Marco Normativo de la Planificación Territorial y Urbanística en la Comunidad Valenciana
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Planes de Acción Territorial (PAT)
Los Planes de Acción Territorial (PAT) desarrollan, en ámbitos territoriales concretos o en el marco de sectores específicos, tanto los objetivos como los criterios de la LOTPP y también la Estrategia Territorial de la C. Valenciana.
Ámbito Territorial
Siempre supramunicipal, puede afectar a una comarca, a toda la Comunidad o a parte de ella.
Tipos de PAT
- De carácter sectorial.
- De carácter integrado.
Se distinguen según se centren en uno o varios sectores de la acción pública.
Clases de PAT
- Paisaje.
- Contra el riesgo sísmico.
- Litoral.
- Aprovechamientos minerales y energéticos.
- Protección de la calidad de los recursos hídricos.
- Sistema rural valenciano.
- Protección de la huerta.
El Plan General (PG)
El Plan General (PG) es el único instrumento de ordenación de un término municipal. Define el modelo de evolución urbana y su ordenación urbanística estructural para términos municipales completos, desarrollando pormenorizadamente todo, o parte, del suelo clasificado como urbano.
Determinaciones del Planeamiento (Contenido)
El contenido del PG se divide en dos grandes grupos:
- A: Determinaciones de ordenación estructural.
- B: Determinaciones de la ordenación pormenorizada.
Determinaciones de Ordenación Estructural
- Directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y ocupación del territorio.
- Clasificación del suelo.
- División del territorio en zonas de ordenación urbanística.
- Ordenación del suelo no urbanizable.
- Red primaria de reservas de suelo dotacional público y equipamientos.
- Tratamiento de los bienes de dominio público no municipal.
- Ordenación de los centros cívicos y actividades que generan tránsito intenso.
- Expresión de los objetivos, directrices y criterios de redacción de los instrumentos de desarrollo del PG, delimitando sectores.
- Fijación del porcentaje mínimo de VPO (Vivienda de Protección Oficial) para sectores de suelo urbanizable residencial.
Clasificación del Suelo (Según la LUV)
Suelo Urbano
Se clasifica como Suelo Urbano:
- Los solares.
- Las manzanas o unidades urbanas equivalentes que, sin tener la condición de solar, cuenten con casi todos los servicios de urbanización, siempre que se encuentren integradas en la malla urbana.
- Las manzanas o unidades urbanas equivalentes que tengan edificación en más de la mitad de su superficie.
Suelo Urbanizable
El PG clasificará como tal los terrenos que pretenda incorporar al proceso de urbanización. Supone la mera aptitud de los mismos para su urbanización, previa programación.
Suelo No Urbanizable
Así clasificado conforme a la LSNU (Ley de Suelo No Urbanizable). Son los terrenos que deben ser preservados permanentemente del proceso urbanizador.
Determinaciones de Ordenación Pormenorizada
La ordenación pormenorizada viene establecida en el Suelo Urbano (SU) por los PG, PRI o ED, y en el Suelo Urbanizable (SUZ) por el PP.
- Delimitación de las unidades de ejecución (superficies acotadas de terrenos que delimitan el ámbito completo de una actuación integrada o de una de sus fases, se incluirán los suelos dotacionales y parcelas edificables).
- Establecimiento de la red secundaria de reservas de suelo dotacional público: zonas verdes, equipamientos, red viaria, aparcamientos, y áreas peatonales.
- Usos y tipologías edificatorias.
- Alineaciones que delimitan el espacio público del privado.
- Parcelación de los terrenos.
Documentos del Plan General (PG)
Documentos sin Eficacia Normativa
- Memoria informativa.
- Planos de ordenación.
- Memoria justificativa.
Documentos con Eficacia Normativa
- Directrices estratégicas de evolución urbana y ocupación del territorio.
- Normas Urbanísticas (fichas de planeamiento).
- Planos de ordenación.
- Catálogos de bienes y espacios protegidos.
Otros Instrumentos de Desarrollo
Plan Parcial (PP)
Concepto
Instrumento de ordenación que define la ordenación pormenorizada del suelo urbanizable en base a los criterios y directrices establecidos a tal efecto en el PG en las fichas de planeamiento.
Ámbito Territorial
Ordenará uno o varios sectores completos de suelo urbanizable.
Contenido
Las determinaciones de la ordenación pormenorizada del sector o sectores.
Estándares
Reservas de suelo en sectores sociales.
Plan de Reforma Interior (PRI)
Características
Se trata de planeamiento diferido.
Ámbito Territorial
Un sector del suelo urbano.
Contenido
Determinaciones de la ordenación pormenorizada del sector.
Plan Especial (PE)
Concepto
Instrumento de ordenación que completa, desarrolla, mejora o modifica el PG y el PP.
Características
- Planes monográficos.
- Elaborados y promovidos por la Administración Pública.