Obligaciones y Contratos: Conceptos y Clasificación
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 5,15 KB
Obligaciones
La obligación es una relación jurídica en la cual un sujeto (deudor) tiene la obligación de realizar, en favor de otro (acreedor), determinada prestación.
Sujetos de la Obligación Jurídica
Son parte o sujeto de la obligación:
- El deudor: es la persona que debe cumplir con la presentación acordada.
- El acreedor: es la persona destinataria de esa obligación que podrá exigir el cumplimiento de la misma.
Extinción de las Obligaciones
Las obligaciones se extinguen por:
- Pago: es el cumplimiento de la obligación.
- Compensación: existe el suplantamiento de una obligación por otra, dos personas reúnen la calidad de deudor y acreedor recíprocamente.
- Confusión: en este caso se reúnen en la misma persona la calidad de deudor y acreedor.
- Renuncia: en este caso el acreedor hace abandono o se desprende de su derecho.
- Novación: en este caso se cambia una obligación por otra, se extingue una obligación para dar comienzo a otra nueva obligación.
- Transacción: las partes, haciendo concesiones recíprocas, extinguen obligaciones litigiosas.
- Prescripción: es la pérdida o adquisición de un derecho por el transcurso del tiempo.
Contratos
El Código Civil, en el artículo 1137, establece: "Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común destinada a reglar sus derechos".
Elementos del Contrato
Existen elementos que son esenciales para la formación del contrato, por lo tanto, si falta alguno de estos, el contrato no será válido. Los elementos esenciales son:
- Capacidad: es la aptitud legal de adquirir derechos y contraer obligaciones. Para realizar un contrato se necesita capacidad de hecho y de derecho.
- Consentimiento: es la manifestación unilateral de voluntad de cada persona que integra ese contrato.
- Objeto: es la relación jurídica obligacional que surge del contrato.
- Causa: es el motivo que determina el contrato, es la razón que llevó a las partes a contratar.
Clasificación de los Contratos
- Unilaterales: al tiempo de su celebración crean obligaciones para solo una de las partes. Ejemplo: donación.
- Bilaterales: al tiempo de su perfeccionamiento crean obligaciones recíprocas para las partes. Ejemplo: compraventa, permuta.
- Onerosos: la prestación de una de las partes encuentra su razón de ser en la contraprestación de la otra. Ejemplo: compraventa.
- Gratuitos: la ventaja recibida por una de las partes no exige una prestación a su cargo. Ejemplo: donación.
- Consensuales: se perfeccionan por el consentimiento de las partes. Ejemplo: compraventa, sociedad.
- Reales: se perfeccionan con la entrega de la cosa. Ejemplo: depósito, prenda.
- Conmutativos: las ventajas a percibir por las partes están perfectamente determinadas al momento de celebrar el contrato. Ejemplo: permuta, locación.
- Aleatorios: sus ventajas dependen de un acontecimiento incierto. Ejemplo: contrato de seguro.
- De ejecución instantánea: las partes cumplen con las prestaciones desde el momento de su celebración. Ejemplo: compraventa.
- De ejecución sucesiva: son contratos que se cumplen a través de prestaciones repetidas en períodos convenidos. Ejemplo: locación de cosa.
- Nominados: tienen un régimen especial establecido en el Código Civil. Ejemplo: locación, permuta.
- Innominados: son aquellos que la ley no les ha dado una estructura jurídica propia. Ejemplo: contrato de excursión turística, contrato de garaje.
Efectos de los Contratos
Los contratos se celebran para ser cumplidos. Para las partes que firmaron el contrato, será obligatorio como si fuese una ley. Los contratos no deben afectar derechos de terceros, es decir, no deben perjudicar a terceros. Por ello, en los contratos rige el principio de "buena fe". La "buena fe" es la conducta que se espera de una persona, honorable y correcta, en la relación contractual.
Extinción de los Contratos
Los contratos se extinguen por:
- Rescisión: rescindir un contrato significa que existe un acuerdo de voluntad entre las partes para dejar sin efecto ese contrato.
- Revocación: en este caso se deja sin efecto el contrato por voluntad de una de las partes en virtud de una causa legal.
- Resolución: el contrato se extingue en virtud de un hecho posterior a su celebración. Este hecho puede ser por voluntad de una de las partes o derivado de la ley.