Modelos Societarios en España: SL Nueva Empresa y Cooperativas
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Sociedad Limitada (SL) de Nueva Empresa
Modalidad de Sociedad Limitada (SL) que se puede crear a través de internet en un plazo de 48 horas.
Se trata de sociedades en las que los socios aceptan los estatutos “tipo” facilitados por el Ministerio de Justicia, así como una denominación especial (el nombre de uno de los socios + dígitos que se generan aleatoriamente).
Sociedades Cooperativas
Es una sociedad que tiene por objeto la realización de actividades empresariales encaminadas a satisfacer las necesidades de los socios, siendo su funcionamiento democrático y basado en el principio de “un socio, un voto”.
Diferencia Fundamental con Sociedades Capitalistas
La principal diferencia existente entre las cooperativas y las empresas estrictamente capitalistas radica en la finalidad que persiguen:
- Las sociedades anónimas o limitadas son empresas con ánimo de lucro.
- Las cooperativas son entidades sin ánimo de lucro, que no reparten beneficios entre sus socios. Se crean para mejorar las condiciones de vida de los socios, limitándose el reparto de beneficios a favor de la creación de reservas destinadas a desarrollar actividades sociales y educativas.
Clases de Cooperativas
Existen diversas tipologías de cooperativas según su objeto social:
Cooperativas de Trabajo Asociado
- Objetivo: Crear puestos de trabajo estables para los socios.
Cooperativas de Consumidores y Usuarios
- Objetivo: Conseguir bienes y servicios con la mejor relación calidad/precio.
Cooperativas de Viviendas
- Objetivo: Construir viviendas para los socios.
Cooperativas Agrarias
- Objetivo: Reducir costes en las explotaciones agrícolas, facilitar la comercialización de productos agrarios y acceder a subvenciones y ayudas a la agricultura.
Cooperativas de Enseñanza
- Objetivo: Gestionar un centro de enseñanzas donde los socios imparten clase.
Cooperativas del Mar y Transportistas
- Objetivo: Desarrollar actividades empresariales en los ámbitos donde trabajen los socios.
Otras
- Incluyen cooperativas sanitarias, de crédito, de seguros, etc.
Características Generales de las Cooperativas
Constitución y Denominación
- Constitución: Mediante escritura pública, inscrita en el Registro de Sociedades Cooperativas.
- Denominación: Debe incluir obligatoriamente las palabras “Sociedad Cooperativa” o la abreviatura “S.Coop”.
Órganos de Gobierno Cooperativo
La estructura de gobierno se organiza mediante los siguientes órganos:
- Asamblea General: Reunión de socios de la cooperativa en la que se adoptan los principales acuerdos.
- Consejo Rector: Órgano de gestión, gobierno y representación de la cooperativa, elegido por la Asamblea General.
- Interventores: Socios nombrados por el Consejo Rector para supervisar las cuentas de la cooperativa y velar por su seguridad financiera.
- Comité de Recursos: Órgano encargado de la resolución de conflictos internos.
Ventajas Fiscales de las Cooperativas
Las cooperativas gozan de un trato fiscal más favorable en comparación con otras formas societarias:
- Impuesto de Sociedades: Tipo reducido del 20%.
- Amortización: Libertad de amortización aplicable.
- IAE (Impuesto de Actividades Económicas): Bonificación del 95% aplicable a la cuota de posibles recargos (a partir de ventas por más de 1.000.000 €).
- IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles): Gravamen especial para bienes rústicos de las cooperativas agrarias.
- Impuestos de Transmisiones: Exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.