Obligaciones de Cotización a la Seguridad Social: Altas, Bajas y Responsabilidades
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Altas y Bajas en la Seguridad Social
Las altas se producen al iniciar una nueva actividad laboral o al cambiar de empresa, constituyendo la relación con la Seguridad Social. Las bajas se dan al cesar en la actividad, extinguirse el contrato o cambiar a un centro de trabajo en otra provincia (o incluso dentro de la misma si requiere una cuenta de cotización distinta).
La Obligación de Cotizar
La Seguridad Social se financia principalmente con aportaciones del Estado y las cuotas de los obligados. La cotización es obligatoria, tanto en el régimen general como en los especiales, al comenzar a trabajar, en situaciones específicas o al darse de alta en la TGSS.
En España, la cotización se divide en:
- Cotización por contingencias comunes.
- Cotización por accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Además, existen cuotas para otros conceptos como desempleo, FOGASA y Formación Profesional, generando una triple modalidad de cotización.
Sujetos Obligados y Responsables
Están obligados a cotizar al Régimen General de la Seguridad Social los trabajadores y asimilados, así como los empresarios que los emplean. La TGSS es el acreedor de las cuotas.
Sujetos obligados:
- Trabajadores y asimilados.
- Empresarios por cuya cuenta trabajen.
El empresario es el responsable de cumplir con la obligación de cotizar, ingresando tanto sus aportaciones como las de sus trabajadores.