La moralidad del acto humano
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Fuentes de la moralidad
El acto humano presenta varios aspectos. Hay que distinguir el acto lícito, aquel producido por la misma voluntad en el que reside el valor moral, y los actos imperados por la voluntad, que pueden ser también internos pero que en la mayoría de los casos implican las potencias corporales ejecutivas y por esto se llaman externos.
Si examinamos el acto humano completo se refiere a un objeto determinado pero además vemos que el acto se realiza en ciertas circunstancias. Entre ellas hay una singularmente importante: el fin que se pretende. Este es el porqué, que es el fin de la persona que actúa. Las otras circunstancias están de parte del objeto intentado al cual modifican conformando como un objeto compuesto.
La cuestión principal es: si el valor moral depende más del fin o del objeto. Ha de mencionarse que los estoicos reconocen una única virtud, la sabiduría o la atención de la libertad. El acto moral quedaría especificado por su relación con el ideal de la razón práctica es decir, por el fin. Muy a fin a esta posición es la ética de la pura intención que se dirige propiamente al fin. Kant concibe toda la moralidad dependiendo de la pura intención de la voluntad.
Muchos escolásticos sostienen que el acto recibe el valor moral del objeto de las circunstancias, del fin pero que la especie moral la recibe primero del objeto. Algunos piensan que las circunstancias pueden añadir nuevas bondades o malicias específicas. Según los tomistas, el fin determina verdadera e intrínsecamente el valor moral del acto, para otros solo le confiere una bondad extrínseca.
Argumentación partiendo de la vinculación con el mundo
El acto humano completo consta del acto interno de la voluntad y de los actos externos. No se trata de actos separados y unidos solo extrínsecamente, los dos actos no son sino partes o aspectos de una única operación humana. El acto exterior es una actuación humana que se origina en la decisión interna de la voluntad y que se expresa por los movimientos del cuerpo.
El acto es especificado por su objeto y ha de ser comparado con la norma de la razón. El acto se especifica de manera distinta si se lo considera en el orden físico o en el orden moral. En el orden físico, un acto ya determinado cuya naturaleza no se cambia según la condición del que da o del que recibe, no presenta ninguna conveniencia o discrepancia con la razón recta. Para que estas relaciones aparezcan, es decir para ingresar en el acto moral, hay que añadir una nueva determinación. La circunstancia pasa a la condición de objeto como constituyendo el objeto en el orden moral. Pero esto también ocurre cuando, ya constituido en el orden moral, se añade alguna circunstancia que induce una nueva comparación con la razón práctica.
En muchos otros casos, las circunstancias no fundan ninguna nueva comparación con la razón recta, sino que solo aumentan o disminuyen la conveniencia o discrepancia con ella y la bondad o la malicia del acto. Las circunstancias de ningún modo se refieren a la razón recta y así no pertenecen a la moralidad.
Partiendo de la procedencia del sujeto
El acto humano que procede de lo íntimo de la gente o sea de parte del acto interno del sujeto encontramos el acto externo se presenta como un objeto. En efecto es todo aquello que se propone a la voluntad y se dirige su intención. Por esto el valor moral del acto interno depende todo del objeto. Por lo tanto suponiendo que la voluntad sea del bien, ninguna circunstancia la puede hacer mala porque las circunstancias del acto interno para que afecten su moralidad deben ser conocidas y queridas. El fin en cuanto es referido al acto interior pasa a la condición del objeto y ejerce función específica. El fin también especifica al acto externo mediante el acto interno. El es especificación si el acto exterior se considera como informado por el acto interior y el fin es circunstancia si el acto exterior es considerado en sí mismo.
La especificación del acto total
Se da una doble especificación del acto humano: por el objeto y por el fin. ¿Cómo se compaginan para especificar el acto humano? ¿De cuál de ellos depende más el valor moral? Previamente conviene distinguir dos cosas:
*Si el objeto está ordenado al fin, o sea si el fin de la operación es también el fin del operante toda la especificación del acto se toma del objeto del acto exterior.
*Pero si el objeto no está ordenado al fin la especificación por el objeto y por el fin no tienen orden entre sí, y el acto moral está separado bajo dos especies. Sin embargo se suele admitir que la moralidad depende del objeto porque procede del principio inmediato del acto. En cambio la moralidad por parte del fin, procede del principio remoto.
El fin ayuda a su valor moral principalmente cuando se trata del fin último o del valor fundamental elegido por causa del cual mueven los fines particulares. En definitiva solo se dan dos actitudes frente al ideal: abrirse o cerrarse y de esa elección se determina el valor moral del sujeto. Entonces, ¿El fin justifica los medios? Lo que quiere decir es que si vos llegas a un fin bueno pero los medios que utilizaste para llegar son malos, por más que el fin sea bueno, no justifica que hayas utilizado medios malos. El acto de la voluntad primero tiende al fin pero también se refiere a los medios, por lo tanto, si se emplean medios intrínsecamente malos, la misma voluntad se hace mala por más honesto que sea el fin.
La especificación moral del acto depende por diversas razones del objeto del fin de las circunstancias, pero el valor moral del sujeto depende del fin, sin que nunca pueda el fin por más honesto que sea justificar un medio malo en sí mismo.
La moralidad del acto humano depende del objeto elegido racionalmente por la voluntad deliberada. En efecto, el objeto del acto de querer es un comportamiento elegido libremente. Sucede frecuentemente que el hombre actúe con buena intención pero sin provecho espiritual porque le falta la buena voluntad, en conclusión, la buena intención no autoriza a hacer ninguna obra mala. El acto humano depende de su objeto o sea si este es o no ordenable a Dios. El acto es bueno si su objeto es conforme con el bien de la persona en el respeto de los bienes moralmente relevantes para ello.