Nómina y cotizaciones: claves sobre percepciones, IRPF y Seguridad Social
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Nómina y cotizaciones: preguntas y respuestas clave
- 1. Si a una persona le abonan locomoción, plus de transporte y plus de distancia: La locomoción se anota como percepción extrasalarial y no cotiza dentro de unos límites. (El plus de transporte y el plus de distancia suelen ser salariales.)
- 2. Si una paga extra se refleja en la nómina del mes: Cotiza a la Seguridad Social ese mes en su totalidad.
- 3. Si una paga extra se documenta en una nómina específica: Se calcula la cotización a la Seguridad Social.
- 4. ¿Dónde se anotan las percepciones en especie? En percepciones salariales y en deducciones, según corresponda.
- 5. En el recibo de salarios no se practican deducciones por: Desempleo. (Solo se descuenta desempleo a quienes cotizan por esa contingencia; empleadas del hogar y autónomos no cotizan por desempleo.)
- 6. El porcentaje de retención del IRPF se aplica sobre: El total devengado menos las percepciones extrasalariales exentas.
- 7. Para calcular el líquido total a percibir, no se deduce: La locomoción que sobrepasa los límites exentos.
- 8. ¿En qué apartado de la nómina se anota la cotización por Fogasa? En la aportación de la empresa a la Seguridad Social.
- 9. Las horas complementarias son propias de: Contratos indefinidos a tiempo parcial.
- 10. Para el cálculo de la base por contingencias comunes en contratos a tiempo parcial: Se computan las horas ordinarias (solo las ordinarias, no las complementarias).
- 11. Para calcular la base de desempleo en contratos a tiempo parcial: A la base por contingencias comunes calculada se le suman las horas complementarias.
- 12. En situación de huelga, no se producen descuentos sobre: La proporción de los días de descanso semanal.
- 13. Durante los periodos de huelga: Los días de huelga no computan a efectos de jubilación.
Otros conceptos relevantes
Qué porcentaje máximo de percepciones salariales se podrá cobrar en especie? El 30%.
El salario mínimo interprofesional es establecido por: El Gobierno.
La obligación de cotizar a la Seguridad Social comienza: Al iniciarse la relación laboral, sin contar el periodo de prueba.
La obligación de cotizar finaliza: Al finalizar la relación laboral.
Indica qué percepciones no cotizan a la Seguridad Social si se respetan los límites legales: Las dietas de viaje.
En el cálculo de la base por contingencias comunes, no se consideran: Las horas extraordinarias.
Si la base de cotización calculada supera el máximo de cotización: Se cotiza por la base máxima de su grupo de cotización.
Cuando la retribución es diaria, las pagas extraordinarias: Se prorratean entre 365 días.
La cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (AT y EP) corresponde: A la empresa.
Gastos, locomoción e indemnizaciones
Los gastos de manutención durante un viaje del trabajador: Cotiza la parte que no supera el límite reglamentario.
¿Los gastos de locomoción tributan en el IRPF? Solamente cuando sobrepasan los 0,26 €/km.
Indica qué conceptos no cotizan a la Seguridad Social si se respetan los límites legales: Las indemnizaciones por traslado.
En el cálculo de la base por contingencias comunes, se tienen en cuenta: La prorrata de las horas extraordinarias, cuando proceda.
¿Qué se exceptúa de gravamen y no se practica retención a cuenta del IRPF si se respetan los límites legales? Los gastos de locomoción.
Notas finales
- Las respuestas reflejan criterios generales; pueden existir matices según convenios colectivos, normas específicas o actualizaciones legales.
- Para casos concretos, conviene consultar la legislación vigente o asesoramiento laboral especializado.