Navarra: Régimen Foral, Conflictos y Transformación (1808-1841)
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**Navarra: Régimen Foral, Conflictos y Transformación (1808-1841)**
Antecedentes: El régimen foral de Navarra en el Antiguo Régimen
La crisis del Antiguo Régimen en Navarra
Navarra es escenario de todos los conflictos bélicos de la época, sufriendo una gran destrucción material y crisis de subsistencias, así como un fuerte endeudamiento de los ayuntamientos, la venta de bienes comunales y la ruina campesina. La **cuestión foral** es central: Navarra tenía instituciones y leyes propias, lo que genera un conflicto, ya que los liberales buscan la homogenización del territorio.
Navarra (1808-1833)
La **Constitución de 1812** abolió el régimen foral de Navarra como legislación del Antiguo Régimen. El **Sexenio Absolutista (1814-1820)** supuso la restitución del régimen foral: mediante el Real Decreto de Agosto de 1814, Fernando VII reconoce los fueros. Las Cortes se reúnen en 1817-1818 para votar el donativo, y se restablece el sistema aduanero y tributario.
Trienio Liberal
Durante el Trienio Liberal, se observa un importante posicionamiento a favor del absolutismo y hostil al liberalismo, impulsado por:
- La baja nobleza, con una economía basada en el privilegio.
- El clero, que se opone al liberalismo por su estatus económico.
- El descontento del campesinado, cuyos miembros no privilegiados se oponen porque no se ven favorecidos por las medidas liberales, debido a dos razones principales: el nuevo sistema fiscal basado en la contribución única y el reclutamiento obligatorio.
Surgen partidas armadas realistas, mientras que el apoyo al liberalismo se concentra en el entorno urbano, impulsado por la alta nobleza (debido a las medidas económicas), los altos funcionarios y los comerciantes, interesados en un mercado de ámbito estatal.
La I Guerra Carlista
Se mantienen apoyos similares a los del Trienio Liberal. Apoyan al carlismo la baja nobleza en defensa de sus privilegios, el clero por la desamortización y pérdida de privilegios, y el campesinado por el perjuicio que le produce la reforma agraria liberal, siendo este apoyo especialmente intenso en la Navarra Media.
El apoyo al liberalismo se mantiene en el entorno urbano (Pamplona), impulsado por la alta nobleza, los altos funcionarios y los propietarios agrícolas de la Ribera (también compradores de bienes desamortizados).
El fin de la guerra y el régimen foral
La guerra tuvo importantes consecuencias para el régimen foral navarro. La guerra terminó oficialmente con el **Convenio de Vergara (agosto de 1839)**, que estipulaba el respeto de los cargos y bienes de los militares carlistas y el compromiso ambiguo de recomendar al Gobierno el mantenimiento de los fueros.
La decisión afectaba a las cuatro provincias forales, por lo que hubo una reunión de sus diputaciones con el gobierno, mostrando actitudes distintas:
- La delegación navarra, partidaria de salvar “lo bueno del fuero”.
- Las delegaciones alavesa, guipuzcoana y vizcaína, que no son partidarias de ceder en nada.
Ley de Confirmación de Fueros (25-10-1839)
Esta breve ley constaba de dos artículos:
- Art 1º: Se confirman los Fueros de las provincias Vascongadas y de Navarra, sin perjuicio de la unidad constitucional de la monarquía.
- Art 2º: El Gobierno se compromete tan solo a “oír” a las provincias Vascongadas y a Navarra.
Ley de Modificación de Fueros (16-08-1841)
Fue un largo proceso de negociación. Navarra pierde todos aquellos atributos relacionados con la soberanía: deja de ser reino y pasa a ser una provincia, pierde el virrey, las Cortes, las aduanas y las pesas y medidas.
Mantiene una amplia autonomía administrativa y fiscal en manos de la Diputación, principal instrumento de poder. Paga los impuestos a través de la figura del “cupo” (también para quintas). Esta figura tiene vigencia en toda la historia navarra contemporánea (hasta 1984). Hay numerosos conflictos de competencias con el Estado que tienen que ver con la diferente interpretación:
- **Contrafuero**: no se respetó el procedimiento del Antiguo Régimen.
- **Pacto**: es un acuerdo entre Navarra y el Estado que sólo se puede modificar mediante nuevo pacto.
- **Ley ordinaria**: la aprobaron las Cortes, y ellas pueden modificarla.