Limitaciones en el transporte marítimo y aéreo
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Limitación de carga en el transporte marítimo
La limitación fundamental en lo que respecta a la capacidad global de carga está definida por el tonelaje de peso muerto (TPM= CC + PC CAPACIDAD DE CARGA EN TONELADAS Y SIENDO CP EL PESO DE LOS PRODUCTOS CONSUMIBLES PARA NAVEGAR). Este concepto significa que un buque nunca puede navegar, transportando la carga reflejada en su TPM, que depende también de los mares por los que navegue el buque.
Otras limitaciones
• La resistencia del piso de las bodegas.
• El número cúbico de las bodegas de gran influencia en el aprovechamiento del espacio de carga. Al tener en cuenta los coeficientes de estiba de las mercancías.
• La velocidad y el consumo definen factores económicos de importancia como la frecuencia de las escalas y el coste diario del buque, de gran influencia en los fletes.
• La estiba, todo buque antes de salir a la mar debe reflejar en un plano de estiba la situación y peso de las diversas mercancías, para garantizar la seguridad durante la navegación.
Explotación comercial transporte aéreo
El desarrollo del transporte aéreo internacional no puede entenderse sin la intervención de dos grandes instituciones: la organización de la aviación civil internacional (OACI) que se ocupa de coordinar acciones gubernamentales favorables y la asociación internacional del transporte aéreo (IATA) que realiza una función similar en el campo de las compañías aéreas abordando y resolviendo aspectos técnicos sanitarios, jurídicos y económicos.
La explotación comercial del transporte aéreo puede realizarse:
• Directamente por cada compañía, venta directa.
• Colaboración entre compañías, venta interlinea.
• Por agencia, la venta se efectúa con la intervención de unos transitarios especializados conocidos como agentes IATA, estos agentes tienen una función clave en el desarrollo de la comercialización aérea, ya que se estima que más de un 95% de la carga mundial transportada por vía aérea se hace mediante su intervención.
Sus principales funciones son:
1. Preparación de la mercancía para su aceptación al transporte.
2. Recogida y distribución previa y posterior al vuelo.
3. Despacho aduanero de importación o exportación.
4. Preparación de los documentos de transporte.
5. Selección de las tarifas más convenientes para el usuario.
Régimen chárter: se celebra un acuerdo entre la compañía aérea y el comprador porque se reserva todo o parte de la capacidad de carga del avión y se definen una serie de aspectos como tipo de avión, limitaciones de peso y volumen, características de la mercancía, es habitual que intervengan como intermediarios los agentes IATA.
Línea regular: en este régimen las tarifas están establecidas sobre la base de un coste en divisa local por unidad de peso, pero teniendo en cuenta una división de las mercancías en ligeras y pesadas mediante un coeficiente de transformación volumen peso llamado coeficiente de estiba aéreo o IATA que actualmente establece dicha relación en 6000 cm3.
Peso tarifario: la forma de proceder es la siguiente: al llevar un bulto al aeropuerto por un lado se pesa obteniendo el peso real de bascula y por otro lado se realiza la siguiente operación largo x alto x ancho / 6000 y el peso tarifario será el mayor de ambos.
Consolidación: similar a lo descrito en los otros modos de transporte.
La póliza de fletamento
Funciones básicas: contrato de transporte marítimo en el que las condiciones se negocian específicamente en cada caso con la intervención de agentes de fletamentos.
Emisión: por la compañía naviera o su agente - En tres copias para el fletador, la naviera y el agente.
Clases: hay una gama muy amplia de pólizas reguladas por asociaciones internacionales de armadores, suelen estar redactadas adaptándose a las características de las mercancías y los tráficos. La más conocida es la de carga general o gencon, redactada por BIMCO que es la asociación de armadores más importante del mundo.
La carta de porte por carretera (CMR)
Funciones básicas:
• Es prueba del contrato de transporte.
• No es título de crédito, por lo que no es negociable.
• Da fe de las instrucciones dadas al transportista por lo que necesariamente tiene que acompañar al envío.
Emisión: por el expedidor o por lo menos bajo su responsabilidad.
En tres originales (cargador, destinatario y transportista) y un número variable de copias.
Debe ser firmado por el expedidor y por el transportista como prueba de la correcta recepción de la mercancía.
El conocimiento de embarque multimodal FIATA
Funciones varias:
• Prueba del contrato de transporte: que contiene su clausulado en el reverso.
• Salvo mención específica en contrario es un documento negociable.
• Acuse de recibo de las condiciones en que se ha recibido la mercancía.
• Declaración para el despacho aduanero.
• Certificado de seguro si el expedidor lo solicita.
Emisión: por un transitario miembro de FIATA con ella se asegura el envío mediante un seguro solidario de responsabilidad.
Habitualmente en 3 originales y varias copias no negociables.
Conocimiento de embarque marítimo
Funciones básicas:
• Contrato de transporte: que refleja habitualmente las condiciones en su reverso.
• Título de crédito: por lo que su tenedor legítimo tiene derecho a retirar la mercancía transportada.
• Acuse de recibo de las condiciones en que se ha receptado la mercancía, puede ser: limpio, si se ha recibido en perfecto orden y condición aparente o sucio, si se ha recibido con defectos.
Emisión: por la compañía marítima o su agente.
En el plazo de 24 horas desde la carga contra el recibo del primer oficial.
Lo más frecuente es que se emita en 3 originales negociables y un número variable de copias no negociables.
Tipos: Por su condición de título de crédito puede ser:
• Nominativo: cuando especifica como destinatario a una persona física o jurídica por lo que no se puede endosar.
• A la orden: se especifica también la persona del destinatario, pero precedida de la expresión “a la orden de” por lo que es transmisible por endoso.
• Al portador: se considera destinatario al tenedor, cualquiera que sea la forma en que lo ha obtenido por lo que es especialmente peligroso por razones de fraude o robo además los riesgos derivados de un extravío hacen que se use poco.
Forma de entrega o de envío:
• Directo: cuando entre los puertos de carga y descarga hay servicio directo.
• Mixto: cuando no existe el servicio directo. La primera naviera emite un conocimiento de embarque mixto hasta el puerto de destino, subrogándose las demás en los derechos y obligaciones, mediante concierto entre ellas.
• Normal: el que se extiende a la recepción de la mercancía a bordo del buque.
• Recibido para embarque: es un conocimiento provisional, que certifica que las mercancías se han recibido en el puerto para su embarque posterior.