Métodos de Interpretación Jurídica: Sistemática e Histórica
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Criterios de la Interpretación Sistemática
La interpretación sistemática implica situar el texto concreto que se interpreta en su co-texto y tenerlo en cuenta para comprender dicho texto concreto. La ley pertenece a un conjunto normativo (p. ej., civil) y forma parte de un ordenamiento jurídico. Este avance en círculos, cada vez más amplios, es característico de la interpretación sistemática.
Primero, se avanza desde el texto concreto a los diversos co-textos a los que pertenece, hasta llegar al texto ordinamental completo. Después, desde este último, se realiza la operación contraria de retroceso para volver al texto concreto del artículo en cuestión.
El grado de desorden depende de la calidad de las leyes y de los demás textos potencialmente normativos. Es un hecho que los textos legales no siempre presentan un alto grado de perfección técnica. Algo más sutil sucede con la tesis de que el ordenamiento es un sistema presidido por la lógica. ¿Se puede aplicar la lógica? Es una consecuencia del denominado positivismo legal.
¿Cuáles son sus criterios?
- Algunos provienen de la estructura formal que todo ordenamiento presupone.
- Otros serán de índole jurídico-positiva.
El criterio fundamental es el de jerarquía. Las autoridades distribuidoras de competencias matizan la idea de jerarquía. Otra forma de decir lo mismo es afirmar que el orden jerárquico de las fuentes del derecho conforma el marco dentro del cual ha de llevarse a efecto la interpretación sistemática.
De este principio deriva el modo de proceder básico de la interpretación sistemática, es decir, se debe interpretar teniendo en cuenta los textos superiores (neoconstitucionalismo).
Interpretación Histórica
Es el tercer canon (otro término: antecedentes históricos y legislativos), formulado en el artículo 3.1 del Código Civil. Es necesario entender el presente de las normas. Las instituciones jurídicas y las normas que las conforman tienen un origen y evolución en el que se dan sucesivas transformaciones hasta llegar a nuestros días.
La historia del derecho puede ser investigada y estudiada desde tres puntos de vista:
- Internalista: Consiste en investigar la evolución de las instituciones jurídicas y de los textos jurídicos que organizan dichas instituciones y regulan las acciones que tienen lugar en ellas, fijándose solo en dichos textos.
- Externalista: Enfoca su atención en las condiciones socio-económicas del desarrollo institucional. La corriente modélica fue el marxismo, que concibe el derecho como una variable en función de la infraestructura económica.
- Historia total: Tendría en cuenta todos los factores de la evolución a lo largo del tiempo, sin adoptar una perspectiva determinada, sino conjugando el conjunto de los aspectos de la realidad histórica.
Aunque todo está en la historia y es una realidad total, esta es la cuestión. La historia del derecho como método interpretativo del derecho vigente tiene que ser, ante todo, internalista, que se fije en la evolución de los textos jurídicos y los debates.