Marco Constitucional Económico: Historia, Conceptos y Debates Clave
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Historia y Concepto de la Constitución Económica
García Belaúnde indica que los conceptos “constitución económica”, “derecho constitucional económico” y “derecho constitucional de la economía” tienen su origen en la literatura alemana, italiana y española, circulando por primera vez en la década de los veinte en la República Alemana de Weimar.
Cairo Roldán señala que los precedentes se encuentran en la Edad Media. Fueron aquellos pactos entre el monarca y ciertos estamentos sociales, mediante los cuales se obtenían determinados “privilegios”. El proceso constitucional de la economía, entonces, se gesta en Inglaterra, con la concesión de los denominados “privilegios”.
Elementos Proyectados al Constitucionalismo Moderno
Existen dos elementos clave que se han proyectado al constitucionalismo moderno:
- La limitación de la facultad impositiva del monarca, que originará el principio de legalidad en materia tributaria, presente en las modernas constituciones.
- Los privilegios concedidos por el monarca, que fueron un importante punto de partida para la concepción de los modernos “derechos” y “libertades económicas” del individuo.
Concepciones de la Constitución Económica
Walter Eucken define la constitución económica como “la decisión total sobre el orden de la vida económica de una comunidad”. Añade que dichas constituciones, al efectuar la ordenación de la economía de facto, “desarrollan muchas veces órdenes económicos que no corresponden a la idea fundamental de la constitución económica”.
Por su parte, Francesco Galgano la concibe como “el análisis de las estructuras constitucionales del actual sistema económico y, naturalmente, de las múltiples conexiones entre la constitución económica y la constitución política”.
En síntesis, se puede afirmar que el término “constitución económica”, en su desarrollo, ha tenido varios significados:
- Puede ser entendida como el sistema económico subyacente a un ordenamiento jurídico.
- También puede ser entendida como la orientación general de un texto constitucional en el cual se da un lugar prevalente al accionar económico del Estado y de los agentes económicos.
- Y puede ser entendida como el sistema económico que es regulado expresamente en un determinado texto constitucional.
Nociones en Contra del Tratamiento de la Materia Económica en la Constitución
Se argumenta que la inclusión de un régimen económico en una constitución podría crear conflictos, más que proporcionar soluciones. ¿Qué podría suceder?
- La primera posibilidad es que las medidas económicas que el gobierno adopte sean suspendidas o derogadas por medio de acciones de control constitucional.
- Una segunda posibilidad es que las medidas económicas referidas no lleguen a ser derogadas, pero generen tensiones.
La Consagración Constitucional del Régimen Económico y sus Objetivos
La consagración constitucional de un régimen económico ha tenido por objetivo generalmente permitir o autorizar al Estado a subsanar las diferencias económicas existentes entre las personas que integran un país. Es así como se abrieron las puertas a distintas formas de actuación pública, sea a través de:
- Subsidios.
- Apoyo directo a determinados sectores de la población.
- Prestación de servicios públicos.
- Promoción y/o protección de determinadas actividades económicas.
Conclusión de Rebaza Torres
Rebaza Torres llega a una conclusión central: “El objetivo de una Constitución no debe ser el establecimiento de tal o cual régimen económico, sino establecer reglas que permitan una sana y libre competencia entre los distintos grupos de interés.”