Marco Legal y Problemática de la Gestión de Residuos

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Objeto

Esta ley tiene por objeto prevenir la producción de residuos, establecer el régimen jurídico de su producción y gestión, y fomentar por este orden, su reducción, su reutilización, reciclado y otras formas de valorización, así como regular los suelos contaminados, con la finalidad de proteger el medio ambiente y la salud de las personas. El gobierno podrá establecer normas para los diferentes tipos de residuos, en las que se fijarán disposiciones particulares relativas a su producción o gestión.

Ámbito de Aplicación

Esta ley es de aplicación a todo tipo de residuos, con las siguientes conclusiones:

  • Las emisiones a la atmósfera
  • Los residuos radioactivos regulados por la Ley de Energía Nuclear.
  • Los vertidos de efluentes líquidos a las aguas continentales regulados por la Ley de Aguas.
  • Los vertidos desde tierra al mar regulados por la Ley de Costas, y los vertidos desde buques y aeronaves al mar regulados por los tratados internacionales de los que España sea parte.

La presente ley será de aplicación supletoria a las materias que se enuncian a continuación en aquellos aspectos regulados expresamente en su normativa específica:

  • La gestión de los residuos resultantes de la prospección, extracción, valorización, eliminación y almacenamiento de recursos minerales, así como de la explotación de canteras, en lo regulado en la Ley de Minas.
  • La eliminación y transformación de animales muertos y desperdicios de origen animal.
  • Los residuos producidos en las explotaciones agrícolas y ganaderas.
  • Los explosivos, cartuchería y artificios pirotécnicos desclasificados, así como residuos de materias primas más peligrosas o de productos explosivos utilizados en la fabricación de los anteriores.
  • Las tierras separadas en las industrias agroalimentarias en sus fases de recepción y de la limpieza primaria.

Producción de residuos

Queda sometida a autorización administrativa del órgano competente en materia medioambiental de la C.C.A.A. la instalación, ampliación y modificación sustancial o traslado de las industrias o actividades productoras de residuos peligrosos.

Estas autorizaciones se concederán por un tiempo determinado, pasado el cual podrán ser renovadas por periodos sucesivos.

Estas autorizaciones determinarán la cantidad máxima por unidad de producción y características de los residuos que se pueden generar. Para lo que se tomarán en consideración, entre otros criterios, la utilización de tecnologías menos contaminantes, en condiciones económica y técnicamente viables, así como las características técnicas de la instalación de que se trate. Entre los criterios que se utilicen para decidir estas tecnologías menos contaminantes se dará prioridad al principio de prevención en materia de residuos.

Las autorizaciones podrán ser denegadas en aquellos casos en los que no estén suficientemente acreditadas las operaciones a realizar con los residuos. O cuando la gestión prevista para los mismos no se ajuste a lo dispuesto en los planes nacionales o autonómicos de residuos.

Posesión de Residuos

Los poseedores de residuos estarán obligados, siempre que no procedan a gestionarlos por sí mismos, a entregarlos a un gestor de residuos, para su valorización o eliminación. O a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración que comprenda estas operaciones. En todo caso, el poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad.

Todo residuo potencialmente reciclable o valorizable deberá ser destinado a estos fines, evitando su eliminación en todos los casos posibles. El poseedor de residuos estará obligado a sufragar sus correspondientes costes de gestión.

Gestión de Residuos

Las operaciones de gestión de residuos se llevarán a cabo sin poner en peligro para la salud humana y sin utilizar procedimientos ni métodos que puedan perjudicar al medio ambiente. Y, en particular, sin crear peligros para el agua, el aire o el suelo, ni para la forma o flora, sin provocar incomodidades por el ruido o por los olores y sin atentar contra los paisajes y lugares de especial interés.

Queda prohibido el abandono, vertido o eliminación incontrolada de residuos en todo el territorio nacional y toda mezcla o dilución de residuos que dificulte su gestión.

