Marco Legal Laboral en España: Requisitos, Derechos y Jerarquía Normativa
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1. Requisitos Esenciales de una Relación Laboral
Para que una relación sea considerada laboral bajo la legislación española, deben concurrir las siguientes características:
- Trabajo Personal: Es el trabajador quien debe acudir personalmente a trabajar, no pudiendo enviar a otra persona en su lugar.
- Trabajo Voluntario: Nadie está obligado a firmar un contrato de trabajo. Además, el trabajador puede renunciar al contrato preavisando con los plazos establecidos legalmente o en el convenio colectivo.
- Trabajo Retribuido: La finalidad principal es obtener un beneficio económico. Se trabaja por dinero, no por amistad o ayuda desinteresada a cualquier persona.
- Trabajo Dependiente: El trabajador debe cumplir las instrucciones y directrices de la empresa, no actuando como un autónomo que toma sus propias decisiones sobre la organización del trabajo.
- Trabajo por Cuenta Ajena: El trabajador cobra un salario fijo con independencia de si la empresa ha obtenido beneficios o pérdidas. Es ajeno a los resultados económicos directos de la actividad empresarial.
2. Jerarquía Normativa de las Fuentes del Derecho del Trabajo
El ordenamiento jurídico laboral español establece una jerarquía clara para sus fuentes, garantizando la primacía de unas sobre otras:
- Normativa de la Unión Europea (UE)
- Constitución Española
- Tratados Internacionales
- Leyes (Orgánicas y Ordinarias)
- Reglamentos
- Convenios Colectivos
- Contratos de Trabajo
- Usos y Costumbres Locales y Profesionales
4. Derechos Laborales Colectivos Fundamentales
Los trabajadores, en su conjunto, gozan de una serie de derechos que les permiten actuar de forma organizada para la defensa de sus intereses:
- Libre Sindicación: Derecho a afiliarse o no a un sindicato, así como a fundarlos.
- Derecho de Huelga: Posibilidad de suspender la actividad laboral de forma colectiva para la defensa de intereses profesionales.
- Negociación de Convenios Colectivos: Derecho a participar en la negociación y firma de acuerdos que regulan las condiciones de trabajo.
- Adopción de Medidas de Conflicto Colectivo: Incluye acciones como el cierre patronal o la mediación en disputas laborales.
- Derecho de Reunión: Posibilidad de celebrar asambleas en el centro de trabajo.
- Participación en la Empresa a Través de Representantes: Ejercido mediante delegados de personal y el comité de empresa, que representan a los trabajadores ante la dirección.
5. Derechos Laborales Individuales del Trabajador
Cada trabajador, a título personal, posee una serie de derechos fundamentales inherentes a su relación laboral:
- Libre Elección de Profesión y Oficio: El trabajador tiene la libertad de elegir la actividad laboral que desea desempeñar.
- Derecho de Ocupación Efectiva: El empresario debe proporcionar al trabajador un puesto de trabajo y las tareas correspondientes. Si no lo hace, debe pagar igualmente el salario, y el trabajador podría incluso solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización.
- Promoción Profesional y Formación Profesional (FP): Este derecho incluye:
- Solicitar ascensos según lo establecido en el convenio colectivo.
- Elegir turno de trabajo para poder realizar estudios profesionales.
- Acudir a exámenes por el tiempo necesario, presentando el justificante correspondiente.
- Igualdad y No Discriminación: Prohibición de cualquier discriminación por razón de sexo, raza, origen, religión, opinión, discapacidad, edad u orientación sexual, entre otros.
- Política de Seguridad e Higiene en el Trabajo: Derecho a un entorno laboral seguro y saludable, con las medidas preventivas adecuadas.
- Intimidad y Dignidad: Respeto a la vida privada del trabajador y a su honor dentro del ámbito laboral.
- Descanso: Incluye el derecho a vacaciones retribuidas, descanso semanal, descanso entre jornadas y pausas dentro de la jornada laboral.
- Percepción Puntual del Salario: Derecho a recibir el salario en la fecha y forma convenidas, sin retrasos injustificados.
7. Tribunales Laborales en el Ordenamiento Jurídico Español
El sistema judicial español cuenta con una jurisdicción específica para resolver conflictos laborales:
- Juzgado de lo Social
- Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Social)
- Audiencia Nacional (Sala de lo Social)
- Tribunal Supremo (Sala de lo Social)
- Tribunal Constitucional (en casos de vulneración de derechos fundamentales)
8. Requisitos para Ser Trabajador: Edad y Emancipación
Para poder celebrar un contrato de trabajo en España, se deben cumplir ciertos requisitos de edad, con algunas excepciones:
- Mayores de 18 años: Pueden celebrar libremente cualquier contrato de trabajo.
- Menores de 18 años pero Emancipados: Se considera que una persona está emancipada cuando:
- Está casada.
- Ha obtenido la concesión judicial de la emancipación.
- Ha obtenido el permiso de los padres o tutores.
- Mayores de 16 años y Menores de 18: Pueden trabajar con autorización de sus padres o tutores, siempre que el trabajo no sea nocturno, peligroso o insalubre.
- Menores de 16 años: No pueden tener un contrato de trabajo, excepto si es para algún espectáculo público, y siempre con autorización de la autoridad laboral.