Objetivos y Funciones de la Comunidad Educativa: Un Enfoque Integral
Enviado por Chuletator online y clasificado en Magisterio
Escrito el en
español con un tamaño de 8,83 KB
Objetivos PEC
Definición: El PEC define las finalidades de la Comunidad Educativa en cuanto al tipo de persona que queremos formar, es decir, su identidad. En este documento se recogen los planteamientos educativos de carácter general. Es también el marco general del funcionamiento del centro y el ideario que responde a las preguntas: ¿Dónde estamos? ¿Quiénes somos? ¿Qué queremos? ¿Cómo nos organizamos para conseguir las metas? ¿Quién lo elabora y aprueba?
Elaborado por: La comunidad educativa a través del Consejo Escolar y aprobado por la dirección del centro.
Finalidades:
- Adaptar los programas del Ministerio de Educación y de las comunidades autónomas a las necesidades y características del entorno y del centro.
- Posibilitar y facilitar la participación de las instituciones escolares de los diferentes agentes externos e internos de la Comunidad Educativa.
- Permanecer en contacto con el exterior y viceversa, fomentando las relaciones y el aprovechamiento de los recursos a través de excursiones, por ejemplo.
- Relacionar con la realidad sociocultural los principios y el ideario del centro.
Papel de la Inspección
Definición: Es un organismo dependiente de las diferentes administraciones autonómicas cuya función es la evaluación y control del sistema educativo, tanto de su diseño y organización como de los procesos de enseñanza y aprendizaje. Forma parte del Cuerpo de Inspectores.
Funciones:
- Supervisar y controlar el funcionamiento de los centros, la práctica docente y la función de dirección.
- Evaluar el sistema educativo y sus elementos.
- Controlar el cumplimiento de las leyes y reglamentos del sistema educativo.
- Redactar informes que solicitan las administraciones educativas respectivas.
- Ejercer las funciones que les encarguen las administraciones de las que dependen.
- Conocer todas las actividades de los centros, a los cuales pueden acceder libremente y comprobar su documentación.
AMPA
Definición: Es una plataforma de voluntariado abierta a la participación y reivindicación de todos los aspectos referentes a la educación. Enseñantes y familias tienen el objetivo de conseguir la mejor formación para sus hijos e hijas dentro de una sociedad democrática.
Composición: Por todas las familias (miembros de la junta directiva: presidente, vicepresidencia, secretario, tesorero, responsable de formación, vocalías).
Funciones:
- Gestionar servicios y organizar actividades para el alumnado en colaboración con el centro (comedor, excursiones).
- Organizar actividades para toda la comunidad educativa para favorecer un buen clima de convivencia.
- Prestar ayuda a familias necesitadas.
- Defender los intereses del centro y las familias ante las administraciones.
- Promover la participación de las familias.
Funciones del Profesorado Dentro y Fuera del Aula
Fuera: La contribución a que las actividades del centro se desarrollen en un clima de respeto, tolerancia y libertad para fomentar en el alumnado estos valores. La coordinación de las actividades docentes, de gestión y dirección que les encarguen, la participación en la actividad general del centro, la participación en los planes de evaluación que determinan las administraciones educativas o los centros, la investigación y experimentación y mejora continua de los procesos de enseñanza correspondientes, y la promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.
Dentro: La programación y la enseñanza de las áreas, de las materias y de los módulos que tengan encomendados, la atención al desarrollo intelectual, afectivo, psicomotor, social y moral del alumnado, la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza, la tutoría del alumnado, la dirección y la orientación de su aprendizaje y apoyo a su proceso educativo (en colaboración con las familias), la orientación educativa, académica y profesional del alumnado, en colaboración, si se da el caso, con los servicios o departamentos especializados, y la información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en este.
Proyecto de Dirección
1. Proyecto de Dirección: Es un mérito preferente para acceder a la dirección de un centro educativo. Además, por su carácter de programa institucional, debe guardar coherencia con otros proyectos institucionales del centro, sosteniéndose en la autonomía y en el ajuste a las realidades y en el esfuerzo de la identidad del centro.
Estructura:
- Presentación y justificación.
- Análisis de partida.
- Objetivos.
- Actuaciones e intervenciones (organización y funcionamiento del centro, gestión de recursos, coordinación de procesos de enseñanza-aprendizaje y desarrollo de proyectos de evaluación).
- Evaluación.
2. Formación de Directores Escolares:
- LGE: En 1973 se regularon tres tipos de cursos de especialización para profesorado de EGB, uno de los cuales se centraba en la especialización en técnicas directivas.
- LOECE: Actividades específicas de formación para los directores seleccionados, programas por el Ministerio de Educación y Ciencia.
- LOCE: Programa de formación inicial organizado por la administración educativa con periodo de prácticas.
- LOE: Las personas aspirantes que se han seleccionado habrán de superar un programa de formación inicial, organizado por las administraciones educativas. Pero no haría falta con más de 2 años de experiencia.
- LOMCE: Las personas aspirantes han de disponer de la certificación acreditativa de un curso sobre el desarrollo de la función directiva impartido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por las administraciones autonómicas.
3. Normativa Centros Públicos:
- LGE: Desaparece el cuerpo de directores y pertenece al cuerpo del profesorado de educación general básica. La dirección es elegida por la administración (claustro y consejo asesor de centro). Se requiere formación educativa y continuada, establecida en el cargo.
- LOECE: Establece 2 tipos diferentes de órganos de gobierno (unipersonal y colegiados). Selección a cargo de la administración entre el profesorado numerario del centro, establecido en el cargo.
- LODE: Mantenimiento de los órganos unipersonales y colegiados. Se elige el director por mayoría absoluta en el consejo escolar de centro. Su requisito es que el docente tenga destino definitivo al centro, permanencia de 1 año y una antigüedad de 3 años, con un mandato de 3 años.
- LOPEGCE L.O: Mantiene el sistema de elección del director por el consejo escolar por mayoría absoluta. Los candidatos han de estar acreditados por el desempeño de la función directiva. Su requisito es ser profesor funcionario de carrera, docente con un destino definitivo al centro, permanencia de al menos 1 año y con antigüedad de 5 en un centro del mismo nivel, con un mandato de 4 años.
- LOCE: Elimina las competencias del consejo escolar en la elección del director. Obtención de una valoración positiva como categoría de director para los centros públicos. Su requisito es ser profesor funcionario de 5 años, permanencia de 1 año en un centro público similar y una antigüedad de 5 años. Presentan el proyecto de dirección, es seleccionado por expertos de la administración y el centro, con un mandato de 3 años.
- LOE: Concurso de méritos profesionales y académicos convocados por la administración educativa. Su requisito es ser profesor de carrera 5 años, impartir docencia 5 años. Presentan el proyecto de dirección y participan en concurso de méritos, siendo seleccionados por una comisión conformada por la administración y la comunidad educativa. El director nombrará el resto de cargos del equipo directivo.
- LOMCE: Reduce las competencias del consejo escolar. Requiere antigüedad de 5 años, proyecto de dirección, impartir 5 años clases propias del centro, concurso de méritos y haber superado unos cursos de formación. Seleccionado por una comisión de personas expertas (administración, profesorado, centro), con permanencia de 4 años.