Obligaciones del Empresario: Afiliación, Altas y Bajas en la Seguridad Social y el Sistema RED

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Afiliación y Alta de los Trabajadores en la Seguridad Social

Los empresarios están obligados a afiliar en el Sistema de la Seguridad Social (SS) a todos los trabajadores que contraten.

Características de la Afiliación

  • La afiliación es obligatoria para todo el personal dentro del campo de aplicación de la Seguridad Social.
  • Es única para toda la vida del trabajador, sin perjuicio de las bajas, altas y demás variaciones que puedan producirse con posterioridad.

Procedimiento de Afiliación

La afiliación de los trabajadores debe ser realizada por la empresa mediante el modelo TA.1. No obstante, si la empresa no lo hiciese, podrá practicarse por los propios trabajadores o de oficio.

La afiliación inicial del trabajador implica automáticamente su alta en la Seguridad Social. Las altas se realizarán con anterioridad a la iniciación de la relación laboral. Cuando la solicitud se realice fuera de plazo, tendrá efecto desde el día de su presentación.

Gestión de Altas, Bajas y Variaciones de Datos

Los empresarios deben comunicar las altas de las personas contratadas y las bajas de los trabajadores que hayan interrumpido su relación con la empresa, así como las variaciones que se produzcan en los datos de los empleados.

Las altas, bajas y variaciones de datos se realizan mediante el modelo TA.2/S.

Altas

Se deben comunicar cada vez que el trabajador comienza una nueva relación laboral, ya sea con la misma o con diferente empresa. Las altas se presentarán antes de iniciar la relación laboral (hasta 60 días antes).

Bajas y Variaciones de Datos

Cada vez que un trabajador finalice una relación laboral, debe ser dado de baja dentro del plazo de los 6 días naturales siguientes al cese en el trabajo.

Sistema RED: Remisión Electrónica de Datos

El Sistema RED es un servicio que ofrece la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a empresas y profesionales para el intercambio de información y documentos a través de internet.

Obligación de Uso del Sistema RED

Están obligadas a utilizar el Sistema RED:

  • Todas las empresas con trabajadores que cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Las empresas de más de 10 trabajadores que cotizan en los regímenes especiales (agrarios, de trabajadores del mar o de la minería del carbón).

El resto de regímenes especiales se incorporarán progresivamente al sistema.

Órganos Inspectores y Sanciones

El incumplimiento de las obligaciones del empresario da lugar a infracciones y sanciones que son clasificadas en los grados mínimo, medio y máximo.

Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS)

La responsabilidad de controlar y vigilar el desarrollo y cumplimiento de las normas en materia laboral y de Seguridad Social recae en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).

La finalidad de este organismo es velar por el cumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social de empresas y trabajadores. Para ello, desarrolla tanto actuaciones preventivas como correctoras o sancionadoras, incluyendo:

  • Requerimientos de cumplimiento de la normativa de orden social.
  • Requerimientos de ingreso de cuotas de Seguridad Social y conceptos asimilados.
  • Actas de infracción para la imposición de sanciones de orden social.
  • Actas de liquidación y demás documentos liquidatarios de cuotas de Seguridad Social.

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