La Monarquía Española: Concepto, Formas Históricas y Legitimación Constitucional

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La Monarquía

La Forma Política del Estado

El art. 1.3 CE dispone que “La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria”.

Se puede afirmar que la forma política es un concepto que engloba tanto a las formas de Estado como a las formas de gobierno. Por formas de gobierno suele aludirse al sistema de relaciones que pueden establecerse entre los diversos órganos constitucionales del Estado. A su vez, dentro de las formas de gobierno cabe efectuar una distinción entre los sistemas de gobierno y las formas de gobierno stricto sensu, que afectarían al carácter electivo o no de la suprema magistratura del Estado, esto es, a la distinción entre Monarquía y República.

La Monarquía, sin adjetivaciones, sería una forma de gobierno stricto sensu, y en su consideración de Monarquía parlamentaria sería un sistema de gobierno.

La Monarquía Parlamentaria

El adjetivo “parlamentaria” supone la traslación del poder de decisión política del monarca al Parlamento. Esto significa que, aunque la Monarquía sea una forma de gobierno stricto sensu, en rigor únicamente lo es cuando tiene la condición de Monarquía parlamentaria, lo que implica que el Rey no tiene competencias propias, sino que ejerce influencia: carece de potestas pero posee auctoritas.

Las Reformas Históricas de la Monarquía

Se pueden agrupar en las siguientes:

  • La Monarquía absoluta supone que el rey realiza todas las funciones públicas principales del Estado, estando las demás instituciones en una situación de dependencia y de jerarquía frente a él.
  • La Monarquía limitada, que tiene sus orígenes en el modelo británico. El monarca se va desprendiendo de una serie de poderes y atribuciones, que van siendo asumidos por otros órganos, conservando todas aquellas no atribuidas expresamente a estos. Continúa conservando una efectiva posición de preeminencia en la formación de la voluntad estatal.
  • La Monarquía constitucional. El monarca tiene los poderes que taxativamente le atribuye el ordenamiento jurídico.
  • La Monarquía parlamentaria. El rey ya no conserva ningún poder de decisión, pues el centro de la dirección estatal ha pasado a manos del Parlamento y, a través de este, al Gobierno.

El Proceso de Instauración de la Actual Monarquía Española

La actual Monarquía española no debe su existencia, aunque sí su legitimidad democrática, a la Constitución de 1978.

Las Leyes Fundamentales franquistas configuraron una Monarquía que parecía responder a los principios y esquemas de la Monarquía limitada. Posteriormente, durante la transición política, la posición de la Monarquía se ve reforzada por la Ley para la Reforma Política de 1977, que implicaba la atribución al rey de poderes más amplios que los contemplados en las propias Leyes Fundamentales, pareciendo concebir la existencia de una Monarquía presidencialista.

Aún no se podía decir que la Monarquía se encontrase legitimada, ya que, por un lado, faltaba la legitimidad histórica, que no se produce hasta 1977, con la renuncia de D. Juan de Borbón a sus derechos dinásticos, y, por otro, faltaba la legitimidad democrática que únicamente se produce con la aprobación de la CE por el pueblo español.

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