de causalidad entre el incumplimiento imputable y el daño.