LOPEG 1995 y LODE 1985: Transformaciones Clave del Sistema Educativo Español

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Principios Clave de la LOPEG (1995)

La Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) de 1995 introdujo tres principios fundamentales:

1. Autonomía Económica

Se abrió la posibilidad de que los centros públicos pudieran recibir financiación de fuentes distintas a la administración pública. En cuanto a la economía de los centros concertados, la ley diferenció entre actividades complementarias y extraescolares. Anteriormente, ambas requerían permiso de la administración. La LOPEG mantuvo la necesidad de autorización para las complementarias, pero eliminó este requisito para las extraescolares. Esto permitió a los centros concertados obtener financiación adicional a través de las actividades no obligatorias realizadas fuera del horario lectivo semanal, a menudo mediante contribuciones voluntarias de las familias.

2. Profesionalización de la Función Directiva

Se redefinieron los roles del Director y los profesores. Aunque el Consejo Escolar seguía interviniendo en la dirección, en los centros públicos solo podían ser elegidos como directores aquellos profesores que hubieran superado un curso específico de formación para la dirección. En los centros concertados, el titular del centro (el "creador") podía proponer al director, sujeto a ciertas condiciones. En los centros públicos, se pasó de un énfasis en el principio de democratización (donde el Consejo Escolar tenía más peso en la elección directa) a un enfoque en la profesionalización de la figura del director.

3. Evaluación del Sistema Educativo

La LOPEG reafirmó la importancia de la evaluación, especificando la realización de pruebas tanto internas como externas. Las evaluaciones internas serían realizadas por el propio centro para valorar a alumnos, profesores, funcionamiento, etc. Las evaluaciones externas, a cargo de las administraciones educativas (estatal y autonómicas), abrieron la puerta a pruebas estandarizadas como las pruebas de diagnóstico (por ejemplo, las pruebas CDI - Conocimientos y Destrezas Indispensables en algunas comunidades).

Ejes Fundamentales y Cambios Introducidos por la LODE (1985)

La Ley Orgánica del Derecho a la Educación (LODE) de 1985 se articuló en torno a varios ejes y trajo consigo modificaciones significativas:

Ejes Fundamentales

  • Primacía de la cultura del esfuerzo como medio para compensar desigualdades.
  • Orientación a los resultados, incluyendo una evaluación general de diagnóstico del sistema.
  • Promoción de la igualdad de oportunidades y de la calidad educativa.
  • Refuerzo de la consideración social del profesorado y de su sistema de formación inicial y permanente.
  • Desarrollo de la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros educativos.

Otros Cambios Relevantes

Educación Infantil

Se contempló la ampliación de la educación preescolar (0-3 años) e infantil (3-6 años). La ley estableció las bases para la gratuidad de la educación obligatoria y reguló el régimen de conciertos educativos, extendiendo la posibilidad de concertar también la educación infantil, una decisión con implicaciones tanto educativas como políticas.

Educación Secundaria

Se introdujeron cambios en la estructura, como la posibilidad de establecer itinerarios formativos. Se crearon los Programas de Garantía Social (antecedentes de los PCPI - Programas de Cualificación Profesional Inicial), destinados a alumnos con dificultades para finalizar la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), ofreciéndoles una formación básica orientada a la inserción laboral y la posibilidad, en algunos casos, de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria.

Bachillerato

Se estableció una prueba final al concluir esta etapa (precursora de las pruebas de acceso a la universidad). Además, la ley permitió la creación de centros de especialización curricular, posibilitando modificaciones en la distribución horaria de asignaturas para desarrollar proyectos específicos, como programas de bilingüismo.

Administración y Gobierno de los Centros

Se modificó la composición y funciones de los órganos de gobierno. El Consejo Escolar vio redefinido su papel (en algunos aspectos, con voz pero sin voto decisorio en ciertas materias). El Director y el Claustro de Profesores asumieron una mayor parte de las funciones ejecutivas y pedagógicas. Cambió también el procedimiento de selección del director en los centros públicos, pasando a ser elegido por una comisión específica (a veces denominada "consejo de expertos" o comisión de selección) en lugar de directamente por el Consejo Escolar.

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