Obligaciones del Empleador: Seguridad Social, Pensiones y SCTR

Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 3,73 KB

Seguridad Social en Salud

Asegurados Regulares

Los trabajadores activos en relación de dependencia.

Derecho Habientes

Cónyuge o concubina (o). Hija (o) menor de edad o al mayor de edad incapacitado permanentemente para el trabajo. Madre gestante con respecto al hijo concebido, mientras dure el período de la concepción. Sólo podrán ser inscritas como DH, siempre que ellos a su vez no sean asegurados regulares.

Aporte ESSALUD

Tasa: 9% de la remuneración o ingreso del trabajador.

Remuneración Asegurable:

  • Base mínima mensual: RMV (S/. 850)
  • Subsidio: la base mensual mínima imponible se determinará en forma proporcional a los días no subsidiados del mes.

Plazo: Cronograma de obligaciones tributarias de SUNAT.

Derecho de Cobertura: Contar con 3 meses de aportación consecutiva o 4 no consecutivos dentro de los 6 meses anteriores al mes en que se inició la causal.

Sistema Pensionario

Ingreso del Trabajador – Alta

Cuando un trabajador ingrese a laborar a un centro de trabajo, el empleador deberá obligatoriamente requerirle que, a partir de su registro en la Planilla Electrónica, le informe por escrito el sistema previsional al que se encuentra incorporado, con indicación de la AFP a la que está afiliado, de ser el caso.

Trabajador No Afiliado a un Sistema Pensionario

En caso el trabajador no pertenezca a ningún sistema pensionario, el empleador deberá entregar el Boletín Informativo a que hace referencia el artículo 16 de la Ley Nº 28991, y deberá requerirle le informe el régimen pensionario al que se desea ser incorporado mediante la suscripción del “Formato de Elección del Sistema Pensionario”, aprobado mediante R.M.Nº112-2013-TR.

Infracciones Laborales

Infracción Leve

No entregar al trabajador, en los plazos y con los requisitos previstos, el boletín informativo. Artículo 23.2 Decreto Supremo Nº 019-2006-TR.

Infracción Grave

Afiliar al trabajador a alguno de los sistemas de pensiones, sin previamente haberle entregado el Boletín Informativo, o que habiéndolo entregado no respete los plazos señalados en el artículo 16 de la Ley 28991.

Sistema Nacional de Pensiones (SNP)

Afiliación: mediante T-Registro.

Tasa: 13 % de la remuneración devengada.

Base Imponible: sobre la remuneración mensual. No puede ser inferior a la RMV.

Excepción: trabajador a tiempo parcial.

Plazo: Cronograma de obligaciones tributarias de SUNAT.

Sistema Privado de Pensiones (SPP)

Afiliación: mediante T-Registro / AFPnet.

Tasa: 10 % de la remuneración devengada.

Base Imponible: sobre la remuneración mensual.

Plazo: Dentro de los primeros 5 días hábiles del mes siguiente en que fueron devengados.

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)

SCTR: brinda cobertura adicional, a los trabajadores dependientes o independientes que realizan actividades de riesgo, por accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

Coberturas SCTR

  • Cobertura de salud: ESSALUD o EPS.
  • Cobertura de pensión: ONP o compañía aseguradora.

Empresas Obligadas a Contratar el SCTR

Están obligadas a contratar el seguro complementario de trabajo de riesgo. Siendo el costo de las primas y/o aportaciones que origine su contratación asumidas por las empresas.

Entradas relacionadas: