Metodología, Fundamentos y Procedimientos del Juicio de Amparo en México
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Metodología para Elaborar una Demanda de Amparo
Al elaborar una demanda de Amparo, es crucial seguir una metodología precisa:
- Análisis de la Violación de Derechos Humanos: Examinar y determinar qué artículo(s) de la parte dogmática de la Constitución Mexicana fueron violados como Derechos Humanos por la autoridad o, en su caso, por particulares.
- Verificación de los Principios del Amparo: Asegurar que el cliente (quejoso) cumpla con todos los principios rectores del Amparo, según el artículo 107 Constitucional.
- Causales de Improcedencia y Sobreseimiento: Revisar que el cliente no incurra en ninguna de las causales de improcedencia o sobreseimiento establecidas en la Ley de Amparo (artículo 61).
Fundamentos Legales del Juicio de Amparo
El Juicio de Amparo se fundamenta en los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Reformas a los Artículos 103 y 107 Constitucional
Estos artículos fueron reformados en octubre de 2011. Desde entonces, el Amparo procede contra actos que violen Derechos Humanos.
Reforma a la Ley de Amparo
La Ley de Amparo fue reformada en abril de 2013.
Partes que Intervienen en el Juicio de Amparo
- Quejoso: Persona física o moral titular de la acción de Amparo.
- Autoridad Responsable o Particular: Contra quien se promueve el Amparo.
- Tercero Interesado: Aquel que tiene un derecho contrario al quejoso.
- Ministerio Público Federal: Adscrito al Poder Judicial, verifica que el trámite no afecte los intereses de la sociedad.
Tipos de Amparo
Amparo Indirecto
Se tramita ante los Juzgados de Distrito. Busca obtener la suspensión provisional o definitiva. Con las reformas, se añadió la suspensión plena o de oficio, concedida por el Juez.
Procede contra:
- Actos que violen la Constitución antes del Juicio.
- Actos durante el Juicio.
- Actos fuera de Juicio.
También conocido como "Biestancial", consta de dos instancias:
- Primera Instancia: Juez de Distrito.
- Segunda Instancia: Tribunales Colegiados.
Amparo Directo
Se tramita ante un Tribunal Colegiado. Procede contra sentencias o resoluciones que ponen fin a un juicio. Es "Uniestancial", con una sola instancia ante los Tribunales Colegiados.
Reglas sobre Personalidad y Firma en el Amparo
- Si el quejoso es una persona física, debe firmar la demanda personalmente.
- Si el Amparo es presentado por una persona moral, debe adjuntarse el poder certificado que acredite al representante legal, quien firmará.
- En materia penal, si el imputado no firma, puede hacerlo su representante legal.
- Un menor de edad puede firmar la demanda de Amparo sin necesidad de sus padres.
- En caso de incomunicación, pueden firmar en representación del quejoso su abogado, esposa, padres, etc. El actuario debe dar fe.
- La falta de firma invalida la demanda, ya que no se establece la voluntad del promovente.
- La demanda puede ser desechada si falta la firma o huella dactilar del quejoso.
Clasificación de los Juzgados Competentes en Materia de Amparo
Juzgados de Distrito en Materia Civil y Laboral
Conocen sobre:
- Derecho Civil
- Derecho Familiar
- Derecho Mercantil
Juzgados de Distrito en Materia Penal
Juzgados de Distrito en Materia Administrativa
Conocen sobre:
- Derecho Administrativo
- Derecho Fiscal
- Derecho Agrario
Principios Rectores del Juicio de Amparo
A) Instancia de Parte
Fundamentado en el artículo 107, fracción I de la Constitución. El juicio de Amparo no es oficioso; requiere la elaboración de la demanda, la firma del quejoso y su presentación ante la autoridad jurisdiccional.