Marco Normativo y Principios de Actuación de las Fuerzas de Seguridad
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1. Principios básicos de actuación (Art. 5)
- Adecuación al ordenamiento jurídico: Respeto a la Constitución Española (CE), imparcialidad, neutralidad, integridad, dignidad, principios de jerarquía, subordinación y colaboración con la justicia.
- Relaciones con la comunidad: Impedir abusos o discriminaciones, trato correcto y cuidadoso con los ciudadanos, actuar con la decisión necesaria para evitar daños y uso de armas solo en caso de riesgo grave para la vida.
- Tratamiento de las personas detenidas: Deber de identificarse al detener, velar por la vida e integridad del detenido y cumplir con trámites, plazos y demás requisitos legales.
- Dedicación profesional: Deber de intervenir siempre en defensa de la ley y la ciudadanía.
- Secretos profesionales.
- Responsabilidad.
2. Disposiciones estatutarias comunes
Formación y derechos
Los poderes públicos promoverán las condiciones más favorables para una adecuada promoción profesional, social y humana, de acuerdo con los principios de: objetividad, igualdad de oportunidades, mérito y capacidad.
Agentes de autoridad (Art. 7)
- A efectos legales, son agentes de la autoridad.
- Tras atentado con armas de fuego, explosivos o análogos de peligrosidad, a efectos de protección penal se considerarán autoridad.
- La Guardia Civil será fuerza armada en misiones militares.
3. De los Policías Locales
Cuerpos de Policía Local (Art. 51)
- Se podrán crear cuerpos de policía local en los municipios de acuerdo a la ley.
- Si no hay CPL, los cometidos serán para quien vigile y custodie bienes y servicios.
- Actuación limitada al municipio, salvo emergencias previo requerimiento de la autoridad.
Definición: Es un instituto armado de naturaleza civil, jerarquizado bajo la jefatura superior y dependencia directa del alcalde. Los miembros son agentes de la autoridad.
Funciones (Art. 53)
- Proteger a las autoridades.
- Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico.
- Prestar auxilio en casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando en la ejecución de planes de protección civil.
- Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Cooperar en la resolución de los conflictos privados.