Nulidad Absoluta y Relativa en Actos Administrativos: Requisitos y Efectos
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Análisis de la Nulidad en los Actos Administrativos: Requisitos Sustanciales y Formales
d. Motivación
Según el Artículo 18 de la LOPA, se requiere una expresión sucinta de los hechos y del derecho aplicado. Es crucial distinguir entre la motivación y el motivo o fundamento fáctico y jurídico:
- Motivación: Elemento formal. Es la expresión externa del razonamiento de la administración que condujo a la conclusión y generó el acto.
- Fundamento: Elemento extrínseco de fondo. Es el razonamiento de hecho y de derecho que llevó a la administración a tomar la decisión.
La ausencia absoluta del elemento formal (motivación) causa la nulidad absoluta, impidiendo la defensa contra el acto y generando una falta total de procedimiento. Debe existir un elemento intrínseco que pueda ser exteriorizado (extrínseco). El falso supuesto de hecho y de derecho se relaciona con la nulidad relativa.
e. Falta de Elementos de Forma
Existe nulidad absoluta cuando hay:
- Falta total de procedimiento.
- Ausencia total de motivación.
La falta de cualquier requisito que no viole derechos constitucionales constituirá un vicio de nulidad relativa.
f. Fin (Desviación de Poder)
Se refiere al vicio de desviación de poder. Aunque no está expresamente establecido por el legislador, la jurisprudencia lo considera un vicio grave, según el artículo 259 de la CRBV. La Sentencia Farmacia Unicentro Nro. 19 del 30-01-1990 abordó la moralidad administrativa, indicando que este vicio atenta contra ella al incumplir el elemento más importante: la finalidad que justifica todas las potestades de la administración.
Se declaró que es un vicio no subsanable, aunque es difícil de probar. En el caso de Farmacia Unicentro, se demandó el permiso permanente otorgado a otra farmacia, argumentando que se buscaba favorecer a la farmacia y no al público. La sentencia concluyó que, aunque no puede calificarse como vicio absoluto porque la ley no lo establece, acarrea la nulidad del acto y no puede ser convalidado.
Tabla Comparativa: Requisitos Sustanciales y Tipos de Nulidad
Requisitos sustanciales | Nulidad absoluta | Nulidad relativa |
---|---|---|
Sujeto (Competencia) |
|
|
Causa |
| Falso supuesto de derecho y hecho (puede ser absoluta según el grado). |
Objeto | Objeto ilícito (Artículo 19.3 LOPA) o de imposible ejecución. | |
Motivo o fundamento (razonamiento de hecho y de derecho). Diferente de la motivación, que es un elemento formal. Es el pensamiento de la Administración para decidir. Los motivos se expresan a través de la motivación. | Según el grado, puede llegar al falso supuesto. Ausencia absoluta del procedimiento cuando no hay ninguna motivación. Afecta el derecho a la defensa y el debido proceso. | Según el grado, puede llevar al falso supuesto. |
Falta de elemento de forma | Ausencia total del procedimiento o de la motivación. Viola derechos constitucionales. | Falta de cualquier requisito que no viole derechos constitucionales. |
Fin: Desviación de poder. El procedimiento se siguió correctamente. Es un problema probatorio. ¿Qué tipo de nulidad genera? | No figura en la lista de nulidades absolutas, pero es un vicio tan grave que la CRBV lo menciona (moralidad administrativa). Todas las potestades de la Administración se fundamentan en el fin que ella misma debe cumplir. Es un vicio no subsanable. | En principio, no parece ser absoluta debido a la interpretación restrictiva, pero la CRBV y la jurisprudencia la consideran absoluta. No se puede convalidar. Aunque no tiene el título de absoluta, tiene las mismas consecuencias. |