Marco Legal del Contrato de Trabajo: Requisitos, Periodo de Prueba y Funcionamiento de las ETT
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Requisitos Esenciales para la Firma del Contrato de Trabajo
Para que un contrato de trabajo sea válido, deben cumplirse los siguientes requisitos relativos a la persona trabajadora:
Edad
- Ser mayor de 18 años o menor de 18 legalmente emancipado.
- Los mayores de 16 años podrán firmar con la autorización de sus padres o tutores, siempre que el trabajo no sea nocturno o peligroso.
- Los menores de 16 años no pueden celebrar contratos de trabajo, excepto para espectáculos públicos, siempre que lo autoricen sus padres o tutores y la autoridad laboral.
Nacionalidad
- Podrán celebrar un contrato dentro del territorio español los ciudadanos de la Unión Europea sin que se les exija un permiso de trabajo.
- Para el resto de ciudadanos extranjeros, se requerirá la correspondiente autorización de residencia y trabajo.
El Periodo de Prueba en la Relación Laboral
El periodo de prueba es un tiempo inicial de la relación laboral que permite a ambas partes (trabajador y empresario) evaluar la conveniencia del contrato.
Pacto y Formalización
- Para que exista, debe ser pactado expresamente por escrito en el contrato.
- El periodo de prueba forma parte del contrato; no se realiza después de la firma, sino que está incluido en él desde el inicio.
- No se puede pactar si el trabajador ya ha desempeñado las mismas funciones en la empresa con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación.
Duración
La duración máxima suele venir reflejada en el convenio colectivo según el grupo profesional del trabajador. Si el convenio no lo señala, se aplicarán los siguientes límites:
- Para técnicos titulados con un título medio o superior: máximo 6 meses.
- Para el resto de trabajadores: máximo 2 meses.
- En empresas de menos de 25 trabajadores: máximo 3 meses.
Derechos y Extinción
- El trabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador de la plantilla.
- Cualquiera de las partes puede dar por finalizado el periodo de prueba sin necesidad de preaviso y sin alegar motivo alguno.
- Si se trata de una trabajadora embarazada, el empresario debe demostrar que su decisión de extinción no estaba relacionada con la situación de embarazo.
- El empresario debe abonar el salario correspondiente a los días de trabajo realizado, pero no existe derecho a indemnización por despido.
Empresas de Trabajo Temporal (ETT)
Las ETT son empresas cuya actividad principal es contratar a trabajadores para cederlos temporalmente a otras empresas, denominadas empresas usuarias (EU), donde se realiza la prestación de trabajo.
Relación ETT - Empresa Usuaria (EU)
- Se firma un contrato mercantil entre las dos empresas, denominado Contrato de Puesta a Disposición.
- Mediante este contrato, la ETT cede a los trabajadores a la empresa usuaria, y esta le paga la cantidad acordada a cambio.
Relación ETT - Trabajador
- Se firma un contrato de trabajo por escrito.
- La ETT es la responsable de pagar los salarios y las cotizaciones a la Seguridad Social, así como la indemnización por la finalización del contrato.
- La ETT debe proporcionar formación en prevención de riesgos laborales.
- Los trabajadores cedidos tienen derecho a cobrar la misma cantidad que otros trabajadores de la empresa usuaria que realicen el mismo trabajo.
- La ETT paga una indemnización de 12 días de salario por año de servicio cuando finaliza el contrato.
- El trabajador no paga ninguna cantidad a la ETT por la intermediación.
Conceptos Fundamentales de la Contratación
Contrato
El contrato es un acuerdo de voluntades. En el ámbito laboral, se refiere al acuerdo entre trabajador y empresario. Existen otras figuras contractuales como el Arrendamiento o la Compraventa.
Nota sobre Contratos Laborales Temporales: La obligación de formalizar el contrato por escrito se aplica a todos los contratos, salvo aquellos cuya duración sea inferior a 28 días y la jornada sea completa, que pueden ser verbales (aunque se recomienda siempre la forma escrita).
Pacto de Permanencia
Es un acuerdo entre trabajador y empresario por el cual el empleado se compromete voluntariamente a permanecer en la empresa el tiempo que se haya establecido, generalmente a cambio de una formación especializada o una mejora profesional.