Normativa Laboral y Condiciones de Trabajo: Aplicación y Principios
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Usos, Costumbres Locales y Profesionales, y su Relación con la Normativa Laboral
La costumbre se define como una norma de conducta que surge de la práctica social repetida y constante, siendo considerada obligatoria por la comunidad.
Convenios Colectivos: Marco de las Condiciones Laborales
Los convenios colectivos establecen las condiciones mínimas que deben respetarse en los contratos individuales. Estos contratos no pueden fijar condiciones de trabajo inferiores a las estipuladas en los convenios. Una vez acordados, los convenios colectivos son de obligado cumplimiento, equiparándose a una ley para todos los empresarios y trabajadores dentro de su ámbito de aplicación.
Principios Fundamentales en la Aplicación de las Normas Laborales
Las normas jurídicas se aplican e interpretan según el principio de jerarquía, el cual establece que las normas de rango inferior no pueden contradecir a las de rango superior.
- Principio de norma mínima: Las normas laborales de rango inferior pueden mejorar las condiciones de trabajo establecidas por una norma de rango superior, pero nunca empeorarlas. Por ejemplo, un convenio que establezca salarios inferiores a los fijados por una ley sería considerado nulo.
- Principio de norma más favorable: Si existen dos o más normas aplicables a un caso concreto, se aplicará aquella que, en su conjunto, resulte más beneficiosa para el trabajador. La norma se aplicará en su totalidad.
- Principio de irrenunciabilidad de derechos: Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos reconocidos en las normas y en los convenios colectivos.
- Principio de condición más beneficiosa: Si una norma laboral establece condiciones peores que las contenidas en los contratos, prevalecerán las condiciones más beneficiosas fijadas anteriormente.
- Principio in dubio pro operario: En caso de duda sobre la aplicación de una norma, los tribunales la interpretarán de la manera más beneficiosa para el trabajador.
Administración Laboral: Funciones y Organismos
La Administración Laboral tiene como funciones principales desarrollar la política laboral, a través de los órganos del Ministerio de Empleo y las Consejerías de las Comunidades Autónomas, y velar por el cumplimiento de la normativa laboral mediante la Inspección de Trabajo.
Ministerio de Empleo
La intervención del Estado en las relaciones laborales se realiza a través del Ministerio de Empleo, cuyo máximo responsable es el ministro. La intervención normativa del ministro se materializa mediante la elaboración de reales decretos y órdenes ministeriales. Para ejercer las funciones del ministerio de forma descentralizada, existe una Dirección Provincial del Ministerio de Empleo en cada provincia.
Comunidades Autónomas
Las Comunidades Autónomas pueden dictar disposiciones legales y reglamentarias para desarrollar la materia regulada dentro de su ámbito territorial, respetando siempre las bases fijadas para todo el territorio nacional. El Estado tiene competencia exclusiva en materia laboral y de Seguridad Social, mientras que las Comunidades Autónomas pueden dictar normas de desarrollo y ejecutar la normativa estatal. Existen consejerías o departamentos en cada Comunidad Autónoma que desempeñan los cometidos asignados.
Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo es un órgano de la Administración del Estado encargado de garantizar el cumplimiento de la legislación laboral. Las actuaciones de la inspección pueden iniciarse de oficio, por orden superior, a solicitud del empresario, a petición de las entidades gestoras de la Seguridad Social o por denuncia. Los inspectores, considerados autoridad pública, pueden entrar libremente en los centros de trabajo, investigar, revisar contratos y documentación de la Seguridad Social, suspender trabajos que incumplan las normas de seguridad e higiene y, si procede, levantar actas de infracción, liquidación u obstrucción.