Marco Legal de Contratos Laborales y Tipos de Remuneración en la Legislación Vigente

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I. Tipos de Contratos Laborales

Contrato de Trabajo Típico

1. Contrato Individual Indefinido y de Jornada Completa

Es un vínculo legal a largo plazo. Genera derechos por años de servicio al trabajador, tales como indemnización, gratificación y estabilidad laboral.

Contratos de Trabajo Atípicos

1. Contrato a Plazo Fijo (CT a Plazo)

  • Se fija la duración del contrato.
  • El empleador no puede poner fin de manera anticipada, salvo una causal imputable al trabajador (si esto ocurre, deberá indemnizar con las remuneraciones restantes).
  • Límites: 1 año (excepción: 2 años). Solo se puede renovar 1 vez.
  • Paso a indefinido: Ocurre con la segunda renovación o si el trabajador sigue prestando servicios expirado el plazo.
  • Los contratos seguidos con breves interrupciones pasan a indefinidos si suman al menos 12 meses dentro de un periodo de 15 meses, o si son 3 contratos discontinuos.

2. Contrato por Obra o Servicio Determinado

  • Dura solo mientras se realiza una tarea determinada. Su plazo es indeterminado, finalizando una vez que la tarea esté lista.
  • Las etapas de una obra no podrán ser objeto de 2 o más contratos de este tipo, ya que se consideraría indefinido (se evalúa caso a caso).
  • Indemnización: 2 días y medio por cada mes trabajado y fracción superior a 15 días.

3. Contrato de Jornada Parcial (Part-Time)

  • Se pacta para 30 horas o menos. Se permiten horas extras.
  • La jornada debe ser continua, no superior a 10 horas diarias.
  • Colación: No menor a 30 minutos ni mayor a 1 hora.
  • Ventajas para la empresa: Menor costo de remuneración, más trabajadores.
  • Desventajas: Mayor carga administrativa, coordinación de turnos.

Regulación de la Jornada Laboral

  • Jornada máxima actual: 44 horas. Estas deben ser distribuidas en no menos de 5 ni más de 6 días.
  • Límite diario: No más de 10 horas.
  • La Ley de 40 horas no aplica a gerentes, administradores y otros cargos de alta confianza.

Cláusulas Prohibidas y Derechos Irrenunciables

Principio de irrenunciabilidad de derechos: Los derechos establecidos en las leyes laborales son irrenunciables.

Feriado Legal (Vacaciones)

  • Derecho a descanso remunerado de 15 días hábiles para trabajadores con más de un año de servicio.
  • Feriado Proporcional: Pago de días proporcionales si el contrato termina antes de cumplir el año.
  • Acumulación: Se permite acumular solo por 2 periodos consecutivos.

II. Remuneración y sus Tipos

La remuneración es todo pago en dinero o en bienes valorizables que el trabajador recibe del empleador por su trabajo. Constituye una obligación del empleador.

A. Clasificación según Periodicidad y Naturaleza

  • Ordinarias: Pago periódico por servicios (ej. sueldo, comisión).
  • Extraordinarias: Pago por servicios esporádicos (ej. horas extras).
  • Especiales: Pago por condiciones especiales (ej. bonos, aguinaldos).

B. Clasificación según Constancia

  • Fijas: Monto constante en cada período (ej. sueldo).
  • Variables: Monto que cambia según resultados (ej. comisiones).

*Nota: Este factor es importante para calcular la remuneración durante el feriado legal.

C. Clasificación según Dependencia

  • Principal: Pago base por el trabajo, pactado (sin bonos ni accesorios).
  • Accesoria: Se calcula sobre la principal (ej. horas extras, sobresueldo).

Tipos Específicos de Remuneración

  • Sueldo: Pago fijo y periódico por los servicios del trabajador.
  • Sobresueldo: Pago adicional por horas extraordinarias trabajadas.
  • Comisión: Pago variable según ventas o resultados obtenidos.
  • Participación: Parte de las utilidades de la empresa que se entrega al trabajador.
  • Gratificación: Beneficio que recompensa las utilidades o el buen desempeño del trabajador. Puede ser anual (no inferior al 30% de las utilidades de la empresa) o mensual (25% de lo devengado, con tope legal).

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