Movilidad Funcional, Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo
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Movilidad Funcional
Definición
La movilidad funcional es el cambio de puesto de trabajo del trabajador por parte del empresario.
Tipos
- Dentro del grupo profesional: El empresario no necesita alegar causa alguna y el trabajador debe aceptar el cambio.
- Fuera del grupo profesional: Sólo es posible si existen razones técnicas u organizativas que la justifiquen y por el tiempo imprescindible.
- Funciones inferiores al grupo profesional: Debe estar justificada por razones urgentes e imprevisibles de la actividad y sólo por el tiempo imprescindible. El trabajador mantiene el salario de origen.
- Funciones superiores al grupo profesional:
- Si las realiza durante seis meses en un año, puede reclamar el ascenso.
- Cobrará el salario del grupo profesional superior.
- Modificación sustancial: Cuando se sobrepasan los supuestos anteriores, el empresario debe efectuar la movilidad de acuerdo con un procedimiento preciso. Es una movilidad extraordinaria.
Suspensión del Contrato de Trabajo
Causas
- Por mutuo acuerdo de las partes
- Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)
- Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo
- Huelga y cierre de la empresa
- Privación de libertad del trabajador
- Incapacidad temporal
- Excedencia voluntaria forzosa
- Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural
- Decisión de la trabajadora víctima de violencia de género
- Curso de reconversión o perfeccionamiento profesional
- Suspensión de empleo y sueldo
- Por nacimiento y cuidado del menor
Excedencia
Definición
La excedencia es el periodo de tiempo durante el cual el trabajador interrumpe su relación laboral por voluntad propia o por desempeñar cargos públicos o sindicales.
Tipos
- Voluntaria
- Forzosa
- Por cuidado de hijos
- Por cuidado de un familiar
Despido
Tipos
Despido procedente
Queda acreditado el incumplimiento alegado por el empresario. Se extingue el contrato sin derecho a indemnización.
Despido improcedente
No queda acreditado el incumplimiento alegado por el empresario o no se han cumplido las exigencias formales en la tramitación del despido. El empresario puede readmitir al trabajador o indemnizarlo con 33 días de salario por año trabajado.
Despido nulo
Cuando tenga como móvil alguna de las causas de discriminación previstas en la Constitución o en la ley, y cuando se produzca violación de derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador. El trabajador debe ser readmitido.
Despido objetivo
Se basa en causas objetivas que no suponen incumplimiento por parte del trabajador, pero perjudican al empresario.
- Ineptitud del trabajador
- Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas
- Amortización de puestos de trabajo
- Falta de dotación presupuestaria
Finiquito
Documento que recibe el trabajador al finalizar la relación laboral o en casos de excedencia, mediante el cual se saldan las diferencias salariales entre el trabajador y la empresa.