Medidas Cautelares Personales: Restricción de Libertad y Derechos en el Proceso Penal

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Medidas Cautelares Personales en el Proceso Penal

Las medidas cautelares personales tienen como finalidad primordial asegurar el objeto del proceso penal, que no es otra cosa que hacer efectiva la responsabilidad criminal del delincuente. Para el éxito y la eficacia del proceso, es indispensable que el imputado se encuentre en todo momento disponible o a disposición de las autoridades judiciales, prestando las declaraciones que sean requeridas y asegurando su presencia para evitar la fuga.

La razón de fondo para la existencia de estas medidas es que el imputado debe estar permanentemente a disposición de las autoridades del proceso. Es en virtud de esta necesidad que existen las medidas cautelares personales, las cuales restringen o limitan directamente la libertad personal, un derecho garantizado por la Constitución Política de la República (CPR) y los Tratados Internacionales ratificados por Chile.

En consecuencia, la aplicación de todas las medidas cautelares debe ser restringida y limitada. En caso de que no se observen los requisitos o el procedimiento establecido para decretar alguna medida cautelar, se podría interponer un recurso de Amparo.

Características de las Medidas Cautelares Personales

  • Son limitadas en cuanto a su procedencia: Solo podrán ser impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar el objeto y los fines del proceso penal. Si los fines del proceso pueden garantizarse a través de otras formas, debe desecharse la decretación de alguna medida cautelar personal. Los fines del proceso penal son hacer efectiva la responsabilidad criminal, y para lograr esa finalidad, se requiere que el imputado se encuentre siempre a disposición de las autoridades para prestar declaración y evitar la fuga.
  • Son esencialmente temporales: Solo podrán durar el tiempo estrictamente necesario, el menor tiempo posible, mientras subsista la necesidad de aplicación de esa medida cautelar personal.
  • Son sustituibles: El juez, de oficio, puede cambiarlas por otras medidas menos rigurosas que no afecten la libertad personal.
  • Requieren de resolución fundada: Si no existe una resolución fundada, la sanción es la nulidad. En algunos casos, la falta de fundamentación puede dar lugar a un recurso de Amparo.

Derechos y Garantías de Todo Imputado

A toda persona a la que se le atribuya alguna participación en calidad de autor, cómplice o encubridor de algún hecho, siempre tiene derecho a hacer valer, hasta la terminación del proceso, los derechos y garantías que la ley le confiere en su defensa. En su favor, existe la presunción de inocencia.

Además, todo imputado tiene los siguientes derechos:

  • Ser informado de forma específica y clara respecto de los hechos que se le imputan y cuáles son los derechos que le confiere la Constitución y las leyes.
  • Ser asistido por un abogado.
  • Solicitar al fiscal la realización de todas las diligencias tendientes a desvirtuar las imputaciones que se le están formulando.
  • Prestar declaración con o sin la presencia de su defensor ante el juez de garantía.
  • Pedir que se active la investigación.

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