Marco Normativo de Seguridad y Salud en el Trabajo: Reglamento Interno y Ley 16.744

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Reglamento Interno de Higiene y Seguridad: Aspectos Clave del Orden Empresarial

Este Reglamento, además de contener lo especificado para el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, deberá incorporar, al menos, entre otras materias, los siguientes aspectos relacionados con el orden interno de la empresa (artículo 154º):

  • a) Las horas de inicio y término del trabajo.
  • b) Los descansos.
  • c) De las remuneraciones.
  • d) Normas especiales pertinentes a clases de faenas, de acuerdo a la edad y sexo de los trabajadores.
  • e) Forma de comprobación del cumplimiento de las leyes de previsión, Servicio Militar, Cédula de Identidad, y obligación de escolaridad (para menores).
  • f) Procedimientos sobre acoso sexual.
  • g) Mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono.
  • h) Regulación de la Ley del Tabaco.
  • i) Permiso paternal (4 días).
  • j) Peso máximo de carga humana.

Disposiciones Legales Relevantes

Artículo 21°: Obligación de Informar Riesgos

Los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas de prevención y de los métodos de trabajo correctos.

Artículo 24°: De las Infracciones

  • Recargos CAD (DS 67).
  • Organismo Administrador: Derecho a repetir por las prestaciones.
  • Víctima y afectados pueden reclamar al empleador indemnizaciones por daños y perjuicios, incluyendo el daño moral.

Artículo 22: Mantenimiento de Equipos de Seguridad

Los empleadores deberán mantener los equipos y dispositivos técnicamente necesarios para reducir a niveles mínimos los riesgos que puedan presentarse en los sitios de trabajo.

Ley 16.744: Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales

Se declara obligatorio el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Personas Protegidas y Obligatoriedad

  • Trabajadores por cuenta ajena (dependientes).
  • Trabajadores Independientes.
  • Funcionarios Públicos.
  • Estudiantes.

Contingencias Cubiertas

  • Accidente de Trabajo.
  • Accidente de Trayecto.
  • Accidentes por fuerza mayor o extraña.
  • Enfermedad Profesional (DS 594).

Administración

  • Mutualidades Sin Fines de Lucro.

Fiscalizaciones

  • Superintendencia de Seguridad Social.

Cotización y Financiamiento

  • Cotización Básica General (0,90 %).
  • Cotización Adicional Diferenciada (3,4 %).
  • Inversiones.
  • Cantidades por impago de cotizaciones (Art. 56 y 59).

Reducción de la Tasa de Cotización Adicional

  • Condiciones de Seguridad Óptimas.
  • Condiciones de Seguridad Deplorables.

Rebajas y Recargos de la Cotización Adicional Diferenciada

Mediante la medición estadística de los riesgos efectivos existentes dentro de una empresa.

  • Empresa Nueva (3,4 %).
  • Empresa Perdurable en el Tiempo.

Prestaciones

Entidad Empleadora

Toda empresa, institución u organismo que proporcione trabajo mediante un contrato.

Trabajador

Toda persona, empleado u obrero que preste servicio a una empresa.

Clasificación de Accidentes Laborales

Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se clasifican según las siguientes categorías:

  • Que producen Incapacidad Temporal.
  • Que producen Invalidez Parcial.
  • Que producen Invalidez Total.
  • Que producen la Muerte.

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