Métodos de Pago y Cobro: Efectivo, Domiciliación, Transferencias y Más

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Cobros y Pagos en Efectivo y Otros Métodos: Todo lo que Necesitas Saber

1. Cobros y Pagos en Efectivo

Según la normativa vigente, no podrán pagarse en efectivo las operaciones en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera.

2. Domiciliación Bancaria

La domiciliación bancaria es una forma cómoda y habitual de pagar recibos periódicos. Consiste en autorizar al banco para que cargue en cuenta los recibos a favor del beneficiario del servicio. Las entidades financieras no suelen aplicar comisiones al cliente por las domiciliaciones, pero sí al emisor de los recibos. Existen dos tipos principales:

  • Domiciliaciones de cargo: Son cargos en la cuenta del cliente. Se utilizan para pagar facturas y recibos periódicos (agua, luz, teléfono, impuestos, tasas, etc.).
  • Domiciliaciones de abono: Son ingresos en cuenta autorizados previamente por el cliente a empresas e instituciones (abono de nóminas, devolución de impuestos, cobro de alquileres).

3. Transferencia Bancaria

Una transferencia bancaria es una operación por la cual una persona o empresa (ordenante) da instrucciones a su banco para que envíe, con cargo a su cuenta, una cantidad de dinero a otra persona o empresa (beneficiario). Si la transferencia se realiza entre cuentas de la misma entidad, se denomina traspaso.

  • Transferencias nacionales: Tanto el ordenante como el receptor se encuentran en España. Solo se necesita el IBAN del beneficiario.
  • Transferencias exteriores: El ordenante y el beneficiario están en países diferentes. Si la transferencia es STP (Straight Through Processing), es decir, incluye todos los datos necesarios para su procesamiento automatizado, la comisión será menor. Para que sea STP, se requiere el IBAN del beneficiario y el BIC (Bank Identifier Code) del banco del beneficiario.

4. Justificantes de Cobro y Pago: El Recibo

El recibo es un documento que respalda la recepción de efectivo o cheques, ya sea por ventas al contado, cobros a clientes u otros deudores. Lo firma el cajero o la persona que recibe el pago.

Preguntas Frecuentes sobre Medios de Pago

A continuación, se presentan algunas preguntas y respuestas clave sobre los servicios de pago:

  • Nueva ley de Servicios de Pago: Las comisiones suelen ser compartidas entre ordenante y beneficiario.
  • Plataforma STP: Requiere el IBAN del beneficiario y el BIC del banco del beneficiario.
  • Cheque cruzado: No se puede cobrar directamente en efectivo; el tenedor debe ingresarlo en una cuenta bancaria.
  • Pago con tarjeta de débito: El cargo se produce de forma automática e inmediata en la cuenta del titular.
  • Endoso del cheque: Debe escribirse en el reverso del cheque y ser firmado por el endosante.
  • Tarjeta de crédito (elementos obligatorios): Nombre del titular, número de tarjeta, fecha de caducidad y CVV.
  • Firma del recibo: Lo firma el cajero que realiza el cobro.
  • Librador de un cheque: Es la persona o entidad que emite y firma el cheque.
  • Cheques nominativos "a la orden": El beneficiario es la persona cuyo nombre figura en el cheque, y este puede ser endosado.
  • Domiciliaciones de abono: Sirven para cobrar nóminas, devoluciones de impuestos, etc.
  • Límite de pago en efectivo: 2.500 euros para operaciones entre empresarios o profesionales.
  • Cheque (letra vs. número): Si la cantidad escrita en letra y número no coinciden, prevalece la escrita en letra.
  • Medios de pago en efectivo: Billetes y monedas.
  • Orden de domiciliación (datos): Datos identificativos de la compañía emisora y del titular de la cuenta.

Cálculo de Intereses y Líquido Total

  • Interés: Se calcula como (Capital * Tipo de Interés) + (Comisión Fija * Días o Meses) / (Base de Tiempo: 360, 365 o 12). Ejemplo: Si el interés es del 3% y se añade una comisión fija del 2%, el interés total sería del 5%.
  • Líquido Total (en caso de reclamación): Se calcula sumando el nominal + intereses + gastos + daños y perjuicios.

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