Medios de Pago en España: Cheques, Transferencias, Letras de Cambio y Más
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Medios de Pago: Definiciones y Funcionamiento
Cheque
Documento mediante el cual la persona que lo expide (librador) da la orden al banco (librado) de que pague el cheque a una tercera persona (tomador). También pueden intervenir el avalista (garantiza el pago) y el endosatario (recibe el cheque mediante endoso y pasa a ser tomador).
Clases de Cheques
- Al portador: No se designa a una persona específica.
- Nominativo: A nombre de una persona o entidad específica.
- Cruzado: Solo puede ser cobrado a través de una entidad bancaria.
- Para abonar en cuenta: Debe ser depositado en una cuenta bancaria.
- Conformado: El banco garantiza que existen fondos suficientes.
- Bancario (nominativo): El banco retira el importe de la cuenta del librador. El banco cobra comisión.
- De ventanilla: Se cobra directamente en la ventanilla del banco.
Endoso del Cheque
El transmitente es el nuevo endosante, y el receptor el endosatario. Se confecciona en el reverso del cheque.
Plazo de Pago y Prescripción del Cheque
El cheque es un documento pagadero a la vista. El plazo para presentarlo al cobro es de 15 días en España. La acción de cobro prescribe a los 6 meses.
Impago del Cheque
En caso de impago, se puede realizar un protesto notarial.
Transferencia Bancaria
Traspaso de dinero entre dos cuentas. Intervienen un ordenante (el que transfiere) y un beneficiario (quien recibe la transferencia).
Otros Medios de Pago al Contado
- Giro postal: Envío de dinero por correo.
- Abono en cuenta: Ingreso en efectivo en una cuenta bancaria.
- Tarjetas de crédito: Pagos con cargo a una línea de crédito bancario, que se pagan mensual o anualmente.
- Tarjeta de débito: Pago al contado, con necesidad de dinero suficiente en la cuenta.
Recibo
Documento que emite el que ha cobrado, justificando el pago.
Letra de Cambio
Utilizada en operaciones a crédito, permitiendo aplazar el pago. Es expedida por el librador, que ordena al librado el pago al tomador. También influyen el endosante (posee una letra y la transmite a otra persona), el endosatario (recibe la letra mediante endoso) y el avalista (garantiza el pago). La letra también es un instrumento de crédito, ya que el comprador puede ir pagando cuando llegue el vencimiento.
Pagaré
Compromiso escrito por el que una persona (firmante) se compromete a pagar a un beneficiario un importe determinado en un lugar y vencimiento pactados. Intervienen el firmante (el que paga), el avalista (garantiza el pago), el tenedor (exigidor del pago), el endosante (beneficiario original que puede transmitir el pagaré) y el endosatario (el que recibe el pagaré mediante endoso).
Requisitos del Pagaré
- Redactado en el mismo idioma.
- Promesa de pagar en una moneda, con posibilidad de conversión.
- Lugar de pago.
- Nombre de quien se hace cargo del pago.
- Fecha y lugar donde se firme.
- Firma del que emite el título.
- Indicación del vencimiento.
Recibo Bancario
Permite a las empresas el cobro a los clientes mediante domiciliación en una cuenta. Son cedidos a las entidades financieras para que estas los hagan llegar a la cuenta especificada, cargando en ellas un importe.
Costes del Recibo Bancario
Dependen del modo de emisión. Las entidades cobran dos tipos de comisiones:
- Por recibo: Porcentaje sobre el nominal, con un mínimo por recibo.
- De devolución: Porcentaje sobre el importe del recibo, con un mínimo. Se devenga cuando el cliente devuelve el recibo presentado.