Marco Legal de los Derechos Laborales: Jornada, Descanso, Permisos y Estructura Salarial
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Límites de la Jornada Laboral y Descanso
Horas Extraordinarias
El límite máximo de horas extraordinarias es de 80 anuales.
La realización de horas extraordinarias es voluntaria, salvo que se haya pactado en convenio colectivo o en el contrato, o cuando sean necesarias para prevenir o reparar siniestros.
Descanso Semanal
Los trabajadores tienen derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio.
Los menores de 18 años deben tener un descanso continuado de 2 días.
Fiestas Laborales
El número de fiestas laborales es, como máximo, 14 al año, de las cuales dos serán locales.
Vacaciones Anuales
La regulación establecida en el Estatuto de los Trabajadores (ET) es el mínimo legal, pudiendo mejorarse por convenio o contrato.
- Las vacaciones son siempre irrenunciables y retribuidas.
- Se tiene derecho a 30 días naturales de vacaciones siempre que se haya prestado servicios en la empresa durante un año. Por periodos inferiores se tiene derecho a la parte proporcional.
- Las vacaciones pueden fraccionarse en distintos periodos.
- En principio, las vacaciones no pueden compensarse por dinero, salvo si el contrato de trabajo se extingue antes de la fecha fijada, o en el caso de contratos temporales.
Permisos y Licencias
Licencia para Estudios
El trabajador tiene derecho a disfrutar de los permisos necesarios para acudir a exámenes. También tiene preferencia para elegir turnos de trabajo si está cursando estudios.
Permisos Retribuidos
El trabajador tiene derecho a los siguientes permisos retribuidos:
- 15 días naturales por matrimonio.
- 2 días por nacimiento de un hijo, y por fallecimiento, accidente, enfermedad grave u hospitalización de parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad (Abuelos, Abuelos del cónyuge, Hermanos, Hermanos del cónyuge, Nietos). Serán 4 días si es necesario desplazamiento.
- 1 día por traslado de domicilio habitual.
- Por lactancia de un hijo menor de 9 meses, una hora de ausencia que puede dividirse en dos fracciones o una reducción de la jornada de media hora.
Reducción de Jornada y Salario
Tiene derecho a una reducción de la jornada y la consiguiente reducción del salario el trabajador por:
- Nacimiento de un hijo prematuro que permanezca hospitalizado.
- Guarda legal de un hijo menor de 6 años.
- Guarda legal de minusválidos y de familiares, hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida.
La reducción de jornada será como mínimo de un tercio y como máximo de la mitad de la jornada.
6. El Salario
Concepto y Definición de Salario
Se considera salario el conjunto de las percepciones económicas, en dinero o en especie, que el trabajador recibe por la prestación de sus servicios.
Retribuciones No Salariales
El trabajador puede recibir cantidades que no entran dentro del concepto de salario:
- Las dietas y gastos de locomoción. Estas cantidades no cotizan en la Seguridad Social (S.S.).
Estructura Salarial
- Salario Base. Es la cantidad mínima que el trabajador recibe por la prestación de sus servicios. El salario base puede establecerse por unidad de tiempo o por unidad de obra (por ejemplo, por número de piezas realizadas).
- Complementos Salariales. Son las cantidades que se suman al salario base. Se clasifican en:
- Complementos relacionados con la persona del trabajador. Ejemplo: antigüedad.
- Complementos relacionados con el trabajo realizado. Ejemplo: nocturnidad.
- Complementos relacionados con la cantidad o calidad del trabajo.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la cantidad mínima que el empresario debe pagar al trabajador por sus servicios. Cada año el Gobierno fija el SMI. El SMI, en su cuantía, es inembargable.