Marco Legal y Principios Clave del Derecho Laboral en Argentina (LCT y Art. 14 bis)

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Derecho Laboral: Definición y Marco Constitucional

El Derecho Laboral es la rama del derecho que regula las normas entre empleados y empleadores.

Su marco constitucional se encuentra establecido en el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional Argentina.

Marco Normativo Fundamental

Las principales leyes laborales que rigen las relaciones de trabajo son:

  • Ley de Contrato de Trabajo (LCT 20.744): Es la ley madre del derecho laboral individual. Regula los derechos y obligaciones de empleados (principios jurídicos) y empleadores (facultades). Considera trabajo a toda actividad lícita que se realiza para quien decide organizarla a cambio de una remuneración.
  • Ley de Riesgos de Trabajo (LRT): Regula las enfermedades y los accidentes laborales.
  • Ley de Teletrabajo: Regula el trabajo realizado a distancia.

Sujetos del Derecho Laboral

Los sujetos de derecho en la relación laboral son:

  • Los empleados: Personas físicas.
  • Los empleadores: Personas físicas y jurídicas. Ante una demanda judicial, responden con el patrimonio de la empresa (ej. Sociedad Anónima, S.R.L. [Sociedad de Responsabilidad Limitada]).

Principios Fundamentales del Derecho Laboral

Estos principios sirven como base interpretativa y protectora de la legislación laboral.

1) Principio Protector

Este principio se desglosa en tres reglas esenciales:

  • In dubio pro operario (Art. 9): Se aplica cuando hay que interpretar una norma con varios sentidos y se elige el más favorable al trabajador.
  • Regla de la norma más favorable: Es la elección de la norma más beneficiosa entre varias aplicables a una misma situación.
  • Regla de la condición más beneficiosa: Busca proteger los derechos adquiridos por el trabajador.

2) Principio de Irrenunciabilidad (Arts. 12 a 15)

Consiste en declarar nulas todas las pautas que intenten violar la legislación vigente en perjuicio del trabajador.

3) Principio de Continuidad

Consiste en la conservación del contrato de trabajo, su mantenimiento y cumplimiento, buscando la permanencia del vínculo laboral.

4) Principio de Primacía de la Realidad

Es la observación de la conducta y la ejecución efectiva del trabajo, sin importar lo que se haya registrado por escrito.

5) Principio de Razonabilidad

Consiste en el bien común y la razón de las personas dentro del ordenamiento jurídico.

6) Principio de Buena Fe

Es esencial, ya que se basa en la confianza en que las partes entienden que se cumplirá aquello que se acordó.

Roles y Marco Constitucional Específico

Roles Institucionales

  • Legislador: Crea las leyes.
  • Juez: Interpreta las leyes.
  • Abogado: Gestiona los reclamos.

La LCT es considerada la norma más beneficiosa y la ley madre del derecho individual.

Desglose del Artículo 14 bis

El Artículo 14 bis de la Constitución Nacional establece tres categorías de derechos:

  1. Derechos Individuales: Vacaciones, trato justo, aguinaldo, igual remuneración por igual tarea (salario).
  2. Derechos Colectivos: Derecho a la organización sindical (gremios), derecho a huelga (sindicatos), convenios colectivos (acuerdo entre sindicatos y empresarios), y laudos (mecanismos para solucionar un problema).
  3. Beneficios Sociales: Ayuda que brinda el Estado, como asignaciones familiares o jubilación.

Apunte sobre Monotributo

El Monotributo es un régimen simplificado destinado a ayudar a personas que trabajan de manera independiente. Es un sistema que unifica tres componentes en uno: jubilación, obra social y componente impositivo.

Obligaciones de las Partes en el Contrato de Trabajo

Obligaciones del Trabajador

  • Acatar las instrucciones y órdenes que le da su superior en cuanto al modo y tiempo de ejecución del trabajo asignado.
  • Conservar los elementos y útiles de trabajo, haciéndose cargo de los daños que cause por negligencia.

Obligaciones del Empleador

La principal obligación del empleador es garantizar la seguridad y la salud del trabajador. Otras obligaciones incluyen:

  1. Garantizar la seguridad e higiene en el trabajo.
  2. Reintegro de gastos y daños (si corresponde).
  3. Proporcionar protección, alimentación y vivienda (en casos específicos).
  4. Garantizar la ocupación efectiva.
  5. Cumplir las obligaciones a favor de los organismos previsionales, de seguridad social o sindicales.
  6. Entrega del certificado de trabajo al finalizar la relación.
  7. Garantizar un trato igualitario y no discriminatorio.
  8. Reconocer la propiedad al trabajador de los inventos y descubrimientos que realice durante la relación laboral.

La Remuneración Laboral (Salario)

La remuneración es el sueldo o salario, elemento esencial del contrato de trabajo y es la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia de dicho contrato (Art. 103, LCT). Este ingreso constituye el sustento del trabajador y su grupo familiar, tanto para alimentos como para la vida misma.

Determinación y Pago del Salario

  • Monto: El valor se determina para el puesto del trabajador en la escala salarial del convenio colectivo de trabajo aplicable a la actividad que este realiza.
  • Mínimo Legal: Nunca el salario de quien cumpla con una jornada laboral de tiempo completo será menor al Salario Mínimo Vital y Móvil establecido.
  • Forma de Pago: El pago se realiza en la cuenta bancaria del trabajador en entidades que posean cajeros automáticos. La cuenta sueldo del trabajador no tiene límites de extracciones ni costo alguno.
  • Comprobante: Siempre se debe recibir un recibo de sueldo, sea cual sea la forma de pago.
  • Plazos de Pago: Los plazos pueden ser mensuales, por quincena o semanales. Si estos períodos se vencen, el empleador tiene un plazo de 4 o 3 días hábiles para abonarlos, respectivamente.

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