Manejo de Residuos en Establecimientos Hospitalarios

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Manejo de Residuos de Establecimientos Hospitalarios

Definiciones:

  • Almacenamiento: conservación de residuos en un sitio por lapso determinado.
  • Contenedor: recipiente portátil o envase en el que se almacena el residuo.
  • Desecho radiactivo: sustancia radiactiva o material contaminado que, al utilizarse con fines médicos, es desechado.
  • Generador: establecimiento de salud que da origen a los residuos.
  • Manejo de residuos: conjunto de operaciones a las que se somete un residuo en los REAS luego de su generación.
  • REAS: residuos generados en establecimiento de salud.
  • Residuo o desecho: sustancia, elemento u objeto que el generador elimina, se propone a eliminar o está obligado a eliminar.
  • Tratamiento: todo proceso destinado a cambiar las características físicas, químicas o biológicas de los residuos, con el objeto de neutralizarlos, recuperar energía o materiales, o eliminar o reducir su peligrosidad.

Clasificación de Residuos Generados por Establecimientos de Salud:

  • Categoría 1: Residuos Peligrosos: aquellos que presentan una o más características de peligrosidad definidas en el decreto Nº 148, siendo estos residuos contaminados por drogas citotóxicas, residuos contaminados por solventes orgánicos halogenados, residuos de solventes orgánicos no halogenados, residuos contaminados por sustancias orgánicas peligrosas, residuos contaminados por metales pesados y residuos contaminados por sustancias químicas inorgánicas peligrosas.
  • Categoría 2: Residuos Radioactivos de baja intensidad: aquellos que contienen o están contaminados por sustancias radiactivas, que en su almacenamiento alcanzan un nivel menor a 74 becquereles por gramo.
  • Categoría 3: Residuos Especiales: son aquellos residuos que poseen agentes patógenos en concentración capaz de causar enfermedad a una persona.
  • Categoría 4: Residuos Sólidos Asimilables a Domiciliarios: todos aquellos residuos generados por establecimientos de atención de salud que, por sus características físicas, químicas y microbiológicas, pueden ser entregados a la recolección municipal y dispuestos en rellenos sanitarios.

Generación:

Los residuos, al momento de su generación, deben ser segregados y almacenados en contenedores de acuerdo a las categorías anteriores. La segregación se mantiene en toda la etapa del manejo de los residuos hasta su eliminación o tratamiento.

Debe mantenerse una zona de generación debidamente rotulada e identificada.

Todo establecimiento que genera más de una tonelada mensual debe presentar un Plan de Manejo autorizado por la autoridad sanitaria, a contar de los seis meses desde su inicio de actividades.

El Plan debe contener:

  1. Estimación de la cantidad diaria generada.
  2. Planos simplificados del establecimiento donde se ubican sitios designados para los contenedores, sala de almacenamiento, recorridos y recolección, instalación y eliminación.

Procedimiento de Manejo Interno:

Los contenedores deben tener:

  • Tapa de cierre ajustado.
  • Bordes romos y superficies lisas.
  • Asas que faciliten el manejo.
  • Ser de material resistente a la manipulación de contenidos y estancos.
  • Tener capacidad no mayor a 110 litros.
  • Cumplir con estándar de color.
  • Contenedores para cortopunzantes, rígidos y resistentes al corte y punción.
  • Los contenedores reutilizables deben ser lavables y resistentes a la corrosión.

Clasificación:

  • Residuos Especiales: almacenados en contenedor color amarillo.
  • Residuos Asimilables: contenedor gris o negro, con etiquetas legibles, visibles y resistentes al allanado.

Los contenedores reutilizables deben poseer una bolsa plástica en su interior, de material impermeable, resistente a los residuos que contenga, con su extremo superior plegado hacia fuera para su retiro. Todos los retiros se realizan por medio de un procedimiento de trabajo seguro.

Los residuos asimilables deben ser retirados de la zona de generación una vez al día. El material cortopunzante se retira en su capacidad de ¾ y se sella y cierra. Deben ser retirados en horarios que minimicen los riesgos y molestias, no interrumpiendo el funcionamiento del establecimiento de salud. Se deben sustituir los contenedores usados. La recolección del REAS se efectúa en un carro que asegure su estabilidad, que optimice su lavado y que obstaculice las labores de carga y descarga de los contenedores.

