Marco Legal de la PRL: Requisitos, Recursos Preventivos y Derechos del Personal Designado

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Marco Jurídico de la Seguridad y Salud en el Trabajo (Tema 5)

1. Requisitos para la Asunción Directa de la Actividad Preventiva por el Empresario

¿Qué requisitos exige la normativa para que el empresario pueda asumir directamente la actividad preventiva en la empresa? ¿Y la vigilancia de la salud?

Requisitos de Carácter Subjetivo

El empresario debe cumplir las siguientes condiciones personales:

  • Ser persona física.
  • Desarrollar habitualmente su actividad en el centro de trabajo.
  • Tener la capacidad profesional correspondiente a las actividades preventivas que vaya a asumir.

Requisitos de Carácter Objetivo

La empresa debe cumplir las siguientes condiciones estructurales:

  • Tener menos de 10 trabajadores.
  • No realizar actividades de las previstas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP).

Nota importante: Cada cuatro años, la actividad preventiva asumida por el empresario se somete a una auditoría externa.

Vigilancia de la Salud

El empresario que asuma esta modalidad preventiva no podrá asumir la vigilancia de la salud. Esta función debe cubrirse mediante el recurso a alguna modalidad restante de organización preventiva (por ejemplo, un Servicio de Prevención Ajeno - SPA).

2. Definición y Presencia de Recursos Preventivos

¿Qué son los recursos preventivos y en qué supuestos se exige su presencia?

Definición de Recursos Preventivos

Son recursos preventivos las personas o medios materiales cuya función es supervisar el cumplimiento y la eficacia de las medidas preventivas, salvaguardando la seguridad y salud de los trabajadores. Pueden ser:

  • Trabajadores designados por la empresa.
  • Trabajadores pertenecientes al Servicio de Prevención Propio (SPP) o Ajeno (SPA).
  • Trabajadores asignados con la cualificación preventiva necesaria.

Para cumplir su finalidad (vigilar el cumplimiento de las medidas preventivas), deben tener capacidad suficiente, disponer de los medios necesarios y ser suficientes en número.

Supuestos en los que se Exige su Presencia

La presencia de recursos preventivos es obligatoria en los siguientes casos:

  1. Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados durante el desarrollo del proceso o la actividad, debido a la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollen sucesiva o simultáneamente, y que hagan preciso el control de los métodos de trabajo.
  2. Cuando se realicen actividades o procesos considerados peligrosos (como pueden ser riesgos de sepultamiento, hundimientos, etc.).
  3. Cuando la presencia sea requerida expresamente por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

3. Derechos y Garantías de los Trabajadores Designados y Técnicos de Prevención

¿De qué derechos disfrutan los trabajadores designados, aplicables también a los técnicos pertenecientes a los servicios de prevención, para realizar con neutralidad su trabajo?

Derechos Fundamentales

Para garantizar la neutralidad en el desempeño de sus funciones, estos profesionales gozan de los siguientes derechos:

  • Acceder a toda la información y documentación necesaria.
  • No sufrir ningún perjuicio derivado de su actividad.
  • Gozar de las mismas garantías que los representantes de los trabajadores. Estas garantías se extienden a los integrantes del SPP.

Garantías Específicas (Fuero de Protección)

Las garantías aplicables a estos trabajadores son las siguientes:

  1. Expediente Contradictorio: En caso de faltas graves o muy graves, se requiere la apertura de un expediente contradictorio, debiendo oírse al interesado, al Comité de Empresa o a los restantes delegados de personal.
  2. Prioridad de Permanencia: Tienen prioridad de permanencia en la empresa en supuestos de traslados, extinciones o suspensiones de contrato por causas económicas o tecnológicas.
  3. Protección contra Sanciones: No pueden ser sancionados ni perjudicados en su promoción económica durante el ejercicio de sus funciones, ni dentro del año siguiente a la expiración de su designación.
  4. Opción en Despido Improcedente: En caso de despido calificado como improcedente, tienen el derecho a optar entre la readmisión al trabajo o la indemnización por finalización de contrato.

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