El Manifiesto de Sandhurst y la Constitución de 1876: Fundamentos de la Restauración Monárquica en España
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Manifiesto de Sandhurst
1- En este extracto del manifiesto se propone restaurar la **monarquía constitucional hereditaria y representativa**, es decir, una **monarquía liberal**. 2- Fin de la I República e inicio de la restauración: tras el golpe de estado de Pavía (enero de 1874) continuó existiendo formalmente la República bajo la presidencia de Serrano, al tiempo que los partidos de los Borbones, con **Cánovas** a la cabeza, gestionan su vuelta: en diciembre de 1874, el Manifiesto de Sandhurst y el pronunciamiento de Martínez Campos en Sagunto abren las puertas a la restauración. 3- Redactado por Cánovas, sus principios son **liberalismo conservador** basado en la **soberanía compartida** (liberalismo doctrinario). 4- Monarquía constitucional: al proponer la restauración de la monarquía se entiende que debe tratarse de una **monarquía de tipo liberal** en la que el poder de la corona esté limitado, admitiendo así el principio de **soberanía nacional**. - Monarquía hereditaria y representativa: se refiere de manera implícita a un concepto de **soberanía compartida** en el que la monarquía (hereditaria) tiene por tradición una legitimidad independiente de la soberanía nacional que también se admite (monarquía representativa). - Cortes: se admite la necesidad de las **Cortes** como expresión de la soberanía nacional que comparte el poder con la corona. - Verdadero liberal: se admite que la única posibilidad en ese momento es la **monarquía liberal**, es decir, constitucional y representativa.
Constitución de 1876
1- En esta selección de artículos de la Constitución de 1876 se establece la **confesionalidad católica** con libertad de cultos, la libertad de opinión y expresión, y los poderes del Estado: ejecutivo (rey), legislativo (rey y Cortes bicamerales con Senado elitista) y judicial (tribunales y juzgados). La cuestión del sufragio se remite a una ley. 2- Restauración, cuyo sistema político se basa en cuatro pilares: **Constitución de 1876**, corona, partidos dinásticos y ejército. La Constitución de 1876 es la de más larga vigencia y parte de la moderada de 1845, añadiendo derechos de la democrática de 1869. Establece un sistema de **liberalismo conservador** y **soberanía compartida**. 3- **Liberalismo doctrinario**. 4- Por la gracia de Dios: contiene implícitamente el concepto de **soberanía compartida** en el que la monarquía tiene por tradición su propia legitimidad independiente de la soberanía nacional que también se admite. - Mantener el culto y sus ministros: se establece un estado confesional y como consecuencia el estado, a través de sus presupuestos, se encarga de todo lo relacionado con la iglesia y con el clero. - Dos cuerpos colegisladores: se refiere a unas **Cortes bicamerales** con dos cámaras (Congreso y Senado) iguales en atribuciones y que se pueden vetar mutuamente. La cámara alta tiene un carácter elitista para frenar posibles decisiones radicales de la cámara baja. - Senadores por derecho propio: una parte de los senadores lo eran por derecho propio: grandes de España, ciertos cargos militares y eclesiásticos, altos funcionarios... Todo ello dentro de una cámara alta de carácter elitista.