Normativa y Buenas Prácticas para la Instalación Segura de Cables Eléctricos
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Principios Fundamentales para la Instalación de Cables
Disposición e Identificación de Cables
Es aconsejable disponer los cables de distintos servicios y de diferentes propietarios sobre soportes separados, manteniendo entre ellos distancias que permitan su correcta instalación y mantenimiento. Dentro de un mismo servicio, se debe procurar agrupar los cables por tensiones.
Sujeción de Cables
Los cables deberán estar fijados a las paredes o a estructuras de la galería mediante elementos de sujeción adecuados. Esto es crucial para evitar que los esfuerzos electrodinámicos, que pueden presentarse durante la explotación de las redes de baja tensión, puedan moverlos o deformarlos.
Métodos y Entornos de Instalación Específicos
Galerías o Zanjas Registrables
En este tipo de galerías se admite la instalación de cables eléctricos de alta tensión, baja tensión, alumbrado, control y comunicación. Sin embargo, no se permite la existencia de canalizaciones de gas. La presencia de canalizaciones de agua solo se admite si se puede asegurar que, en caso de fuga, el agua no afectará a los demás servicios.
Atarjeas o Canales Revisables
En ciertas ubicaciones con acceso restringido a personal adiestrado, como el interior de industrias o recintos destinados exclusivamente a instalaciones eléctricas, podrán utilizarse canales de obra con tapas manipulables a mano.
Bandejas, Soportes o Sujeción Directa a la Pared
Normalmente, este tipo de instalación solo se empleará en subestaciones u otras instalaciones eléctricas, y en la parte interior de edificios no sometida a la intemperie, donde el acceso esté restringido al personal autorizado.
Normativa para Cruzamientos y Proximidades
Cruzamientos con Calles y Carreteras
Los cables se colocarán en el interior de tubos protectores, conforme a lo establecido en la ITC-BT-21, recubiertos de hormigón y a una profundidad mínima de 0,8 metros.
Cruzamientos con Ferrocarriles
Los cables se colocarán en el interior de tubos protectores, conforme a lo establecido en la ITC-BT-21, recubiertos de hormigón y, siempre que sea posible, perpendiculares a la vía, a una profundidad mínima de 1,3 metros.
Proximidad con Conducciones de Alcantarillado
Se procurará pasar los cables por encima de las conducciones de alcantarillado. No se permitirá incidir en su interior.
Proximidad con Depósitos de Carburante
Los cables se dispondrán en canalizaciones entubadas según lo prescrito en el apartado 2.1.2. y deberán distar, como mínimo, 0,20 m del depósito.
Distancias Mínimas de Seguridad y Paralelismos
Otros Cables de Energía Eléctrica
Los cables de baja tensión podrán instalarse paralelamente a otros de baja o alta tensión, manteniendo las siguientes distancias mínimas:
- Con cables de baja tensión: 0,10 m
- Con cables de alta tensión: 0,25 m
Cables de Telecomunicación
La distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y los de telecomunicación será de 0,20 m.
Canalizaciones de Agua
La distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y las canalizaciones de agua será de 0,20 m.
Canalizaciones de Gas
La distancia mínima entre los cables de energía eléctrica y las canalizaciones de gas será de 0,20 m, excepto para canalizaciones de gas de alta presión.
Acometidas (Conexiones de Servicio)
En el caso de que el cruzamiento o paralelismo entre cables eléctricos y canalizaciones de los servicios descritos anteriormente se produzca en el tramo de acometida a un edificio, deberá mantenerse una distancia mínima de 0,20 m.