Obligaciones y Procedimientos de la Rendición de Cuentas Empresariales

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Rendición de Cuentas: Definiciones y Requisitos

Se entiende por cuenta la descripción de los antecedentes, hechos y resultados pecuniarios de un negocio, aunque consista en un acto singular. La cuenta es una descripción gráfica.

Hay rendición de cuentas cuando estas se ponen en conocimiento de la persona interesada sobre una operatoria comercial.

Requisitos de la Rendición de Cuentas

La rendición de cuentas debe:

  • Ser hecha de modo descriptivo y documentado.
  • Incluir las referencias y explicaciones razonablemente necesarias para su comprensión.
  • Acompañar los comprobantes de los ingresos y de los egresos, excepto que sea de uso no extenderlos.
  • La documentación que se acompaña debe concordar con los libros que lleve quien las rinda.

Obligados a Rendir Cuentas

Están obligados a rendir cuentas, excepto renuncia expresa del interesado:

  • Quien actúa en interés ajeno, aunque sea en nombre propio (ej. viajante de comercio).
  • Quienes son parte en relaciones de ejecución continuada, cuando la rendición es apropiada a la naturaleza del negocio (ej. distribuidor, todos los meses, tengo relación laboral).
  • Quien deba hacerlo por disposición legal.

La rendición de cuentas puede ser privada, excepto si la ley dispone que debe ser realizada ante un juez (ej. representante de un menor).

Oportunidad para la Rendición de Cuentas

Las cuentas deben ser rendidas en la oportunidad que estipulan las partes o dispone la ley. En su defecto, la rendición de cuentas debe ser hecha:

  • Al concluir el negocio.
  • Si el negocio es de ejecución continuada, también al concluir cada uno de los períodos o al final de cada año calendario.

Aprobación de las Cuentas

La rendición de cuentas puede ser aprobada expresa o tácitamente. Hay aprobación tácita si no es observada en el plazo convenido o dispuesto por la ley o, en su defecto, en el de treinta días de presentadas en debida forma. Sin embargo, puede ser observada por errores de cálculo o de registración dentro del plazo de caducidad de un año de recibida.

Relaciones de Ejecución Continuada

En relaciones de ejecución continuada, si la rendición de cuentas del último período es aprobada, se presume que también lo fueron las rendiciones correspondientes a los períodos anteriores.

Saldos y Documentos del Interesado

Una vez aprobadas las cuentas:

  • Su saldo debe ser pagado en el plazo convenido o dispuesto por la ley o, en su defecto, en el de diez días.
  • El obligado a rendirlas debe devolver al interesado los títulos y documentos que le hayan sido entregados, excepto las instrucciones de carácter personal.

Demanda para que Rinda Cuenta

La demanda puede ser el objeto principal. Puede surgir de una declaración (sentencia declarativa) o realizarse a través de un escribano público, evitando así la sentencia y obteniendo el instrumento correspondiente.

Por aprobación de cuentas:

Si el obligado a rendir cuenta se encuentra con alguien que no le da atención, inicia una demanda con la documentación correspondiente. Por ejemplo: se pide rendir cuenta y se toma acción de arreglo de cuenta, se obtiene constancia judicial y la otra parte contestará.

La Empresa como Unidad Económica

La empresa es una unidad económica administrativa y contable. Tiene una organización que tiene como fin un interés económico y de lucro, a través de una unidad productiva o que ofrezca servicios.

Teorías sobre la Empresa

Existen diversas teorías sobre la naturaleza jurídica de la empresa:

  • Teoría Alemana (Subjetiva): Se consideraba a la empresa como un sujeto de derecho. Es criticada porque la empresa no es una persona jurídica.
  • Teoría Francesa: Considera a la empresa como un objeto (una cosa).

Tanto la teoría alemana como la francesa son rechazadas por nuestra legislación.

  • Teoría Atomista: No es un sujeto ni un objeto, sino un conjunto de elementos que tiene su propia legislación.

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