Movilidad Laboral, Excedencias y Extinción del Contrato
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Movilidad Laboral
Movilidad dentro del grupo profesional
Duración indefinida o temporal, no necesita aludir razones, la paga corresponde a su puesto anterior.
Movilidad fuera de su grupo profesional
Debe existir causas organizativas o técnicas por el tiempo imprescindible.
Descendente
Mantiene retribución que tenía por el tiempo imprescindible.
Ascendente
Cobrará por funciones superiores, en un plazo de 6 meses en un año y 8 en 2 años podrá solicitar ascenso.
Movilidad extraordinaria
Cambio definitivo de puesto fuera del grupo profesional lo cual se considera modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
Movilidad geográfica
Traslado individual
Trabajador avisado con 30 días de antelación, tiene 3 opciones: aceptar traslado, derecho a cobrar los gastos, recurrir al traslado extinguir el contrato con indemnización de 20 días por año trabajado máximo 360.
Desplazamiento
Temporal cuando no supera el año en un periodo de 3 años, se avisará con tiempo suficiente el cual no puede ser inferior a 5 días laborables si el desplazamiento es superior a 3 meses, derecho a 4 días extras de permiso por cada 3 meses desplazado el trabajador solo puede aceptar o recurrir pero no puede extinguir el contrato.
Excedencias
Forzosa
Cuando al trabajador se le imposibilita ir al trabajo o es elegido en un cargo sindical, se le reserva el puesto y computa para antigüedad.
Por cuidado de hijos
Se solicita por cada hijo menor a 3 años, se le reserva el puesto el primer año y los siguientes dentro de su grupo profesional. Computa para antigüedad, puede asistir a los cursos de formación de la empresa, la empresa no podrá limitar este derecho.
Por cuidado de familiares
Se solicita para un familiar de segundo grado, puede durar como máximo 2 años, se le reserva el puesto el 1 año y el segundo dentro de su grupo profesional, computa para antigüedad, derecho a asistir a cursos de formación.
Excedencia voluntaria
Se puede solicitar por un trabajador por lo menos con 1 año de antigüedad, dura un mínimo de 4 meses y un máximo de 5 años no se puede volver a solicitar pasados 4 años, no se le reserva el puesto solo tiene derecho preferente de reingreso.
Extinción del contrato: trabajador
Dimisión
El trabajador se va voluntariamente debe preavisar, el abandono es parecido pero el trabajador no avisa en los dos casos no reciben indemnización.
Incumplimiento grave de la empresa
Falta de pago o retrasos continuados, deben de ser 3 meses de retrasos o impagos acumulados. Modificación sustancial del contrato que provoque un menoscabo de su dignidad.
Extinción del contrato: empresa
Sentencias
Despido procedente
Hay causa justa y se entrega carta de despido, no indemnización.
Despido improcedente
No queda acreditado el incumplimiento del trabajador, o no le dieron la carta de despido: 2 opciones de la empresa: pagar 33 días de salario por año como máximo 720 días o readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación (los salarios como si hubiese estado trabajando desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia)
Despido nulo
Cuando se produce una discriminación o violación de los derechos fundamentales, el empresario deberá readmitir y pagará los salario de tramitación
Despido objetivo
(Ineptitud del trabajador, falta de adaptación) 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.