Marco Esencial de Derechos Laborales y Seguridad Social en España

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Derechos Laborales y Representación de los Trabajadores

El Derecho de Sindicación y Asociación

El derecho de sindicación obtuvo reconocimiento jurídico en la segunda mitad del siglo XIX. Este derecho fundamental se complementa con el derecho a la libre asociación, que implica la libertad de fundar sindicatos, afiliarse, darse de baja y elegir representantes libremente.

Organizaciones Sindicales y Empresariales

Las organizaciones sindicales son entidades formalizadas para representar y defender los intereses profesionales, económicos y laborales de los trabajadores. Los sindicatos más representativos a nivel estatal son aquellos que cuentan con al menos el 10% de los delegados de personal o miembros de comité de empresa. Ejemplos destacados en España son UGT y CCOO.

Por otro lado, las organizaciones empresariales, como la CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) y CEPYME (Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa), representan y defienden los intereses de los empleadores.

Representación de los Trabajadores en la Empresa

La representación de los trabajadores en la empresa se articula a través de dos vías principales:

  • Representación colectiva sindical: Se materializa en la sección sindical y los delegados sindicales.
  • Representación colectiva unitaria: Se ejerce a través de los delegados de personal y el comité de empresa.

Sección Sindical y Delegados Sindicales

La sección sindical es una agrupación de trabajadores afiliados a un mismo sindicato dentro de la empresa. Puede haber tantas secciones sindicales como sindicatos con presencia en la empresa. Sus derechos y garantías varían en función de su representatividad.

Los delegados sindicales son trabajadores elegidos para representar a una sección sindical específica. Para que exista un delegado sindical, la empresa debe contar con más de 250 trabajadores.

Delegados de Personal y Comité de Empresa

Los delegados de personal no tienen por qué estar afiliados a un sindicato. Se eligen en centros de trabajo con menos de 50 trabajadores. El número de delegados varía según la plantilla:

  • De 6 a 10 trabajadores: 1 delegado.
  • De 11 a 30 trabajadores: 1 delegado.
  • De 31 a 49 trabajadores: 3 delegados.

El comité de empresa es el órgano de representación unitaria en centros de trabajo con 50 o más trabajadores. Sus miembros eligen entre ellos un presidente y un secretario. Su mandato tiene una duración de 4 años.

Competencias y Garantías de la Representación Unitaria

Las principales competencias de la representación unitaria (delegados de personal y comité de empresa) incluyen:

  • Recibir información sobre la situación económica y laboral de la empresa.
  • Ser consultados sobre decisiones que afecten a los trabajadores.
  • Vigilar el cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad e higiene.

Las garantías de la representación unitaria buscan proteger a sus miembros en el ejercicio de sus funciones:

  • Apertura de expediente contradictorio previo a sanciones graves o despidos.
  • Prioridad de permanencia en el puesto de trabajo en caso de reestructuraciones.
  • Protección frente al despido o sanción por el ejercicio de sus funciones.
  • No discriminación económica o profesional por su condición de representante.
  • Crédito de horas sindicales para el desempeño de sus funciones.

Negociación Colectiva y Conflicto Colectivo

La negociación colectiva es un proceso de diálogo entre la empresa y los representantes de los trabajadores para establecer las condiciones de trabajo. Puede materializarse en:

  • Acuerdos marco: Establecen principios generales.
  • Convenios colectivos sectoriales: Regulan las condiciones de un sector de actividad.
  • Convenios de empresa: Aplican a una empresa o grupo de empresas específico.

El convenio colectivo se clasifica según su ámbito:

  • Geográfico: Ámbito territorial de aplicación.
  • Funcional: Sector de actividad al que se aplica.
  • Personal: Colectivo de trabajadores afectados.
  • Temporal: Duración de su vigencia.

El conflicto colectivo surge cuando fracasan las negociaciones entre las partes. Implica la suspensión del contrato de trabajo (como en la huelga). No es un derecho ilimitado y no puede dar lugar a sanciones ni a la sustitución de los trabajadores en huelga.

Régimen Público de Seguridad Social

Principios y Modalidades del Sistema

El Régimen Público de Seguridad Social es un sistema que asegura la protección frente a diversas contingencias, como enfermedad, accidente, jubilación, desempleo, orfandad y nacimiento y cuidado de menor.

Se rige por el principio de solidaridad, donde los más jóvenes y activos contribuyen para sostener las prestaciones de los mayores y más necesitados.

El sistema se estructura en dos modalidades principales:

  • Modalidad contributiva: Dirigida a españoles y extranjeros residentes legalmente en España que ejerzan una actividad profesional y coticen al sistema.
  • Modalidad no contributiva: Destinada a personas que no han cotizado nunca o lo suficiente y carecen de recursos económicos mínimos.

Regímenes de la Modalidad Contributiva

Dentro de la modalidad contributiva, existen varios regímenes:

  • Régimen General: Para trabajadores por cuenta ajena.
  • Regímenes Especiales: Para colectivos específicos como trabajadores autónomos (RETA), del mar, de la minería del carbón, etc.

Principales Prestaciones de la Seguridad Social

Asistencia Sanitaria

La prestación de asistencia sanitaria cubre a:

  • Trabajadores por cuenta ajena o propia afiliados o en situación asimilada al alta.
  • Familiares a cargo del beneficiario.
  • Pensionistas.
  • Personas en situación de desempleo.
  • Ciudadanos que residan legalmente en España.

Importante: No se aplica a extranjeros no registrados ni autorizados como residentes.

Incapacidad Temporal (IT)

La prestación por Incapacidad Temporal (IT) se produce por:

  • Accidente de trabajo.
  • Accidente no laboral.
  • Enfermedad común.
  • Enfermedad profesional.

Incapacidad Permanente (IP)

La prestación por Incapacidad Permanente (IP) se reconoce por reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan la capacidad laboral. Requiere estar dado de alta en la Seguridad Social (o situación asimilada) y puede derivar de enfermedad común, enfermedad profesional, accidente de trabajo o accidente no laboral. Se califica en distintos grados (parcial, total, absoluta, gran invalidez).

Nacimiento y Cuidado de Menor

La prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor (anteriormente maternidad/paternidad) se estructura de la siguiente manera:

  • Las seis primeras semanas son obligatorias y a jornada completa.
  • Las diez semanas restantes pueden disfrutarse en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, y a jornada completa o parcial.

Desempleo

La prestación por Desempleo:

  • Se concede por la pérdida involuntaria de un empleo.
  • Tiene como objetivo ayudar al trabajador a reincorporarse al mercado laboral.
  • Requisitos: Estar afiliado a un régimen que contemple esta contingencia, inscribirse como demandante de empleo y haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos seis años.

Jubilación

La prestación por Jubilación:

  • Consiste en una pensión vitalicia.
  • La edad ordinaria de jubilación se establece progresivamente hasta los 67 años (o 65 años con un periodo de cotización más elevado, según la carrera de cotización).
  • La base reguladora se calcula sobre la media de las bases de cotización de los últimos 25 años (periodo que también se amplía progresivamente).
  • Para percibir el 100% de la pensión a los 67 años, se requiere haber cotizado 38 años y seis meses (datos de 2027).
  • La jubilación anticipada voluntaria puede solicitarse a partir de los 63 años, cumpliendo ciertos requisitos de cotización y penalizaciones.

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