Las C.C.A.A. podrán declarar servicio público, de titularidad autonómica o local, todas o algunas de las operaciones de gestión de determinados residuos. Se declara de utilidad pública e interés social, a efectos de la legislación de expropiación forzosa, el establecimiento o ampliación de instalaciones de almacenamiento, valorización y eliminación de residuos.

Los Residuos Sólidos urbanos y su problemática

El problema de los residuos

Desde sus inicios la especie humana ha explotado los diversos recursos que la naturaleza ha puesto a su alcance. En un largo periodo que se extiende desde los orígenes hasta el Neolítico, hace unos 8000 años, el hombre vivió como cazador – recolector agrupado en pequeños grupos haciendo un uso muy extensivo de su medio. La huella que sus actividades dejaron en la naturaleza fue muy superficial.

Posteriormente el abono de la vida nómada dio origen a la agricultura y a la domesticación de las primeras de las primeras especies animales y vegetales. Su relación con el medio natural cambió radicalmente. El hombre descubrió que podía modificar su entorno en provecho propio y alcanzar unas cotas de bienestar desconocidas hasta entonces.

A partir de este momento, se roturaron grandes superficies para crear campos de cultivo, y con la explosión económica y demográfica que el desarrollo de la agricultura llevó aparejada se pusieron las bases para la urbanización y la creación de las primeras sociedades organizadas.

Desde entonces se experimentan grandes avances, pero durante un larguísimo período de tecnología disponible hizo imposible una explotación intensiva de los recursos de la naturaleza. En consecuencia su impacto sobre el medio natural fue muy limitado.

En este periodo el problema de los residuos era prácticamente desconocido porque las actividades humana estaban integradas en los ciclos naturales, y los subproductos de la actividad humana eran absorbidos sin problemas por los ecosistemas naturales. No obstante, ya se plantearon problemas cuando la falta de planificación en la recogida de los residuos en los incipientes núcleos urbanos fue causa de plagas y epidemias que tuvieron un gran impacto en la población.

A finales del Siglo XVIII cuando se inicia la Revolución Industrial, gracias al desarrollo de la ciencia y la técnica, surgen nuevas actividades industriales y se desarrolla el comercio. En este momento se produce una auténtica explosión demográfica y económica que se manifiesta en el imparable desarrollo de la urbanización. En esta época se empiezan a arbitrar las primeras medidas con vistas a tratar técnicamente el incipiente problema de los residuos. Estos residuos se generarán ahora a tal ritmo y son de tal naturaleza, como resultado de los nuevos procesos productivos, que ya no pueden asimilarse por los ciclos naturales como hasta entonces.

Pero es a partir del Siglo XX y especialmente de su segundo tercio con la explosión de la economía basada en el consumo, la cultura del usar y tirar, y los extraordinarios avances técnicos experimentados, a partir de este momento es cuando el problema empieza a tomar proporciones críticas y a generar un gravísimo impacto en el medio ambiente.

Origen de los Residuos

Toda actividad humana es susceptible potencialmente de producir residuos. Por su importancia en el volumen total destacan los residuos agrícolas, después los producidos por las actividades mineras, los derivados de la industria, los Residuos Urbanos y en último lugar los derivados de la producción de energía.

Hay que observar que los residuos derivados de las actividades agropecuarias constituyen la fracción mayoritaria del total. Pero son los producidos por la minería, la industria y la producción de energía los que tienen un mayor impacto potencial en el medio ambiente.

En este contexto los residuos urbanos constituyen una fracción minoritaria del total. En el ámbito de los países europeos y en el año 1990 se generan 150 millones de toneladas de residuos urbanos, lo que supuso un 9,62% del total.

La proporción de cada tipo de residuos depende de la estructura económica de los países. Pero en general se observa una tendencia general que hace corresponder a un mayor grado de desarrollo un mayor peso en el conjunto total de la suma de los Residuos Industriales y urbanos.

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