Normativa y Estatuto del Personal del Servicio Penitenciario
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Marco Constitucional y Generalidades
1. Artículo 18 de la Constitución Nacional
Las cárceles serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas.
2. Nombramiento
El nombramiento en el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) tarda un año.
3. Personal Civil
¿Qué se entiende por personal civil? Se refiere a los docentes, personal contratado y personal de correo.
Jerarquía y Organización
4. Superioridad Penitenciaria
La superioridad puede ser por jerarquía, por el cargo o por el servicio. Se determina bajo el siguiente orden de prelación:
- 1.º Por el grado.
- 2.º Por el cargo.
- 3.º Por el servicio.
- 4.º Por antigüedad en el grado y en la institución.
- 5.º Por edad.
5. Situación de Revista
El personal puede encontrarse en las siguientes situaciones:
- En actividad.
- En disponibilidad (en espera de destino).
- Retiro (voluntario).
6. Destinos y Funciones del SPB
La asignación de destinos y funciones es responsabilidad de la Jefatura del SPB.
7. Juntas de Calificaciones
Existen tres tipos de juntas:
- Junta del personal subalterno.
- Junta de oficiales.
- Junta Superior de Calificaciones.
Derechos, Beneficios y Seguridad
8. Uso del Arma
El uso del arma es para prevención; se debe tirar al aire en caso de que se escape un interno.
9. Indemnización por Lesiones
A la persona que sufre lesiones le corresponde una indemnización equivalente a 30 veces el sueldo que recibe.
10. Indemnización por Fallecimiento
En caso de fallecimiento, la indemnización es de 30 veces el sueldo de la jerarquía más alta.
11. Principal Derecho Penitenciario
El principal derecho que tiene el personal penitenciario es la estabilidad en el cargo.
12. Otros Derechos
Otros derechos incluyen el pago del alquiler y la posibilidad de progresar en la carrera.
13. Licencias
El personal cuenta con licencias extraordinarias, anuales, por maternidad, matrimonio, fallecimientos y enfermedades.
Recursos Administrativos
14. Recursos de la Ley
Se pueden interponer contra todo acto administrativo que lesione o restrinja un derecho.
15. Reconsideración
El recurso de reconsideración cuenta con un plazo de 2 días y se interpone ante el superior inmediato.
16. Apelación
El recurso de apelación cuenta con un plazo de 5 días y se interpone ante el superior del superior.
17. Formalidades de los Recursos
Deben presentarse por escrito y fundados.
18. Interposición de los Recursos
La interposición de los recursos suspende la ejecutividad del acto administrativo.
Retiro y Baja del Personal
19. Tipos de Retiro
Existen tres tipos: voluntario, obligatorio y absoluto.
20. Retiro Absoluto
Se produce como consecuencia de una sanción o por incapacidad física absoluta.
21. Baja del Personal
Cuando el agente es dado de baja, se termina la relación de empleo, pierde sus derechos y no tiene más obligaciones, salvo el haber de retiro o pensión. Se puede producir por:
- Pedido del agente.
- Consecuencia de una sanción administrativa.
- Agotamiento de los términos de disponibilidad simple.
- Aplicación de la sanción de destitución.
- Fallecimiento.
22. Reincorporación tras la Baja
El tiempo límite para solicitar la reincorporación es de 2 años para oficiales y 3 años para suboficiales.
Ascensos y Calificaciones
23. Requisitos para el Ascenso
Los ascensos se producen entre los agentes que hayan cumplido el tiempo mínimo en el grado.
24. Exclusiones del Derecho al Ascenso
No tendrán derecho al ascenso quienes:
- Hayan sido sancionados con más de 30 días de arresto.
- Estén en situación de disponibilidad.
- Estén en condiciones de retiro.
- Hayan sido declarados aptos para permanecer en el grado.
- Se encuentren con licencia.
- Estén sumariados o procesados.
25. Período de Calificaciones
El período abarca desde el 1.º de septiembre del año anterior al 31 de agosto del año presente.
26. Tiempo Mínimo para Calificación
Un agente debe estar en funciones al menos 3 meses para ser calificado.
27. Junta de Reclamo
Está destinada a aquellos que se encuentran en condiciones de ascenso y desean realizar una petición.
Régimen Disciplinario y Sanciones
28. Tipos de Sanciones
- Apercibimiento: Amonestación escrita que se asienta en el legajo.
- Arresto: Privación limitada de la libertad.
- Suspensión de empleo: Suspensión temporal, sin goces de servicio ni de haberes, con pérdida temporal de los derechos.
29. Sanciones Expulsivas
Son el retiro absoluto y la destitución. No se puede echar a un agente sin un sumario previo. Estas sanciones las aplica el Poder Ejecutivo.
30. Facultades Disciplinarias de Jefes Superiores
Pueden sancionar a los subordinados y subalternos.
31. Facultades Disciplinarias de Oficiales y Suboficiales
Los oficiales pueden sancionar a los subordinados que trabajan en su dependencia. Los suboficiales no pueden aplicar sanciones, pero tienen la facultad de solicitarlas.