Normativa Legal en Prevención de Riesgos Laborales: Ley 16.744 y Comité Paritario
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Marco Legal Vigente
La normativa legal vigente para el sector de servicios incluye, entre otras, Leyes, Decretos Supremos, Normas Chilenas, Decretos con Fuerza de Ley, circulares, etc. Mediante estas se regula y vela por el buen funcionamiento de este sector de trabajo.
Ley 16.744
La Ley Orgánica 3.170 de 1916 cubría solo accidentes, y luego fue modificada por la Ley 4.055, en la que se incluyen las enfermedades profesionales. Esta ley se preocupa de incorporar los aspectos relacionados con la prevención de riesgos. Involucra a todos.
El Comité Paritario es un actor relevante en la conducción de la prevención de riesgos en las empresas y la Ley 16.744 contempla la constitución y el funcionamiento de los mismos, en los que los trabajadores tienen la oportunidad de participar.
- La Ley 16.744 promueve y exige acciones tendientes a evitar que ocurran accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Objetivos de la Ley 16.744
- Prevenir accidentes y enfermedades laborales.
- Otorgar prestaciones médicas.
- Rehabilitar profesionalmente a los trabajadores.
- Otorgar prestaciones económicas.
Principios de la Ley 16.744
- Solidaridad: Todos los beneficios se financian con aporte patronal o empresarial.
- Universalidad: Protege a todos los trabajadores, incluso cubre también a los estudiantes.
- Integridad: Otorga las prestaciones médicas y económicas en caso de ocurrir el accidente o enfermedad profesional.
- Unidad: Todos los beneficios son iguales para todos los trabajadores.
El Decreto 313 protege a todos los estudiantes por los accidentes.
Contingencias que Cubre la Ley 16.744
- Accidentes del trabajo: Se refiere a toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, que le produzca incapacidad o muerte.
- Enfermedades profesionales: Son aquellas causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión del trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Entidades Facultadas para Administrar la Ley 16.744
- INP (Instituto de Normalización Previsional).
- Mutualidades de empleadores (como la ACHS).
- Administración delegada (empresas con más de 2.000 trabajadores).
Financiamiento de las Prestaciones de la Ley 16.744
- Cotización básica: Es la que pagan por igual todas las empresas.
- Cotización adicional diferenciada: Es la que se debe pagar en función de la actividad y riesgos de cada empresa.
Funciones del Departamento de Prevención de Riesgos
Reconocimiento, evaluación y control de los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, capacitación, confección de estadísticas, asesoramiento a los comités paritarios, supervisores y línea de administración técnica.
Sobre el Comité Paritario (DS Nº 54)
En toda industria o faena en que trabajen más de 25 trabajadores deberá constituirse uno o más Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, sin importar la actividad que ella desarrolle y si le corresponde o no el pago de cotización adicional.
Funciones del Comité Paritario
- Asesorar e instruir a los trabajadores en materia de seguridad y salud laboral.
- Controlar el cumplimiento de las medidas de prevención.
- Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador.
- Promover la realización de cursos de capacitación en prevención de riesgos.