Marco Legal Aduanero: Conceptos Fundamentales y Procedimientos de Importación
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Concepto de Aduana según el Código Aduanero Comunitario
La Aduana, conforme al Código Aduanero Comunitario, desempeña una doble función esencial:
- Fiscal: Recaudando los tributos relacionados con el comercio exterior de mercancías.
- Control: Aplicando normas no fiscales, dado que las Aduanas constituyen el primer punto de contacto para mercancías o viajeros con la Administración de un país.
El Código Aduanero define la aduana como "toda oficina en la que pueden realizarse total o parcialmente las formalidades establecidas en la normativa aduanera". Además, distingue entre:
- Aduana de entrada: Aquella donde se presenta la declaración sumaria (ENS).
- Aduana de importación: Aquella donde se entrega la declaración (DUA) para asignar un destino aduanero a la mercancía.
Recintos Aduaneros
Un recinto aduanero se define como un "espacio físico definido y limitado para ubicar mercancías y que previamente ha sido autorizado por las autoridades aduaneras de cada Estado miembro". Estos espacios físicos incluyen, entre otros:
- Puertos marítimos
- Aeropuertos
- Terminales interiores de transporte por carretera
- Terminales interiores de transporte por ferrocarril
- Zonas Francas
- Depósitos aduaneros
- Almacenes de Depósito Temporal
- Recintos autorizados de las empresas
En estos recintos, se aplican a las mercancías diversos controles:
- Controles aduaneros.
- Controles para-aduaneros: Incluyen inspecciones sanitarias, veterinarias, fitosanitarias, de calidad comercial, CITES y control de seguridad de los productos.
Procedimiento de Entrada de Mercancías en el Territorio Aduanero de la Unión (TAU)
La presentación de la declaración sumaria de entrada (ENS) debe realizarse con los siguientes plazos mínimos antes de la llegada al Territorio Aduanero de la Unión (TAU):
- Contenedores: Al menos 24 horas antes de la carga en el puerto de salida.
- Granel: Al menos cuatro horas antes de la llegada al primer puerto situado en el territorio aduanero de la Unión.
- Ceuta, Melilla y puertos en Marruecos: Al menos dos horas antes de la llegada al primer puerto situado en el territorio aduanero de la Unión (salvo Canarias).
- Vuelos de corto recorrido: Al menos en el momento del despegue efectivo de la mercancía.
- Vuelos de largo recorrido: Al menos 4 horas antes de la llegada al aeropuerto situado en el TAU.
La Declaración Aduanera
La declaración aduanera manifiesta el deseo de incluir una mercancía en un destino aduanero determinado (normalmente, un régimen aduanero). Se puede presentar de diversas formas:
- Por escrito: Mediante el Documento Único Administrativo (DUA) de importación.
- Por procedimiento informático: Mediante el sistema EDI (Intercambio Electrónico de Datos).
- Por declaración verbal: Si la mercancía se introduce en régimen de viajeros.
Personas Habilitadas para Efectuar la Declaración Aduanera
Cualquier persona que disponga de los documentos necesarios para incluir las mercancías en un destino aduanero determinado puede efectuar la declaración aduanera. Dicha persona podrá actuar por sí misma o por representante, siendo este último, en España y la Unión Europea, el Agente de Aduanas.
La representación en la que interviene el Agente de Aduanas puede ser:
- Directa: Cuando actúa en nombre y por cuenta del interesado. Es el caso de los agentes y comisionistas de aduanas colegiados.
- Indirecta: Cuando actúa en nombre propio y por cuenta del interesado. Esta modalidad puede ser realizada por cualquier persona.
El Despacho Aduanero: Canales de Control
El despacho aduanero implica la asignación de un canal de control para la mercancía:
- Canal verde: Permite la admisión inmediata, lo que autoriza la salida de la mercancía del recinto aduanero y el levante.
- Canal naranja: Se procede al reconocimiento documental de los documentos adjuntos al DUA. Una vez realizadas las correcciones oportunas, se permite la salida de las mercancías.
- Canal rojo: Se procede al reconocimiento documental junto con el reconocimiento físico de las mercancías. Si las comprobaciones son positivas, se podrá autorizar la salida del recinto aduanero; en caso contrario, el despacho aduanero puede suspenderse si la naturaleza de la mercancía no coincide con la descrita en la factura comercial y el DUA.