Marco de Obligaciones en Prevención de Riesgos Laborales para Empresas

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Obligaciones de Gestión Preventiva

La primera obligación es la llamada integración de la actividad preventiva, que es la necesidad de que el empresario tenga en cuenta la prevención de riesgos laborales de forma transversal en la empresa, es decir, integrándola en todas las decisiones de gestión empresarial.

El primer documento en la integración preventiva es el plan de prevención de riesgos laborales, un documento escrito. El contenido mínimo del plan de prevención debe ser:

Contenido Mínimo del Plan de Prevención

  • Se debe identificar la empresa, su actividad productiva, los centros de trabajo, la distribución de dichos centros y el número de trabajadores.
  • Identificar la estructura organizativa de la empresa, indicando las funciones y responsabilidades que asume cada uno.
  • La organización de la producción de la empresa, es decir, los procesos productivos y las técnicas que generen riesgos para los trabajadores.
  • Indicar cuál es la política, los objetivos y las metas del plan, es decir, qué se pretende obtener con ese plan de prevención.

El plan de prevención es un documento muy importante, pero es necesario que se complete con otros documentos más específicos como la evaluación de riesgos laborales o la planificación de la actividad preventiva.

La Evaluación de Riesgos Laborales

Proceso dirigido a valorar la magnitud de los riesgos que no han podido ser previamente eliminados. Hay varios tipos de evaluaciones en función del momento en que deba ser realizada: la evaluación inicial de los riesgos y las evaluaciones periódicas. Todas deben tener un contenido mínimo:

Contenido Mínimo de la Evaluación de Riesgos

  • Debe tener un contenido general, abarcando la totalidad de los puestos de trabajo de la empresa.
  • Deberá contener una referencia expresa a las distintas condiciones de trabajo.
  • Debe contener los métodos de utilización de dichos agentes.

Al tratarse de una obligación dinámica, se debe actualizar cuando:

Actualización de la Evaluación de Riesgos

  • Se introduzcan tecnologías en la empresa.
  • Se introduzcan cambios organizativos relevantes en la empresa.
  • Haya cambios en trabajadores que ocupan distintos puestos de trabajo.
  • Se produzca la incorporación de trabajadores sensibles.
  • Haya daños para la seguridad y salud de los trabajadores.
  • Haya indicios de que las medidas preventivas puedan resultar insuficientes.
  • Cuando así se prevea.
  • Cuando esté acordado entre empresario y representantes.

Sea como sea, inicial o periódica, deberá ser realizada por el técnico competente que podrá ser interno o externo.

La Planificación de la Actividad Preventiva

Una vez identificados los riesgos y evaluada su peligrosidad, deberán adoptarse todas las medidas tendentes a eliminar o reducir dichos riesgos. El elemento clave de la planificación es establecer prioridades en la adopción de las medidas correctoras, dando prioridad a las medidas que combatan los riesgos más importantes y que afecten a un mayor número de personas. El contenido mínimo de esta planificación:

Contenido Mínimo de la Planificación

  • Se deben identificar cuáles son los medios humanos y materiales necesarios y los recursos económicos para llevar a cabo las medidas de planificación.
  • Deberá contener la designación de las personas responsables para ejecutar medidas de emergencia.
  • Debe contener la forma en la que se va a llevar a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores.
  • Incluirá la metodología de cómo se van a coordinar estas obligaciones preventivas.

Deberes de Información y Formación en la Empresa

Existe la obligación empresarial de informar a sus trabajadores sobre los riesgos del puesto de trabajo, pero no se determina ni el contenido ni el alcance de ese deber de información. Se lleva a cabo de dos formas:

Formas de Información

  • A partir de lo que diga el Convenio Colectivo de aplicación.
  • A partir de la normativa técnica de los riesgos presentes en una empresa.

La formación preventiva tiene que ser teórica y práctica, específica en materia de PRL, y debe estar centrada en el puesto de trabajo que ocupa el trabajador. Su duración debe ser proporcional al nivel de los riesgos y a la complejidad de los mismos. La formación debe ser impartida por el empresario o por medios ajenos al empresario, sin coste alguno.

Se renovará cuando se renueven las evaluaciones de riesgo. Se imparte en el centro de trabajo dentro del horario laboral, y si se hace fuera del horario, ese tiempo será compensado.

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