Norma Chilena NCh 2190.Of93: Identificación de Riesgos en Sustancias Peligrosas

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Norma Chilena Oficial NCh 2190.Of93: Marcas para la Información de Riesgos

Las marcas para la información de riesgos, como marcas, etiquetas o rótulos, están destinadas a ser colocadas sobre las mercancías, embalajes y bultos que contienen estas sustancias, así como sobre los medios de transporte que las trasladan. El sistema de marcado o etiquetado se basa en la clasificación de sustancias presentada en la Norma NCh 382.

Finalidad del Rotulado

  1. Hacer que los bultos que contienen sustancias peligrosas sean reconocidos a distancia.
  2. Facilitar el reconocimiento de la naturaleza del riesgo.
  3. Proporcionar una orientación útil, mediante colores, para la manipulación, el almacenamiento y el transporte de las sustancias peligrosas.

Alcance y Campo de Aplicación

Establece disposiciones sobre los distintivos de seguridad para identificar los riesgos. Incluye:

  • Características de las marcas, etiquetas y rótulos.
  • Uso de las marcas, etiquetas y rótulos.
  • Excepciones en el uso.
  • Lugares en que deben ser colocados.

Esta norma se aplica al transporte de sustancias peligrosas por cualquier vía.

No se aplica a:

  • Gas licuado de petróleo para uso doméstico.
  • Gas licuado de petróleo para uso automotriz.
  • Gas natural para uso automotriz.
  • Gases comprimidos.
  • En el caso de plaguicidas, se usa solo en embalajes para el transporte.

Definiciones

  • Contenedor: Elemento de transporte de carácter permanente y lo suficientemente fuerte para su reutilización.
  • Unidad de carga: Acondicionamiento de bultos que se reúnen en un dispositivo adecuado para ser movilizados en un solo conjunto.
  • Distintivos de seguridad: Marcas, etiquetas o rótulos cuyas características se establecen en esta norma para identificar riesgos.
  • Embalaje: Recipiente o envoltura que contiene productos de manera temporal.
  • Envase: Lugar donde se conserva la mercancía; está en contacto directo con el producto.
  • Etiqueta: Cédula o impreso que se adhiere a los bultos o envases para informar acerca de las características de las sustancias que contienen.
  • Marca: Color, etiqueta, rótulo o leyenda que se aplica a la superficie exterior de un embalaje para entregar información.
  • Rótulo: Letrero que se coloca en un medio de transporte para informar sobre el contenido transportado.

Clasificación de Sustancias

Se establece en la Norma NCh 382. Los detalles de las 9 clases se establecen en la Norma NCh 2120/1 a 2120/9.

Características de Marcas y Etiquetas

  • Las marcas deben tener forma de cuadrado con dos vértices en una línea vertical.
  • La marca o etiqueta de "Solo para carga aérea" debe ser un rectángulo.

Tamaño

  • El lado de contorno de la marca debe ser de 100 mm. Si el lugar donde se va a colocar es menor, se puede usar una de longitud inferior.
  • La marca de "Solo carga aérea" debe tener dimensiones iguales o mayores a 110 mm de altura y 120 mm de longitud.

Diseño para el Distintivo de Seguridad para Marcas y Etiquetas

  1. El campo para colocar la información está limitado por el ribete.
  2. Una orla de 5 mm de ancho, limitada por el ribete y el contorno.
  3. Un área para la leyenda relativa al riesgo que presenta la sustancia.
  4. Un área para el símbolo relativo al riesgo que presenta la sustancia.
  5. Un área para la clase o división del riesgo.

Los distintivos de seguridad están en los anexos D, P, R y S. Los de "Solo carga aérea" están en los anexos B y T.

Características de Letras y Números

Las letras y números deben ser de superficie llena. El tamaño de las letras está en los anexos D, P, R y S. El color está en los anexos A, D, P, R y S.

Uso de Marcas y Etiquetas

  • Envases individuales.
  • Tanques portátiles con capacidad inferior a 3800 dm3.
  • Bultos de volumen inferior a 18 m3.
  • Contenedores de volumen inferior a 18 m3.

Excepciones

No se requiere el uso de marca o etiqueta en:

  • Un cilindro de gas comprimido que esté debidamente marcado.
  • Un embalaje o unidad de explosivos, incluyendo municiones, que sean transportados.
  • Un recipiente de gas comprimido montado de forma permanente.
  • Embalaje donde sea visible la etiqueta de los envases.
  • Bulto con sustancia radiactiva.

Lugar Donde Colocar las Marcas o Etiquetas

Impresa o pintada sobre una superficie que no sea el fondo, de preferencia al lado del despacho y contrastante con la superficie.

Dónde Colocar Rótulos

  • Embalajes de volumen mayor a 18 m3.
  • Contenedores de volumen mayor que 18 m3.
  • Tanque portátil.
  • Carrocería de vehículos de carretera para carga.
  • Vehículos tanque de carretera.
  • Vagones de ferrocarril.
  • Vagones tanque.
  • Unidades de carga de volumen mayor que 18 m3.

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