Lógica Deóntica y Teoría de la Acción: Conceptos Normativos y Sistemas
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Lógica Deóntica y Teoría de la Acción
El ensayo de G.H. Von Wright constituye fundamentalmente un ejercicio de profundización en la crítica (y autocrítica) de la lógica deóntica, digamos, tradicional. Una profundización que enlaza con anteriores trabajos y que surge como necesidad una vez detectada la inadecuación e insuficiencia de una lógica modal proposicional o de una lógica deóntica filialmente relacionada con esta.
La lógica deóntica como estudio lógico-formal de los conceptos normativos (obligación, permisión y prohibición) recorre todo el texto, llenándose página a página de contenido. Un contenido que se presenta en cuatro bloques diferenciados: un primer bloque centrado en algunos sistemas de lógica deóntica, que nos introduce en el ámbito de los lenguajes formales, la metateoría de los sistemas axiomáticos o las definiciones de los conceptos manejados. Un segundo bloque ya inserto en el estudio y desarrollo de la lógica de la acción, de sus elementos. Un tercero que inscribe aquella en los terrenos de la lógica deóntica, es decir, da el paso a la lógica deóntica de la acción. Y al fin un cuarto bloque que, desde la perspectiva de la lógica deóntica, se acerca a algunas controversias meta-jurídicas, mostrando las aplicaciones que para la Filosofía del Derecho tiene esta disciplina.
Cartografía y Paradojas
Las paradojas de los diversos sistemas de lógica deóntica surgen debido a una confusión, a nivel intuitivo, entre los diferentes conceptos. Si se distinguen claramente esos conceptos, entonces no hay paradojas. Su distinción se logra a través de una variedad de lógicas deónticas.
Entre las coordenadas originarias se encuentran algunas que forman parte no sólo del mapa sino de la historia pasada (e incluso prehistoria) de la lógica deóntica. Es el caso de la analogía entre cuantificadores, modalidades y nociones normativas que determinó el paralelismo inicial entre los conceptos alguno, ninguno y todos; posibilidad, imposibilidad y necesidad; y los ya mentados de permisión, prohibición y obligación.
La paradoja de la permisión de libre elección procede, precisamente, del intento de superar ese tipo de dificultades planteando que la permisión disyuntiva, permite, pero no implica, la permisibilidad de ambos disyuntos. De aquí la introducción de la noción de permisión como permisión de libre elección. Una noción que demuestra la insuficiencia del sistema lógico manejado y demanda un sistema de lógica deóntica que la satisfaga y no caiga en paradojas como la señalada por Ross.
Jerarquía de las Normas
Las normas de orden superior o, a nivel formal, de la iteración de operadores deónticos; configura el segundo problema tratado en esta última sección.
Dentro de este, el proceso de generación de normas adquiere un indudable protagonismo. El acto de dictar una norma es, en sí, una acción. Pero la norma en sí no es un estado de cosas, aunque sí sea tal el que cierta norma exista en una sociedad. A la acción cuyo resultado es una norma efectiva (en el sentido de que se da) se la denomina acción normativa.
Este acto de construcción de normas puede estar sujeto, a su vez, a una serie de normas reguladoras de la propia actividad normativa. Cuando una acción normativa es, a su vez, el contenido de una norma (superior o previa), el agente que la realiza suele ser diferente de la autoridad que se encuentra tras la segunda.
Von Wright señala, por otra parte, que la cadena jerarquizada de normas debe tener un fin en su punto de origen, esto es, podría ser infinita (crecer de manera infinita) pero limitada por su principio. Y es que la norma suprema no puede ser a su vez resultado de un acto normativo, es más, debe ser diferente a las subordinadas. Idea clave entre los partidarios del derecho natural, puede concedérsele la razón, aunque no se acepte (a diferencia de aquellos) esa norma originaria más que como ficción lógica.
Acciones y Lógica de la Acción
Las variables de las fórmulas lógicas reseñadas en los pasajes anteriores; las cosas de las cuales se afirma que son obligatorias, están permitidas o están prohibidas; los contenidos, en fin, de las normas, son las acciones.
Las variables, también se había visto, representan estados de cosas. Es preciso, por ello, clarificar esta relación entre estado de cosas y acción. Una clarificación alrededor de la cual hacer pivotar los elementos constitutivos y característicos de una lógica de la acción; cuya necesidad también debe ser, a su vez, clarificada.
La necesidad de una lógica de la acción viene dada por otra necesidad: la de una lógica deóntica que pueda expresar la distinción entre actuar y omitir.
Poder y Hacer: Expresión Deóntica de la Acción
A este recorrido por las herramientas simbólicas, por los elementos de la lógica de la acción, por la determinación de los conceptos mismos de acción y capacidad (de acción)... sigue la reflexión ya circunscrita en el ámbito de la lógica deóntica.
La noción de capacidad como poder hacer u omitir, la noción de posibilidad, abre la puerta a esta concreción temática.
La posibilidad deóntica de actuar supone que llevarla a efecto está permitido. El permiso afecta tanto a la parte de la acción del agente como a la parte que pudiera depender de la acción de otros agentes.
La conclusión a la que Von Wright llega en esta ocasión es que los argumentos para aceptar esa implicación son de naturaleza axiológica. A ella llega tras un recorrido de indudable interés para un estudio sobre la no observancia de la norma, con aspectos como el surgimiento de predicamentos en situaciones para actuar deónticamente imposibles.
Profundizando en la relación entre el ámbito natural y el ámbito deóntico, siguiendo con los árboles como herramienta, Von Wright afirma que la forma de un árbol naturalista refleja una ley u orden natural, mientras que la de un árbol deóntico lo hace de una ley u orden normativo. Así las cosas, Von Wright plantea un proceso de poda en el que el árbol podado produce da los principios para derivar un árbol de vida deóntico.
Controversias en los Sistemas Normativos
En el último capítulo de su ensayo, G.H. Von Wright se centra en el análisis de dos problemas diferentes: uno vinculado a las nociones de sistemas normativos cerrado o abierto. Otro, relacionado con la jerarquización de las normas.
Punto de partida de este análisis es la redefinición de la noción de fórmula bien formada, que en la deóntica originaria no admitía las expresiones mixtas ni de orden superior. Semejantes restricciones son ahora eliminadas.
No se entra a definir la noción misma de sistema u orden normativo, aunque sí se caracteriza como clase de normas que manan de la misma fuente.
Es más razonable pensar que uno puede decidir, independientemente de las inferencias que parten de la ausencia de una norma y llevan a la presencia de otra cierta norma, acerca de si algo está prohibido o no en un sistema de normas que si algo está o no permitido en él.