Marco Legal y Fundamentos Esenciales de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
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Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL)
Fuentes del Derecho en Prevención
Las 3 normas fundamentales de prevención son:
- Derecho Comunitario: Normativa emanada de la Unión Europea.
- Constitución Española de 1978: Base legal fundamental.
- Derecho Nacional: Leyes y reglamentos específicos.
Reales Decretos Fundamentales
Tres Reales Decretos esenciales en la normativa española:
- Real Decreto 39/1997: Reglamento de los Servicios de Prevención.
- Real Decreto 485/1997: Señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- Real Decreto 486/1997: Seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Organismos Clave en Seguridad y Salud
Organismos Internacionales
- Organización Internacional del Trabajo (OIT): Su objetivo es mejorar las condiciones de trabajo y de vida.
- Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo (EU-OSHA): Busca conseguir unos lugares de trabajo más seguros.
Organismos Nacionales
- Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST): Organismo técnico especializado.
- Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS): Encargada de vigilar el cumplimiento de la normativa.
Obligaciones y Derechos en Prevención de Riesgos Laborales
Deberes Generales de la Empresa
La empresa tiene la obligación de:
- Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores.
- Incluir la prevención en todas las fases del trabajo y en todas las decisiones.
- Cumplir la normativa de Prevención de Riesgos Laborales.
- Asumir los costes de las medidas preventivas.
Deberes de la Empresa hacia los Trabajadores
- Informar a los trabajadores sobre los riesgos.
- Formarlos en Prevención de Riesgos Laborales (PRL).
- Detener la actividad si hay un riesgo grave o inminente.
- Vigilar periódicamente la salud de los trabajadores.
- Consultar y permitir la participación de los trabajadores en temas de prevención.
Derechos de los Trabajadores
- Derecho a la Información.
- Derecho a la Formación.
- Derecho a la Paralización de la actividad en caso de riesgo.
- Derecho a la Vigilancia periódica de la salud.
- Derecho a Consultar y Participar en la prevención.
Obligaciones de los Trabajadores
- Respetar las normas de prevención.
- Utilizar correctamente las herramientas de trabajo y los Equipos de Protección Individual (EPIs).
- Informar de inmediato sobre situaciones de riesgo.
- Velar por su seguridad y la de los demás.
- Cooperar con el empresario para garantizar la prevención.
Principios de la Acción Preventiva
Los Principios de la Prevención que deben guiar la gestión de riesgos son:
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el puesto de trabajo a la persona.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- Planificar la prevención.
- Dar prioridad a la protección colectiva antes que a la individual.
- Instruir adecuadamente a los trabajadores.
Disciplinas Técnicas de la Prevención
- Seguridad en el Trabajo: Enfocada en evitar accidentes.
- Higiene Industrial: Enfocada en prevenir las Enfermedades Profesionales (EP).
- Psicosociología Aplicada: Busca evitar que el trabajador sufra daños psicológicos.
- Medicina del Trabajo: Su objetivo es mantener al trabajador en estado óptimo de salud.
- Ergonomía: Disciplina que busca adaptar el puesto de trabajo al trabajador.
Representación de los Trabajadores
Delegados de Prevención
- Empresas de 31 a 49 trabajadores: Se elige 1 Delegado de Prevención entre los delegados de personal.
Comité de Seguridad y Salud
- Empresas de 50 a 100 trabajadores: Se constituye el Comité de Seguridad y Salud, compuesto por 2 Delegados de Prevención + 2 Representantes de la Empresa. (El número de miembros varía según el tamaño de la plantilla).
Competencias de los Delegados de Prevención
- Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.
- Promover la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa preventiva.
- Ser consultados por el empresario.
- Vigilar y controlar que se cumpla la normativa de prevención de riesgos laborales.
Medidas de Protección: Colectivas e Individuales
Las medidas de protección son aquellas que no eliminan el riesgo, pero evitan o reducen sus consecuencias actuando sobre el trabajador (protección colectiva e individual).
Protección Colectiva
Las protecciones colectivas protegen a varios trabajadores a la vez y tienen prioridad sobre las individuales.
Protección Individual
Protegen exclusivamente a la persona que las porta.
Equipos de Protección Individual (EPI)
El EPI es cualquier equipo que el trabajador lleva puesto o que sujeta para protegerse de uno o varios riesgos.
Obligaciones de la Empresa con respecto a los EPI
- Proporcionar los EPI de forma gratuita.
- Velar por su uso efectivo.
- Informar a los trabajadores de los riesgos frente a los que protegen.
- Enseñar a los trabajadores a utilizar los EPI.
Obligaciones de los Trabajadores con respecto a los EPI
- Utilizar y cuidar correctamente los EPI.
- Colocar el equipo en el lugar indicado después de su utilización.
- Informar de inmediato a un superior de cualquier defecto o daño en el EPI utilizado.
Clasificación de los EPIs (8 Tipos)
- Protectores de la cabeza.
- Protectores del oído.
- Protectores de los ojos y la cara.
- Protección de las vías respiratorias.
- Protectores de manos y brazos (como los guantes, que previenen cortes o quemaduras).
- Protectores de pies y piernas.
- Protectores del tronco y el abdomen (como los chalecos salvavidas, que resguardan de impactos o riesgos específicos).
- Protección total del cuerpo (ej. arneses de seguridad).