Mar territorial: soberanía, delimitación y régimen jurídico según la CNUDM
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Mar territorial
Concepto
El concepto de mar territorial se deduce del art. 2 de la CNUDM (Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar), cuando afirma que la soberanía de un Estado se extiende más allá de su territorio y de sus aguas interiores, a la franja de mar adyacente designada con el nombre de mar territorial. Se configura como un espacio adyacente a las costas del Estado o a sus aguas interiores, sobre el que éste ejerce poderes soberanos de acuerdo con el derecho internacional.
Esta soberanía comprende, entre otros, los siguientes elementos:
- La columna de agua
- El lecho y el subsuelo
- Los recursos naturales existentes
- El espacio aéreo suprayacente
Delimitación
La delimitación del mar territorial supone el trazado de tres límites distintos:
- Límite interior: respecto de la tierra firme o de las aguas interiores.
- Límite exterior: para fijar dónde termina este espacio y dónde comienzan los siguientes espacios marítimos.
- Límite lateral: que separa los mares territoriales de los Estados cuyas costas son contiguas.
La delimitación del mar territorial puede llevarse a cabo utilizando dos criterios diferentes:
- Línea de base normal: es la línea de bajamar a lo largo de la costa.
- Líneas de base rectas (criterio excepcional): se aplican en los lugares en que la costa tenga profundas aberturas y escotaduras o en los que exista una franja de islas a lo largo de la costa situadas en su proximidad inmediata; en esos casos puede adaptarse como método para trazar la línea de base la de las líneas de base rectas que unan los puntos apropiados.
Delimitación entre Estados vecinos
En cuanto a la delimitación del mar territorial entre Estados vecinos, se seguirá, en principio, el criterio de equidistancia, aunque pueden utilizarse otros criterios distintos cuando las circunstancias lo justifiquen.
Anchura
La anchura del mar territorial se determinará por el derecho de cada Estado a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas.
Régimen jurídico
El régimen jurídico del mar territorial se traduce en un conjunto de derechos y deberes que afectan al Estado soberano. El componente más característico del mar territorial afecta al régimen de navegación, que abarca, entre otros aspectos:
- Seguridad de la navegación.
- Protección de instalaciones, cables y tuberías.
- Conservación de recursos vivos y no vivos.
- Otras medidas de orden público y seguridad.
Frente a los derechos del Estado costero, se reconoce un derecho de paso inocente a los buques extranjeros.
Ámbito del paso inocente
Esto es aplicable a la navegación marítima, no a las aeronaves. El paso comprende el hecho de navegar por el mar territorial, ya sea para atravesarlo sin penetrar en las aguas interiores, ya sea para dirigirse hacia esas aguas, ya sea para dirigirse hacia alta mar viniendo de ellas. El Estado ribereño podrá suspender temporalmente el paso de buques extranjeros por determinados lugares cuando sea indispensable para la seguridad.
La inocencia se refiere a que el paso no sea perjudicial para la paz, el orden o la seguridad del Estado ribereño.