Modificaciones y Suspensión del Contrato de Trabajo: Guía Completa
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Modificaciones del Contrato de Trabajo
Movilidad Funcional
Cuando se le asignan al trabajador funciones distintas.
Horizontal
Dentro del mismo grupo profesional. No tiene limitación de tiempo ni hace falta justificar la causa.
Vertical
Fuera del grupo profesional, debido a causas técnicas u organizativas y por el tiempo imprescindible.
Movilidad Geográfica
El trabajador se ve obligado a modificar su residencia habitual.
- Temporal: Desplazamiento.
- Larga duración: Traslado.
Traslado colectivo: Obliga al empresario a abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores y a notificarlo a la autoridad laboral.
Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo
Cuando hay causas debidamente probadas de tipo técnico, económico, organizativo o de producción, el empresario puede hacer modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que afecten a:
- La jornada
- El horario
- El trabajo a turnos
- La remuneración
- El sistema de trabajo y rendimiento
- Movilidad funcional extraordinaria
Si el trabajador se siente perjudicado por las modificaciones, la ley le concede el derecho a extinguir el contrato con una indemnización de 20 días/año trabajado hasta un máximo de 9 meses. La empresa comunica la modificación por escrito con 15 días de antelación.
Suspensión del Contrato de Trabajo e Impugnación del Despido
Suspensión del Contrato de Trabajo
Por mutuo acuerdo entre empresario y trabajador, o por motivos legales, el contrato puede quedar en suspenso y las partes quedan exentas de cumplir sus obligaciones básicas: trabajar (trabajador) y remunerar (empresario).
Impugnación del Despido
Cuando al trabajador al que se le notifica el despido no está de acuerdo, tiene 20 días hábiles para impugnarlo. Previamente, deberá tratar de llegar a un acuerdo con la empresa, presentando una papeleta de conciliación ante el SMAC.
Conciliación
Se suspende el plazo de 20 días para presentar demanda ante el Juzgado durante 15 días como máximo, donde la autoridad laboral citará a las partes para tratar de llegar a un acuerdo.
- Con acuerdo: El trabajador será readmitido o indemnizado.
- Sin acuerdo: Se da paso a la vía judicial.
Si no comparece el trabajador ni justifica su ausencia, se tendrá por no presentada la papeleta de conciliación y se archivarán las actuaciones. Pero si no comparece el empresario, el juez apreciará la existencia de mala fe.
Vía Judicial
Se inicia mediante demanda ante el Juzgado de lo Social, acompañada de la papeleta. En un plazo de 20 días hábiles.
Indemnización por Despido Improcedente
33 días/año trabajado con un límite de 24 meses.
El Finiquito
Documento con el que el empresario liquida todas las obligaciones pendientes de pago en el momento de finalizar la relación laboral con el trabajador.
Sindicatos y Representación de los Trabajadores
Sindicatos
Los sindicatos son organizaciones cuyo objetivo básico es la defensa de los derechos y la promoción de los intereses profesionales de sus afiliados y, en general, de todos los trabajadores.
Libertad Sindical
Es un derecho fundamental recogido en la Constitución española y desarrollado a través de la LOLS (Ley Orgánica de Libertad Sindical) de 1985.
La LOLS diferencia a los sindicatos según su representatividad. Son las elecciones sindicales las que confieren mayor o menor nivel de representatividad a cada sindicato para negociar las condiciones de trabajo y defender los intereses de los trabajadores.
Elecciones Sindicales
Las elecciones sindicales son promovidas por los sindicatos o por acuerdo mayoritario de los trabajadores. Los representantes de los trabajadores son elegidos por los trabajadores por un periodo de 4 años mediante sufragio directo, libre y secreto.
Representación Unitaria y Sindical
Representación unitaria: Los trabajadores, afiliados o no a un sindicato, tienen derecho a participar en la empresa mediante los delegados de personal y los comités de empresa.
Representación sindical: Los afiliados a un sindicato pueden asumir la representación por medio de los delegados y las secciones sindicales.
Comités de Empresa
En empresas con varios centros de trabajo en una misma provincia, con más de 50 trabajadores, se podrá crear un comité de empresa conjunto.
Cuando una empresa tenga varios centros de trabajo, cada uno con un comité de empresa propio, se podrá constituir un comité intercentros.
En las empresas que cuenten con centros de trabajo en varios Estados de la UE, podrá haber un comité de empresa europeo.
Liberados Sindicales
Los representantes deben compaginar su trabajo con las labores de representación, por ello se les otorga unas horas mensuales retribuidas. La acumulación de horas puede llegar a eximir a un trabajador de su jornada laboral, en tal caso hablamos de liberados sindicales.