Naturaleza y Alzamiento de Medidas Precautorias: Análisis Detallado

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Naturaleza de la Acción Principal y Medidas Precautorias

La acción principal en una demanda se define por las pretensiones del demandante y las excepciones del demandado. Las medidas precautorias, al no establecer derechos permanentes, son de carácter transitorio, como lo indica el artículo 301: “todas estas medidas son esencialmente provisionales”.

Recursos Contra Resoluciones Judiciales

La naturaleza jurídica de una resolución determina los recursos que proceden en su contra. Contra un auto, proceden el recurso de reposición y, de manera subsidiaria, el de apelación.

Alzamiento de las Medidas Precautorias

El proceso judicial es dinámico. Tras el otorgamiento de una medida precautoria, y durante el juicio, las pruebas pueden disipar el temor del demandante sobre el cumplimiento de la sentencia por parte del demandado. En tal caso, el demandado puede solicitar el alzamiento de la medida.

Esta solicitud da lugar a un incidente, donde el tribunal traslada la petición al demandante. El tribunal decide si se alza o no la medida, siguiendo las reglas generales de los incidentes. Si el tribunal rechaza el alzamiento, el demandado puede pedir reposición y apelar. Si el juez acoge la solicitud, el demandante puede pedir reposición y apelación subsidiaria.

Medidas Prejudiciales Precautorias

Son providencias dictadas por el tribunal antes del inicio del juicio, a solicitud del futuro demandante. Su finalidad es asegurar el resultado de la pretensión, demostrando la apariencia del derecho y el peligro de que este sea burlado. El solicitante debe rendir caución para garantizar los perjuicios que puedan causarse con su otorgamiento infundado.

Estas medidas incluyen las del artículo 290, las de leyes especiales y otras no contempladas en la ley, pero que buscan asegurar la pretensión del demandante. El futuro demandante puede fundamentar su solicitud en conductas del futuro demandado destinadas a burlar las acciones, como el ocultamiento o enajenación de bienes.

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