Nulidad y anulidad del negocio jurídico en el derecho romano
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 5,01 KB
contrato de compra-venta es aquel contrato bilateral en el que una de las partes (vendedora) se obliga a la entrega de una cosa determinada y la otra (compradora) a pagar por ella un cierto precio, en dinero o signo que lo represente.
Obligaciones del vendedor
Transmitir la propiedad o título de derecho.Conservar el bien objeto de la compraventa hasta su entrega. Entregar la cosa.
Garantizar al adquiriente una posesión útil. Garantizar al comprador una posesión pacífica.Responder a la evicción.
Obligaciones del comprador
Pagar el precio.Pagar intereses en caso de demora o de compraventa con precio aplazado.
Recibir la cosa comprada.
Carácterí sticas del contrato de compraventa:
puesto que se encuentra reglamentado en la ley-
Bilateral, ya que obliga tanto al vendedor como al comprador de la cosa.El plazo, jurídicamente, es el hecho futuro cierto del que pende el nacimiento o la extinción de un derecho.
El plazo siempre es cierto, en el sentido de que es un tiempo que llegará en algún momento dado y sin posibilidad de que no llegue a ocurrir. Este evento puede estar determinado de antemano como, por ejemplo, una fecha determinada o puede no estar determinado como, por ejemplo, el momento de la muerte de alguien.
La Promesa es un contrato por el cual una de las partes, o ambas, se obligan, dentro de cierto lapso, sea por el vencimiento de un plazo o por el cumplimiento de una condición, a celebrar un contrato futuro determinado. Este contrato se denomina también preparatorio, antecontrato, precontrato y contrato preliminar.
Efectos:
Si el promitente rehúsa celebrar el contrato prometido o firmar los documentos necesarios para darle forma legal, el beneficirio puede demandarlo y, en su rebeldía, lo hará el juez en su nombre.
En caso de que la cosa ofrecida haya pasado por título oneroso a propiedad de tercero de buena fe, entonces la promesa quedará sin efecto, siendo responsable el que la hizo de todos los perjuicios que se hayan originado a la otra parte.
Contrato de mandato:
El mandato es un contrato por el cual una persona (mandante) confía la gestión de uno o más negocios a otra (mandatario), que se hace cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera
.Obligaciones del Mandato:
Obligación de ejecutar el mandato. 2. Debe de ejecutar el mandato personalmente, si hay sustitución esta puede ser amplia o restingida. 3. Se debe de sujetar a las instrucciones recibidas del mandante, en caso de que el mandatario no recibiera instrucciones concretas debe de actuar prudentemente como si se tratara de su negocio propio. 4. Debe de rendir cuentas acerca de la ejecución del mandato.
Obligaciones del Mandante:
1. Pagar la retribución convenida. 2. Rembolsar las expensas o gastos que haya realizado el mandatario. 3. Indemnizar el mandante al mandatario por los daños y perjuicios que este hubiera sufrido con motivo del cumplimiento del mandato.
Clases de mandato:
tendiendo al objeto encomendado, esto es, los negocios que puede celebrar el mandatario puede ser general o especial (Especial=Negocio u operación;General: De diario o muchas operaciones
La obligació n jurí dica, en Derecho, es el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación. Dicha prestación puede consistir en dar, hacer o no hacer, teniendo que ser en los dos primeros casos posible, lícita y dentro del comercio. Los sujetos obligados, al igual que el objeto de la obligación, deberán estar determinados o ser determinables.
Ley:
La ley es por sí sola, generadora de obligaciones. Por ejemplo, la ley obliga a las personas a pagar impuestos.
contrato, en términos generales, es definido como un acuerdo privado, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas .
Delito
Hecho que causa daño a la persona o propiedad de otro que es ilícito y dolo.
El Cuasicontrato en una de las fuentes de las obligaciones que consiste en un hecho voluntario de la persona que se obliga, lícito, de carácter no convecional que produce obligaciones.N cuasidelito corresponde a un hecho ilícito, que consiste en que una persona obra negligentemente causando daño a otra, sin distinguir si el acto se cometíó con o sin la intención de dañar efectivamente al otro.