Almacenamiento:

Se debe contar con un área de almacenamiento, que debe estar ubicada donde se minimicen los riesgos y molestias, debidamente aprobada por la autoridad sanitaria, la que debe entregar el plan de operación de los residuos.

Debe tener:

  • Capacidad para almacenar diferentes categorías de residuos generados por el establecimiento.
  • Diseño que permita un trabajo seguro, sectores separados y señalizados de cada categoría.
  • Puertas de cierre ajustados.
  • Iluminación artificial y ventilación adecuada.
  • Ductos de ventilación, ventanas, pasadas de tuberías, protegiendo el ingreso de vectores de interés sanitario.
  • Área de lavado y desinfección.
  • Lavamanos suficientes para el aseo del personal.
  • Ingreso de personas encargadas del manejo del residuo, que debe ser lavada periódicamente y desinfectada semanalmente.
  • Disponer de una cantidad mínima de contenedores para ser reemplazados.
  • Todo contenedor debe ser lavado y desinfectado.
  • Los residuos que permanezcan en bolsas no deben pasar las 72 horas de almacenaje.
  • Se llevará un registro y control de ingreso y salida de residuos, donde se indicará la fecha de envío a tratamiento o disposición final, en peso, volumen y tipo de residuo.

Eliminación:

Todos los residuos del establecimiento deben ser eliminados en las instalaciones que cuenten con autorización sanitaria. Los residuos radiactivos de baja intensidad pueden ser dispuestos en los sistemas de alcantarillado si su actividad es menor a 74 becquereles. Los residuos especiales consistentes en sangre pueden ser eliminados en el alcantarillado si son previamente analizados y no presentan riesgos para la salud. Los residuos sólidos asimilables pueden ser entregados al sistema de recolección municipal para su disposición final o reciclaje.

Manejo de Residuos Especiales:

Se debe efectuar sin que haya manipulación directa por parte de operadores y trabajadores, evitándose su rotura. Los recipientes y contenedores, con el derrame fuera del sistema de tratamiento, deben llevar registro de origen, de parámetros relevantes propios de la operación. Su almacenamiento no debe superar las 24 horas, salvo que se encuentre congelado. Contar con personal capacitado para su manipulación e instalación, equipos en condiciones adecuadas de operación, mantener registros a disposición de la autoridad sanitaria y entregar informe trimestral a la autoridad sanitaria por lo menos durante dos años.

Tratamiento Autoclave:

Se debe realizar mensualmente una prueba de penetración, llevar un registro continuo de la temperatura, presión y duración de los ciclos de tratamiento. Se debe mantener por un lapso de 60 minutos temperaturas iguales o superiores a 121ºC.

Incineración:

Contar con doble cámara de combustión, contar con quemadores auxiliares, temperatura mínima de operación 850ºC y tiempos de retención de gases en cámara secundaria no inferiores a 1 segundo.

Transporte:

Debe contar con autorización de la autoridad sanitaria, contener respectiva identificación y características del vehículo, debe ser de uso exclusivo para el transporte de residuos, contemplar plan de contingencia para abordar accidentes, contar con equipamiento de control de derrames. Su caja de carga debe ser lavada luego del traslado de los residuos.

Plan de Contingencia:

Debe contar con un plan que describa todas las medidas en caso de eventualidades de emergencia, como medidas de control, capacitación del personal, identificación de las responsabilidades del personal, sistema de comunicaciones, identificación, ubicación y disponibilidad del personal y equipo para la eventualidad, listado organizado de los organismos públicos a considerar en caso de emergencias.

Personal:

Debe ser capacitado en relación a los riesgos a los que está expuesto, debe contar con elementos de protección adecuados al riesgo asociado, debe ser evaluado al momento de ser contratado por un médico y debe ser vacunado contra la hepatitis B.

Seguimiento:

Debe llevarse un registro de envío de residuos especiales para su eliminación fuera del establecimiento, con la fecha que se llevó a cabo y la cantidad enviada, peso, tipo, volumen y vehículo que lo transporta. Debe entregarse al transportista la misma información de lo que lleva, dejando un acopio en el lugar de eliminación, y devolver la copia timbrada al generador de su recepción. Las copias se envían en forma trimestral a la autoridad sanitaria.

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