Modalidades de Contratación Laboral en España: Características y Condiciones
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Contrato de Formación y Aprendizaje
Dirigido a:
- Edad: Menores de 25 años.
- Excepciones: Hasta 30 años mientras la tasa de paro sea superior al 15%; personas con discapacidad; personas sin la titulación requerida para un contrato en prácticas; posibilidad de realizarlo si se ha trabajado más de 12 meses en otras modalidades.
Características:
- Duración: Mínimo 1 año (convenio colectivo puede fijar mínimo de 6 meses), máximo 3 años.
- Jornada: Tiempo de trabajo efectivo (compatible con la formación). Prohibidas las horas extraordinarias. Prohibidos los trabajos nocturnos y a turnos. Jornada completa (combinando trabajo y formación).
- Retribución: Mínimo el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Generalmente, 1er año: 75% del SMI; 2º y 3er año: 85% del SMI (según normativa o convenio).
- Beneficios: La empresa puede acceder a bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social. El trabajador tiene derecho a todas las prestaciones de la Seguridad Social.
Contrato por Obra o Servicio Determinado
Nota: Este tipo de contrato ha sido modificado significativamente por reformas laborales recientes, limitando su uso.
Objeto:
- Realizar una obra o servicio específico, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa.
Características:
- Duración: Máximo 3 años (ampliable a 4 por convenio colectivo). Si al finalizar el contrato el trabajador continúa prestando servicios, pasa a ser indefinido. Si dura más de 1 año, el empresario debe preavisar con 15 días de antelación a la finalización.
- Jornada: Completa o parcial.
- Observaciones: Al finalizar el contrato por expiración del tiempo convenido, corresponde una indemnización de 12 días de salario por año trabajado.
Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción
Causa:
- Atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.
Características:
- Duración: Máximo 6 meses dentro de un periodo de 12 meses. Por convenio colectivo sectorial, puede ampliarse hasta 12 meses en un periodo de 18 meses.
- Jornada: Completa o parcial.
Contrato de Interinidad (Sustitución)
Causa:
- Sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo (bajas, excedencias, etc.).
- Cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.
Características:
- Duración: El tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a reserva. En caso de cobertura de vacante, la duración máxima es de 3 meses (salvo procesos en administraciones públicas). Si el trabajador sustituido se reincorpora y el interino continúa trabajando, este adquiere la condición de indefinido.
- Observaciones: Generalmente, no da derecho a indemnización al finalizar (salvo pacto o normativa específica).
Contrato Primer Empleo Joven
Nota: Contrato con vigencia y aplicabilidad específicas, verificar normativa actual.
Requisitos:
- Menores de 30 años.
- Experiencia laboral previa inferior a 3 meses.
Características:
- Duración: Mínimo 3 meses, máximo 6 meses (ampliable a 1 año por convenio colectivo).
- Jornada: Completa o parcial, sin superar el 75% de la jornada completa de un trabajador comparable.
- Observaciones: Al finalizar, corresponde una indemnización de 12 días de salario por año trabajado.
Contrato en Prácticas (Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional)
Requisitos:
- Poseer un título universitario, de Formación Profesional (FP) de grado medio o superior, o un certificado de profesionalidad.
- Debe concertarse dentro de los 3 años siguientes a la finalización de los estudios (o 5 años si se concierta con una persona con discapacidad).
Características:
- Duración: Mínimo 6 meses, máximo 1 año (anteriormente 2 años, verificar normativa vigente).
- Jornada: Completa o parcial.
- Retribución: La fijada en el convenio colectivo para el puesto (sin que pueda ser inferior a la retribución mínima establecida para este contrato ni al SMI en proporción a la jornada). Anteriormente existían porcentajes mínimos (60% el 1er año, 75% el 2º año) sobre el salario de convenio, verificar condiciones actuales.
Contrato de Apoyo a Emprendedores
Nota: Este contrato indefinido con particularidades fue derogado por reformas laborales.
Requisitos Empresa:
- Menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación.
Características (cuando estaba vigente):
- Periodo de prueba: Duración de 1 año.
- Contrato indefinido desde el inicio.
- Bonificaciones/Incentivos: Para la contratación de colectivos como menores de 30 años, desempleados de larga duración, mayores de 45 años, mujeres en sectores con subrepresentación.
- Observaciones: Requisito de no haber realizado despidos objetivos o colectivos declarados improcedentes en los 6 meses anteriores a la contratación. Mantenimiento del empleo durante al menos 3 años para consolidar ciertos incentivos.
Contrato de Relevo
Causa:
- Vinculado a la jubilación parcial de un trabajador de la plantilla.
- El trabajador que accede a la jubilación parcial debe tener una antigüedad mínima en la empresa (generalmente 6 años).
Características:
- Duración del contrato del relevista: Indefinida o, como mínimo, igual al tiempo que le falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación ordinaria. Si es indefinido, debe mantenerse al menos 2 años tras la jubilación total del relevado.
- Jornada:
- Trabajador relevado: Reduce su jornada entre un 25% y un 50% (hasta un 75% si el relevista es contratado indefinido a jornada completa).
- Trabajador relevista: Jornada completa o parcial (al menos igual a la reducción del relevado).
- Bonificaciones: Posibles bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para la empresa.
- Observaciones: El trabajador relevista debe estar inscrito como desempleado en la oficina de empleo o tener un contrato de duración determinada con la empresa. Si el contrato del relevista es temporal, al finalizar corresponde indemnización de 12 días por año. Cuando el trabajador relevado se jubila totalmente, el puesto del relevista puede (bajo ciertas condiciones) convertirse en indefinido.
Contrato a Tiempo Parcial
Definición:
- Se concierta para prestar servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
- Debe formalizarse por escrito.
- Horas complementarias: Posibilidad de realizar horas adicionales si se pactan por escrito, respetando límites legales.
- Horas extraordinarias: Prohibidas (salvo supuestos de fuerza mayor).
Características:
- Duración: Puede ser indefinido o de duración determinada.
- Jornada: Parcial.
- Retribución: Proporcional a las horas trabajadas. Las horas complementarias se retribuyen como ordinarias.
- Observaciones: El trabajador puede renunciar al pacto de horas complementarias mediante un preaviso de 15 días, una vez cumplido un año desde su celebración, por motivos específicos.
Fomento de la Contratación Indefinida
Medidas y Colectivos:
- Se formaliza por escrito.
- Los convenios colectivos pueden establecer medidas específicas para el fomento de la estabilidad en el empleo.
- Existen bonificaciones e incentivos para la contratación indefinida (inicial o por conversión de temporales) de determinados colectivos, como:
- Víctimas de violencia de género.
- Víctimas del terrorismo.
- Personas en situación de exclusión social.
- Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
- La transformación de contratos temporales (formativos, de relevo, etc.) en indefinidos puede estar sujeta a bonificaciones para la empresa.